Acta número 41 de la sesión plenaria ordinaria del día martes 28 de marzo de 2023 - 8 de Mayo de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 932659278

Acta número 41 de la sesión plenaria ordinaria del día martes 28 de marzo de 2023

Fecha de publicación08 Mayo 2023
Número de Gaceta436
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 436 Bogotá, D. C., lunes, 8 de mayo de 2023 EDICIÓN DE 67 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
        
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
ESTA ACTA SOLO SERA DEFINITIVA UNA VEZ SEA
APROBADA POR LA PLENARIA
ACTAS DE PLENARIA
Acta número 41 de la sesión plenaria ordinaria del día
martes 28 de marzo de 2023
La Presidencia de los honorables Senadores: Roy Leonardo Barreras Montealegre,
Miguel Ángel Pinto Hernández y Honorio Miguel Henríquez Pinedo.
En Bogotá, D. C., a los veintiocho (28) días del mes
de marzo de dos mil veintitrés (2023) previa citación,
se reunieron en el recinto del Honorable Senado de la
República y en la sala virtual de la plataforma zoom los
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I
Llamado a Lista
El honorable Senador Fabio Raúl Amín Saleme,
quien preside la sesión por orden alfabético, indica a
la Secretaría llamar a lista, y contestan los siguientes
honorables Senadores:
Registro de Asistencia
Honorables Senadores:
Agudelo García Ana Paola
Amín Saleme Fabio Raúl
Arias Castillo Wilson Neber
Asprilla Reyes Inti
Avella Esquivel Aída Yolanda
Ávila Martínez Ariel Fernando
Barrera Rodríguez Josué Alirio
Barreras Montealegre Roy Leonardo
Barreto Castillo Miguel Ángel
Barreto Quiroga Óscar
Bedoya Pérez Sor Berenice
Benavides Mora Carlos Alberto
Benavides Solarte Diela Liliana
Benedetti Martelo Jorge Enrique
Bitar Castilla Liliana Esther

Cabrales Baquero Enrique
Carreño Castro José Vicente
Castellanos Serrano Jairo Alberto
Cepeda Castro Iván
Cepeda Sarabia Efraín José
Chacón Camargo Alejandro Carlos
Chagüi Flórez Julio Elías
Correa Jiménez Antonio José
Daza Cotes Imelda
Daza Guevara Robert
De la Calle Lombana Humberto
Deluque Zuleta Alfredo Rafael
Díaz Contreras Édgar de Jesús
Díaz Plata Edwin Fabián
Durán Barrera Jaime Enrique
Echavarría Sánchez Juan Diego
Echeverri Piedrahíta Guido
Echeverry Alvarán Nicolás Albeiro
Página 2 Lunes, 8 de mayo de 2023 G 436
Elías Vidal Julio Alberto
Espinosa Oliver Karina
Espitia Jerez Ana Carolina
Farelo Daza Carlos Mario
Flórez Hernández Alex Xavier
Flórez Porras Pedro Hernando
Flórez Schneider Gloria Inés
Fortich Sánchez Laura Ester
Gallo Cubillos Julián
Gallo Maya Juan Pablo
Garcés Rojas Juan Carlos
García Gómez Juan Carlos
García Turbay Lidio Arturo
Giraldo Hernández Óscar Mauricio
Gnecco Zuleta José Alfredo
Gómez Amín Mauricio
González Villa Carlos Julio
Guerra Hoyos Andrés Felipe
Guevara Villabón Carlos Eduardo
Henríquez Pinedo Honorio Miguel
Hernández Silva Yuly Esmeralda
Holguín Moreno Paola Andrea
Hurtado Sánchez Norma
Jaimes Cruz Sandra Janeth
Jiménez López Carlos Abraham
Lemos Uribe Juan Felipe
Lobo Chinchilla Dídier
López Maya Alexánder
López Obregón Clara Eugenia
Lozano Correa Angélica Lisbeth
Luna Sánchez David Andrés
Merheg Marún Juan Samy
Moreno Hurtado Gustavo Adolfo
Motoa Solarte Carlos Fernando
Name Cardozo José David
Name Vásquez Iván Leonidas
Padilla Villarraga Andrea
Peralta Epieyú Martha Isabel
Pérez Giraldo Claudia María
Pérez Oyuela José Luis
Pérez Pérez Catalina del Socorro
Pineda García Marcos Daniel
Pizarro Rodríguez María José
Pulido Hernández Jonathan Ferney
Quilcué Vivas Aída Marina
Quintero Cardona Esteban
Quiroga Carrillo Jael
Ramírez Cortés Ciro Alejandro
Ramírez Lobo Silva Sandra
Restrepo Correa Omar de Jesús
Riascos Riascos Paulino
Ríos Cuéllar Beatriz Lorena
Roldán Avendaño John Jairo
Rosales Cadena Polivio Leandro
Rozo Zambrano Yenny Esperanza
Tamayo Tamayo Soledad
Torres Victoria Pablo Catatumbo
Trujillo González Carlos Andrés
Uribe Turbay Miguel
Valencia Laserna Paloma Susana
Vega Pérez Alejandro Alberto
Virgüez Piraquive Manuel Antonio
Zabaraín Guevara Antonio Luis
Zuleta López Isabel Cristina.
Dejan de asistir con excusa los Honorables
Senadores:
Besaile Fayad John Moisés
Blanco Álvarez Germán Alcides
Castañeda Gómez Ana María
Cabal Molina María Fernanda
Córdoba Ruiz Piedad Esneda
Marín Lozano José Alfredo
Meisel Vergara Carlos Manuel
Pinto Hernández Miguel Ángel.
28.III.2023
G 436 Lunes, 8 de mayo de 2023 Página 3
27/3/23, 17:53
Orden de Incapacidad
Código del Prestador: 700010152101 Nit: 900656493
Dirección: Carrera 18 # 16-55 Barrio La Ford
Teléfono: 2765425
Web: www.puntovitalips.com
Email: institucional@puntovitalips.com
Fecha de Impresión: 2023/03/27 17:52:59
ORDEN DE INCAPACIDAD
INFORMACION DEL PACIENTE
Nombre: CASTAÑEDA GOMEZ ANA MARIA CC: 23180931 Fecha nac. 1984-12-27 Edad: 38
Años Sexo: F
Direccion: EDIFICIO GEMMA APTO 501 CRA
41 # 27-34
Estrato: EXENTO DE
PAGO Municipio: SINCELEJO Telefono(s):
3106930013,
Acompañante: Tel:
Empresa: SURAMERICANA Contrato: SURA EVENTO
Ingreso: 1011950 Fecha: 2023/03/27 Hora: 17:02 Fecha y Hora Atencion: 2023/03/27 17:04:00 Unidad funcional:
Orden de Incapacidad Nº: 609
Servicio: 01 - CONSULTA EXTERNA
Fecha: 2023/03/27 Duración: 5 días .:
Fecha Venc 2023/03/31
Tipo: Enfermedad General Prorroga: PRORROGABLE
Médico: CARLOS FRANCISCO AMELL MENCO Registro : Registro medico No: 1099960245
Resumen:
Pacinet con cuadro clà nico caracterizado por fiebre, dolor agudo retrofarÃ
ngeo, compatible con faringoamigdalitis. y sibilantes tos .se recomienda reposo y aislamiento se da incapacidad medic
dias. J029 - FARINGITIS AGUDA, NO ESPECIFICADA
ATENDIDO POR
CARLOS FRANCISCO AMELL MENCO - Registro Medico No. Registro
medico No: 1099960245
Copyright 2010-2011 Sisma-Salud. Todos los Derechos Reservados.

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