ACTA NÚMERO 31 DE 2023 (mayo 30) - 26 de Julio de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 941774148

ACTA NÚMERO 31 DE 2023 (mayo 30)

Fecha de publicación26 Julio 2023
Número de Gaceta918
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 918 Bogotá, D. C., miércoles, 26 de julio de 2023 EDICIÓN DE 23 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
       
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN SEXTA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE
ACTA NÚMERO 31 DE 2023
(mayo 30)
Primera Legislatura – 2022-2023
El día treinta (30) de mayo de dos mil veintitrés
(2023), siendo las once de la mañana (11:00 a. m.),
previa convocatoria, los Senadores integrantes de
la Comisión Sexta Constitucional Permanente del
Senado de la República, se reunieron de manera

sesionar.
La señora Vicepresidenta de la Comisión,
honorable Senadora Sandra Yaneth Jaimes Cruz,
asume la presidencia, presenta un saludo y le solicita
al Secretario hacer el llamado a lista.
El Secretario, doctor Jorge Eliécer Laverde
Vargas:
Llamado a lista.
Contestaron los siguientes honorables
Senadores:
Elías Vidal Julio Alberto
Guevara Villabón Carlos Eduardo
Jaimes Cruz Sandra Yaneth
Moreno Hurtado Gustavo
Quintero Cardona Esteban
Ramírez Lobo Silva Sandra
Seis (6) Senadores presentes en este momento,
señora Presidenta en la comisión sexta constitucional
permanente. Le damos un cordial saludo al
Representante a la Cámara por el partido liberal, el
ACTAS DE COMISIÓN
doctor Julián, él también es de la Sexta de Cámara,
bienvenido.
Asistieron durante el transcurso de la sesión
los siguientes honorable Senadores:
Castañeda Gómez Ana María
Daza Guevara Robert
Echeverri Piedrahíta Guido
Flórez Hernández Álex Xavier
Tamayo Tamayo Soledad
Trujillo González Carlos Andrés
Con excusa deja de asistir a la sesión el
honorable Senador:
Flórez Porras Pedro Hernando.
Con la autorización de la señora Presidenta,
la solicitud respetuosa que ha hecho el Senador

del Orden del Día, para iniciar con un proyecto de
ley, damos la lectura el Orden del Día.
ORDEN DEL DÍA
Para la sesión del día martes 30 de mayo de
2023, a las 10:00 a. m.
I
Llamada a lista
II
Discusión y votación de la Ponencia para
Primer Debate del Proyecto de ley número 267
de 2022 Senado, 139 de 2021 Cámara, por la
cual se reconocen las Plataformas de Intercambios
de Criptoactivos (PIC) que ofrecen servicios de
intercambio de estos activos virtuales, se crea un
marco regulatorio y se dictan otras disposiciones.
Página 2 Miércoles, 26 de julio de 2023 G 918
Publicada en la Gaceta del Congreso número
380 de 2023
A este proyecto le emitió concepto el Ministerio
de Hacienda; el Banco de la República; y la
Superintendencia de Industria y Comercio, los cuales
fueron enviados a los correos de los honorables
Senadores, los días 14 y 25 de abril y 15 de mayo de
2023.
Autor: Ex honorable Representante Mauricio Toro -
Rodrigo Rojas.
Ponente: honorable Senador Gustavo Adolfo Moreno
Hurtado.
III
Citación a la señora Ministra de Ciencia, Tecnología
e Innovación, doctora Yesenia Olaya Requene, en
cumplimiento de la Proposición número 60 de 2023.
Invitación al señor Contralor General de la República,
doctor Carlos Hernán Rodríguez Becerra; y a la señora
Procuradora General de la Nación, doctora Margarita
Cabello Blanco.
Proposición número 60 de 2023
Cítese a los Ministros de Ciencia, Tecnología
e Innovación, doctora Yesenia Olaya Requene; de
Transporte, doctor William Fernando Camargo Triana;
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
doctor Mauricio Lizcano Arango; de Educación
Nacional, doctora Aurora Vergara Figueroa; de Cultura,
doctor Jorge Ignacio Zorro Sánchez; y del Interior, doctor
Luis Fernando Velasco Cháves; a sus entidades adscritas
y vinculadas; al Presidente de la Agencia Nacional de
Infraestructura; y al Director de la Unidad Nacional para
la Gestión del Riesgo de Desastres, para que en sesiones
de comisión, citadas independientemente en fechas y
hora determinadas por la mesa directiva, presenten un
completo informe sobre la ejecución del presupuesto a
la fecha, el informe de empalme, y cómo recibieron la
entidades frente a todos los temas en general.
Presentada a consideración de la comisión por los
honorables Senadores integrantes, y aprobada por
unanimidad en la sesión del 10 de mayo de 2023.
CUESTIONARIO ANEXO A LA
PROPOSICIÓN NÚMERO 60 DE 2023
Para la señora Ministra de Ciencia, Tecnología e
Innovación:
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo
161 del Plan de Desarrollo aprobado, sírvase
establecer de manera detallada, punto por punto,
cuál será la hoja de ruta, por parte del Ministerio
de Ciencia, Tecnología e Innovación, para el
fortalecimiento para agilizar las autorizaciones
de los procesos de fabricación, venta e
importación de medicamentos y dispositivos y
tecnologías en salud.
2. Sírvase establecer cuál será la hoja de ruta, por
parte del Ministerio de Ciencia, Tecnología e
Innovación, para implementar lo dispuesto en
el artículo 170 del Plan de Desarrollo aprobado,
     
