Acta número 27 de la sesión ordinaria del día miércoles 16 de noviembre de 2022 - 28 de Febrero de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 926912794

Acta número 27 de la sesión ordinaria del día miércoles 16 de noviembre de 2022

Fecha de publicación28 Febrero 2023
Número de Gaceta107
ACTAS DE PLENARIA
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 107 Bogotá, D. C., martes, 28 de febrero de 2023 EDICIÓN DE 85 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
       
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
En Bogotá, D. C., a los dieciséis (16) días del mes
de noviembre de dos mil veintidós (2022) previa
citación, se reunieron en el recinto del Honorable
Senado de la República los miembros del mismo,
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I
Llamado a lista
El Presidente de la Corporación, honorable
Senador Roy Leonardo Barreras Montealegre,
indica a la Secretaría llamar a lista, y contestan
los siguientes honorables Senadores:
Registro de asistencia
Honorables Senadores
Agudelo García Ana Paola
Amín Saleme Fabio Raúl
Arias Castillo Wilson Neber
Asprilla Reyes Inti
Avella Esquivel Aída Yolanda
Ávila Martínez Ariel
Barreras Montealegre Roy Leonardo
Barreto Castillo Miguel Angel
Barreto Quiroga Óscar
Benavides Solarte Diela Liliana
Benedetti Martelo Jorge Enrique
Besaile Fayad John Moisés
Bitar Castilla Liliana Esther
“ESTA ACTA SOLO SERÁ DEFINITIVA, UNA VEZ SEA
APROBADA POR LA PLENARIA”
Acta número 27 de la sesión ordinaria del día miércoles 16
de noviembre de 2022
La Presidencia de los honorables Senadores: Roy Leonardo Barreras Montealegre,
Miguel Ángel Pinto Hernández y Honorio Miguel Henríquez Pinedo.
Blanco Álvarez Germán Alcides
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Bolívar Moreno Gustavo
Cabal Molina María Fernanda
Cabrales Baquero Enrique
Carreño Castro José Vicente
Castañeda Gómez Ana María
Castellanos Serrano Jairo Alberto
Cepeda Castro Iván
Cepeda Sarabia Efraín José
Chacón Camargo Alejandro Carlos
Chagüi Flórez Julio Elías
Córdoba Ruiz Piedad Esneda
Correa Jiménez Antonio José
Daza Cotes Imelda
Daza Guevara Robert
Deluque Zuleta Alfredo Rafael
Díaz Contreras Édgar de Jesús
Durán Barrera Jaime Enrique
Echavarría Sánchez Juan Diego
Echeverri Piedrahíta Guido
Echeverry Alvarán Nicolás Albeiro
Elías Vidal Julio Alberto
Espinosa Oliver Karina
Página 2 Martes, 28 de febrero de 2023 G 107
Espitia Jerez Ana Carolina
Flórez Hernández Alex Xavier
Flórez Porras Pedro Hernando
Flórez Schneider Gloria Inés
Fortich Sánchez Laura Ester
Gallo Cubillos Julián
Gallo Maya Juan Pablo
Garcés Rojas Juan Carlos
García Gómez Juan Carlos
García Turbay Lidio Arturo
Giraldo Hernández Óscar Mauricio
Gnecco Zuleta José Alfredo
Gómez Amín Mauricio
Guerra Hoyos Andrés Felipe
Guevara Villabón Carlos Eduardo
Henríquez Pinedo Honorio Miguel
Hernández Silva Yuly Esmeralda
Holguín Moreno Paola Andrea
Jaimes Cruz Sandra Janeth
Jiménez López Carlos Abraham
Lemos Uribe Juan Felipe
Lobo Chinchilla Dídier
López Maya Alexánder
López Obregón Clara Eugenia
Lozano Correa Angélica Lisbeth
Luna Sánchez David Andrés
Marín Lozano José Alfredo
Meisel Vergara Carlos Manuel
Merheg Marún Juan Samy
Moreno Hurtado Gustavo Adolfo
Motoa Solarte Carlos Fernando
Name Cardozo José David
