ACTA NÚMERO 06 DE 2021 (agosto 24) - 3 de Noviembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 883958647

ACTA NÚMERO 06 DE 2021 (agosto 24)

Fecha de publicación03 Noviembre 2021
Número de Gaceta1570
COMISIÓN SEXTA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE
ACTA NÚMERO 06 DE 2021
(agosto 24)
El día veinticuatro (24) de agosto de dos mil
veintiuno (2021), siendo las diez y cuarenta y
un minutos de la mañana (10:41 a. m.), previa
conv ocatori a, los Senadores integrantes de la Comisión
Sexta Constitucional Permanente del Senado de la
República, se reunieron de manera semipresencial en el
recinto de la comisión y en la Plataforma Zoom, con el

El señor Presidente, honorable Senador Carlos
Andrés Trujillo González:
Da inicio a la sesión saludando y dando la bienvenida
a los citados e invitados. Acto seguido, ordena al
Secretario hacer el llamado a lista.
El Secretario, doctor Jorge Eliécer Laverde
Vargas:
Llamado a lista:
Contestaron los siguientes honorables Senadores:
Agudelo Zapata Iván Darío
Bedoya Pulgarín Julián
Castañeda Gómez Ana María,
Chagüi Spath Ruby Helena
González Rodríguez Amanda Rocío
Guevara Jorge Eliécer
Ramírez Lobo Silva Sandra
Serpa Moncada Horacio José
Trujillo González Carlos Andrés
Zabaraín Guevara Antonio Luis.
Acto seguido informa que hay diez (10) Senadores
     
existe quórum decisorio.
Asistieron durante el transcurso de la Reunión
Virtual los siguientes honorable Senadores:
Besaile Fayad John Moisés,
Tamayo Pérez Jonathan.
El Presidente, honorable Senador Carlos Andrés
Trujillo González:
Muy bien, Secretario, sigamos adelante con el Orden
del Día.
El Secretario, doctor Jorge Eliécer Laverde
Vargas:
Gracias señor Presidente.
COMISIÓN SEXTA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE
ORDEN DEL DÍA
Para la sesión semipresencial o mixta del día martes
24 de agosto de 2021, a las 10:00 a. m.
I
Llamado a lista
II
Presentación Informe de Gestión de las tres
primeras legislaturas del cuatrienio 2018- 2022.
La Comisión Sexta Constitucional Permanente
del Congreso, primera en poseer la herramienta
Código QR, en donde la ciudadanía en general
podrá acceder a la información de nuestra actividad
legislativa en tiempo real, en cumplimiento de la
Ley 1712 de 2014 “Ley de Transparencia”.
III
Citación a la señora Ministra de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones, doctora
Karen Abudinen Abuchaibe; al señor Viceministro
de Transformación Digital, doctor Iván Mauricio
Durán Pabón; al Señor Viceministro de Conectividad
y Digitalización, doctor Walid David Jalil Nasser, en
cumplimiento de la Proposición número 01 de 2021.
Invitación al señor Contralor General de la República,
doctor Carlos Felipe Córdoba Larrarte; a la señora
Procuradora General de la Nación, doctora Margarita
Cabello Blanco; a Gremios y Asociaciones del sector.
Proposición número 01 de 2021
Cítese a sesiones mixtas a los Ministerios,
Viceministerios, Secretarías Generales o quien haga
las veces de representación legal; a las Consejerías
Presidenciales; Ministerios del Interior; Relaciones
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 1570 Bogotá, D. C., miércoles, 3 de noviembre de 2021 EDICIÓN DE 28 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
        
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
Página 2 Miércoles, 3 de noviembre de 2021 G 1570
Exteriores; Hacienda y Crédito Público; Justicia
y del Derecho; Defensa Nacional; Agricultura y
Desarrollo Rural; Salud y Protección Social; de
Trabajo; Minas y Energía; Comercio, Industria
y Turismo; de Educación Nacional; Ambiente
y Desarrollo Sostenible; Vivienda, Ciudad y
Territorio; Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones; Transporte; Cultura; Ciencia,
Tecnología e Innovación; y del Deporte.
Departamento Administrativo de la Presidencia de
la República; Departamento Nacional de Planeación;
Departamento Administrativo de la Función Pública;
Departamento Administrativo para la Prosperidad
Social; Dirección Nacional de Inteligencia;
Departamento Administrativo Nacional de Estadística
(Dane); a las Unidades Administrativas Especiales sin
Personería Jurídica: Agencia del Inspector General de