169 de la Ley 1955 de 2019 sobre derechos
de propiedad intelectual sobre resultados de
actividades de ciencia, tecnología e innovación

3. Sírvase establecer de manera detallada, de qué
manera el Ministerio de Ciencia Tecnología e
Innovación contribuirá a la democratización
de la ciencia a través del acceso a resultados
    
recursos públicos, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 171 del Plan de Desarrollo
aprobado.
4. Sírvase establecer, en qué estado se encuentra el
diseño del arreglo institucional para fortalecer
el sector de ciencia, tecnología e innovación
incluida la creación de una Agencia responsable
de ejecutar la política de ciencia, tecnología e
innovación, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 225 del Plan de Desarrollo aprobado.
5. Sírvase establecer, en que capacidad participara
el Ministerio de Ciencia, Tecnología e
Innovación en la construcción de las políticas
de investigación e innovación orientadas por
misiones, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 226 del Plan de Desarrollo aprobado.
6. Indique, que se ha hecho desde el Ministerio
para fortalecer las capacidades de investigación,
ciencia y tecnología e innovación en todo el
territorio nacional.
7. Sírvase informar a través de que programas
se ha impulsado la ciencia tecnología e
innovación, como una verdadera herramienta
de transformación en las regiones.
8. Señale de qué manera el Ministerio, ha buscado
dinamizar la ciencia y la generación de nuevo
conocimiento, así como las necesidades y
demandas territoriales a partir del Plan Bienal de

con recursos del Sistema General de Regalías
para Ciencia, Tecnología e Innovación (CTeI).
9. Informe, que políticas o programas se han
trazado desde su cartera, con el objetivo de
promover el interés por la investigación y
el desarrollo de actitudes y habilidades en
niñas, niños y adolescentes, que les permitan
adentrarse activamente en una cultura de la
ciencia, la tecnología y la innovación.
Presentado por los honorables Senadores integrantes.
IV
Discusión y Votación de las Ponencias para
Primer Debate de los siguientes proyectos de ley:
1. Proyecto de ley número 33 de 2022 Senado,
por medio del cual se modica la Ley 300 de
1992, y se dictan disposiciones en materia de
turismo comunitario.
Publicada en la Gaceta del Congreso número 509
de 2023.
Autor: honorable Senador Fabián Diaz Plata.
Ponente: honorable Senador Sandra Yaneth Jaimes
Cruz.

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