Name Vásquez Iván Leonidas
Pachón Achury César Augusto
Padilla Villarraga Andrea
Perez Giraldo Claudia María
Pérez Oyuela José Luis
Pineda García Marcos Daniel
Pinto Hernández Miguel Ángel
Pizarro Rodríguez María José
Pulido Hernández Jonathan Ferney
Quilcué Vivas Aída Marina
Quintero Cardona Esteban
Quiroga Carrillo Jael
Ramírez Cortés Ciro Alejandro
Ramírez Lobo Silva Sandra
Riascos Riascos Paulino
Roldán Avendaño John Jairo
Rozo Zambrano Yenny Esperanza
Tamayo Tamayo Soledad
Torres Victoria Pablo Catatumbo
Trujillo González Carlos Andrés
Uribe Turbay Miguel
Valencia Laserna Paloma Susana
Vega Pérez Alejandro Alberto
Virgüez Piraquive Manuel Antonio
Zabaraín Guevara Antonio Luis
Zuleta López Isabel Cristina
Dejan de asistir con excusa los honorables
Senadores
Char Chaljub Arturo
Díaz Plata Edwin Fabián
Farelo Daza Carlos Mario
De la Calle Lombana Humberto
Barrera Rodríguez Josué Alirio
Hurtado Sánchez Norma
Peralta Epieyú Martha Isabel
Restrepo Correa Ómar de Jesús
Rosales Cadena Polivio Leandro
Bedoya Pérez Sor Berenice
Ríos Cuéllar Beatriz Lorena
16.XI.2022
Bogotá D.C., noviembre 16 de 2022.
Doctor
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General
Senado de la República
Ciudad
Siguiendo instrucciones del H. Senador Arturo Char Chaljub, me
dirijo a usted con el fin de comunicarle que por quebrantos de
salud no podrá asistir a las sesiones programada para la presente
semana, adjunto incapacidad médica por dos (2) días.
Solicito se registre la respectiva excusa.
Atentamente,
MAGALY CLAVIJO ARDILA
Asistente
G 107 Martes, 28 de febrero de 2023 Página 3
Comisión Séptima Constitucional Permanente
CSP-CS-2092-2022
Bogotá D.C., 18de noviembre de 2022
Senador
ROY LEONARDO BARRERA
Presidente del Senado dela República
Doctor
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General deSenado de la Republica
Asunto: Certificación de asistencia a la sesión formal de debate de control político realizada el 16 de novie mbre de 2022
en la ciudad de Riohacha Departamento de La Guajira por la Comisión Séptima del Senad o, en cumplimiento de la
proposición NO. 7 aprobada el 23 de agosto de 2022, sobre el incumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017, mediante la
cual la Corte Constitucional Declaro a la guajira en un estado de cosas inconstitucionales.
Respetado Presidente y Secretario,
El suscrito, en mi calidad de Secretario General de la Comision Septima del Senado,me permito CERTIFICAR
la asistencia a la sesión de debate de control politico del asunto de lo seguientes senadores:
xJOSUÉ ALIRIO BARRERA RODRÍGUEZ
xBERENICE BEDOYA PÉREZ
xFABIÁN DÍAZ PLATA
xNORMA HURTADO SÁNCHEZ
xMARTHA ISABEL PERALTA EPIEYÚ
xOMAR DE JESÚS RESTREPO CORREA
xLORENA RÍOS CUÉLLAR
xPOLIVIO LEANDRO ROSALES CADENA
Lo anterior con el fin de que sirva de excusa validapor la inasistencia de los senadores referidos a la plenaria
del senado realizada el 16 de noviembre de 2022, por encontrarse en el debate de control político en
cumplimiento de sus funciones en la ciudad de Riohacha, La Guajira.
Atentamente,
PRAXERE JOSE OSPINO REY
Secretario General de la Comisión Séptima del Senado
Elaboró: Daniel Camilo Gomez
Revisó y aprobó: Praxere José Ospino Rey

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