de Proyección Normativa y Estudios de Regulación

Rurales, Adecuación de Tierras y usos Agropecuarios
(UPRA); Comisión de Regulación de Energía,
Gas y Combustibles (CREG); Parques Nacionales
Naturales de Colombia; Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales (ANLA); Comisión de
Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico
(CRA); Comisión de Regulación de Comunicaciones
  
las Entidades Vinculadas y Adscritas a Ministerios
y Departamentos Administrativos que no se
hayan mencionado; a las Empresas Comerciales e
Industriales del Estado; a las Sociedades de Economía
Mixta; a las Empresas Sociales del Estado; a las
Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios; a las
Entidades de Carácter Especial o de Naturaleza Única
con Personería Jurídica; a Institutos Tecnológicos;
a Sociedades Públicas; a Fondos con Personería
Jurídica, para que presenten un informe de los últimos
36 meses que llevan en el desarrollo de este gobierno,
y rindan cuentas a la Comisión Sexta Constitucional
Permanente sobre las ejecuciones presupuestales,
objetivos, metas, logros, etcétera, de acuerdo con
el cuestionario que se anexará para cada una de las
entidades.
Invítese al señor Contralor General de la República,
y a la señora Procuradora General de la Nación.
Se solicita que cada entidad venga con su
representante legal, secretario general o quien haga
las veces de ordenador del gasto de la entidad.
Presentada a consideración de la Comisión
Sexta por la totalidad de los honorables Senadores
integrantes, y aprobada por unanimidad en la sesión
del 21 de julio de 2021.
CUESTIONARIO 1 - ANEXO A LA
PROPOSICIÓN NÚMERO 01 DE 2021
Para la señora Ministra de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones:
1. ¿Qué medidas ha tomado en Mintic en el
caso de la U.T. Centros Poblados?
2.    
de la garantía que presentó la U.T. Centros Poblados,

3. ¿En qué falló el Ministerio en cuanto al
control de la documentación? ¿Por qué aceptaron una
garantía falsa?
4. ¿Se ha hecho alguna revisión de pólizas en los
demás contratos de Mintic? ¿Cómo lo está haciendo?
5. ¿Por qué se le dio el anticipo al contratista si
el Ministerio ya estaba advertido?
6. ¿No fue una decisión apresurada declarar la
caducidad? Eso podría generar más perjuicios a las
arcas de la nación.
7. ¿Cómo piensa recuperar los más de 70 mil
millones de pesos?
8. ¿Qué pasará con los equipos que la Unión
Temporal dijo adquirir con el dinero del anticipo?
¿Se recibirán en forma de pago?
9. ¿Por qué Unión Temporal Centros Poblados
ganó esta licitación, considerando que no tenía
experiencia alguna?
10. ¿Qué decirles a los colombianos de los
departamentos perjudicados con la caducidad del
contrato?
11. Se dice que algunos centros digitales
instalados están presentando fallas de conectividad.
¿Qué reporte tiene Usted? ¿Cómo va el proceso de
Claro? ¿Cuántos puntos han conectado y cómo van
frente a la meta?
12. ¿Cuál fue el monto de la inversión efectuada
por la Unión Temporal Centros Poblados hasta el
momento de la caducidad del contrato, y cuál fue
el alcance de ejecución determinado por el Mintic?
   
fue una cifra bastante alta. Favor indíquenos, cuánta
fue la inversión demostrable de la UT.
Presentado por los honorables Senadores
integrantes de la comisión.
CUESTIONARIO 2 - ANEXO A LA
PROPOSICIÓN NÚMERO 01 DE 2021
Para la Señora Ministra de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones:
1. Sírvase informar qué empresas conforman el
Consorcio Unión Temporal Centros Poblados.
2. Sírvase informar cuáles fueron los criterios
 
contrato 1043 de 2020 al Consorcio Unión Temporal
Centros Poblados.
 
       
otorgadas en el marco del proceso de licitación del

sírvase informar cuál fue la recomendación de la
empresa en el marco del proceso de licitación, y bajo
qué criterios técnicos fue escogida está empresa para
esta licitación.
4. Sírvase informar si es de conocimiento del
Ministerio si alguna de las empresas pertenecientes
al Consorcio Unión Temporal Centros Poblados tiene
investigaciones en curso por parte de la Contraloría
General de la Nación.
5. Sírvase informar cuáles y cuántos centros
cobijados cuántos por el contrato 1043 de 2020 se
encuentran sin conexión a Internet hasta la fecha.
Presentado por la honorable Senadora Sandra
Ramírez Lobo Silva.

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