ACTA NÚMERO 36 DE 2022 (23 de marzo) - 6 de Abril de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 906223854

ACTA NÚMERO 36 DE 2022 (23 de marzo)

Fecha de publicación06 Abril 2022
Número de Gaceta275
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 275 Bogotá, D. C., miércoles, 6 de abril de 2022 EDICIÓN DE 19 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
       
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN PRIMERA HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
ACTA NÚMERO 36 DE 2022
(23 de marzo)
Cuatrienio 2018-2022
Legislatura 2021-2022
Segundo período
Sesión Ordinaria Mixta
El día veintitrés (23) de marzo del dos mil
veintidós (2022), se reunieron en el Salón Guillermo
Valencia del Capitolio Nacional y en la plataforma
virtual Zoom, previa citación, los miembros de la
Comisión Primera del honorable Senado.
I
Llamado a lista y vericación del quórum
La Presidencia ejercida por la vicepresidenta
honorable Senadora Esperanza Andrade Serrano,
indica a la Secretaría llamar a lista y contestaron
los honorables Senadores:
Amín Saleme Fabio Raúl
Andrade Serrano Esperanza
Gallo Cubillos Julián
Guevara Villabón Carlos
López Maya Alexánder
Lozano Correa Angélica
Name Vásquez Iván
Ortega Narváez Temístocles
Pacheco Cuello Eduardo Emilio
Pinto Hernández Miguel Ángel
Rodríguez Rengifo Rossvelt
Tamayo Tamayo Soledad
Valencia Laserna Paloma y Velasco Chaves Luis
Fernando.
En el transcurso de la sesión se hicieron
presentes los honorables Senadores:
Barreras Montealegre Roy Leonardo
Benedetti Villaneda Armando
García Gómez Juan Carlos
Petro Urrego Gustavo Francisco
Valencia González Santiago y
Varón Cotrino Germán.
Dejaron de asistir los honorables Senadores:
Cabal Molina María Fernanda y
Lara Restrepo Rodrigo.
El texto de la excusa es el siguiente:
Página 2 Miércoles, 6 de abril de 2022 G 275
La Secretaría informa que se ha registrado
Quórum Decisorio.
   
“Ábrase la sesión y proceda el Secretario a dar lectura
al orden del día para la presente reunión”.
ORDEN DEL DÍA
Comisión Primera honorable Senado de la
República
Cuatrienio 2018-2022 Legislatura 2021-2022
Segundo Período
Sesión Ordinaria Mixta
Sesión Presencial (Mixta) con las restricciones
legales vigentes de Bioseguridad
Día: Miércoles 23 de marzo de 2022
Lugar: Salón Guillermo Valencia Capitolio
Nacional- Primer Piso y Plataforma Zoom
Hora: 10:00 a. m.
I
Llamado a lista y vericación del quórum
II
Consideración y votación de proyectos
en primer debate
1. Proyecto de ley número 37 de 2021
Senado, por la cual se faculta la reducción
de pena privativa de la libertad mediante
el fortalecimiento de los derechos humanos
para la formación en valores cívicos, sociales,
éticos y bioéticos en los establecimientos de
reclusión.
Autores: honorables Senadores Eduardo Emilio
Pacheco Cuello, John Milton Rodríguez González,
Édgar Enrique Palacio Mizrahi, Esperanza Andrade
Serrano.
Ponente primer debate: Senado: honorable
Senador Eduardo Pacheco Cuello.
Publicación: Proyecto Original: Gaceta del
Congreso número 897 de 2021.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso
número 1215 de 2021.
2. Proyecto de ley número 249 de 2021
Senado, por medio de la cual se establece la gura
de la recurrencia, se crea el registro nacional de
recurrentes, y se modica la Ley 906 de 2004 para
enfrentar la violencia criminal.
Autores: honorables Senadores Rodrigo Lara
Restrepo, Luis Fernando Velasco Chaves, Juan
Carlos García Gómez, Iván Name Vásquez, Ana
María Castañeda Gómez, Daira Galvis Méndez,
Fabio Amín Saleme, Germán Varón Cotrino,
Carlos Abraham Jiménez, María Fernanda Cabal
Molina, José Luis Pérez Oyuela, Fabián Castillo
Suárez. – honorables Representantes José Daniel
López Jiménez, Andrés David Calle Aguas, Hernán
Estupiñán Calveche, Erwin Arias Betancur, Harry
González García, Julián Peinado Ramírez.
Ponente primer debate: Senado: honorable
Senador Rodrigo Lara Restrepo.
Publicación: Proyecto Original: Gaceta del
Congreso número 1592 de 2021.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso
número 1614 de 2021.
3. Proyecto de ley número 119 de 2021
Senado, por el cual se crea el arbitraje
para procesos ejecutivos, su pacto especial
y procedimiento arbitral.
Autores: honorables Senadores Esperanza
Andrade Serrano, Nora María García Burgos,
Myriam Alicia Paredes Aguirre, Efraín Cepeda
Sarabia, María del Rosario Guerra de la Espriella,
Eduardo Emilio Pacheco Cuello, John Milton
Rodríguez González, Édgar Enrique Palacio
Mizrahi, Ruby Helena Chagüi Spath, Javier
Mauricio Delgado Martínez, Amanda Rocío
González Rodríguez. - honorables Representantes
José Gustavo Padilla Orozco, Armando Zabaraín
D’Arce, Buenaventura León León, Felipe Andrés
Muñoz, Juan Carlos Rivera Peña, Germán Alcides
Blanco, Emeterio José Montes de Castro.
Ponente primer debate: Senado: honorable
Senadora Esperanza Andrade Serrano.
Publicación: Proyecto Original: Gaceta del
Congreso número 1021 de 2021.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso
número 1548 de 2021.
4. Proyecto de ley número 09 de 2021 Senado,
mediante el cual se modica la Ley 1563
Internacional (Estatuto de Arbitraje).
Autores: Ministro de Justicia y del Derecho
doctor Wilson Ruiz Orejuela.
Ponente primer debate: Senado honorables
Senadores Germán Varón Cotrino, Paloma Valencia
Laserna (Coordinadores), Esperanza Andrade
Serrano, Roy Barreras Montealegre, Iván Name

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