Acta número 42 de la sesión plenaria extraordinaria mixta del día viernes 18 de diciembre de 2020 - 19 de Marzo de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879265220

Acta número 42 de la sesión plenaria extraordinaria mixta del día viernes 18 de diciembre de 2020

Fecha de publicación19 Marzo 2021
Número de Gaceta151
ACTAS DE PLENARIA
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 151 Bogotá, D. C., viernes, 19 de marzo de 2021 EDICIÓN DE 269 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
       
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
En Bogotá, D. C., a los dieciocho (18) días del
mes de diciembre de dos mil veinte (2020) previa
citación, se reunieron en el recinto del Honorable
Senado de la República y en la sala virtual de la
plataforma zoom los miembros del mismo, con el

I
Llamado a lista
El Presidente del Senado, honorable Senador
Arturo Char Chaljub, indica a la Secretaría
llamar a lista, y contestan los siguientes
honorables Senadores:
Registro de asistencia honorables Senadores
Acuña Díaz Laureano Augusto
Agudelo García Ana Paola
Agudelo Zapata Iván Darío
Aguilar Villa Richard Alfonso
Amín Escaf Miguel
Amín Saleme Fabio Raúl
Andrade de Osso Esperanza
Araújo Rumié Fernando Nicolás
Arias Castillo Wilson Néber
Avella Esquivel Aida Yolanda
Barguil Assis David Alejandro
Barreras Montealegre Roy Leonardo
Barreto Castillo Miguel Ángel
Acta número 42 de la sesión plenaria extraordinaria mixta del día
viernes 18 de diciembre de 2020
La Presidencia de los honorables Senadores Arturo Char Chaljub,
Jaime Enrique Durán Barrera y Griselda Lobo Silva.
Bedoya Pulgarín Julián
Benedetti Villaneda Armando
Besaile Fayad John Moisés

Bolívar Moreno Gustavo
Cabal Molina María Fernanda
Castañeda Gomez Ana María
Castaño Pérez Mario Alberto
Castellanos Emma Claudia
Castilla Salazar Jesús Alberto
Castillo Suárez Fabián Gerardo
Castro Córdoba Juan Luis
Cepeda Castro Iván
Cepeda Sarabia Efraín José
Chagüí Spath Ruby Helena
Char Chaljub Arturo
Corrales Escobar Alejandro
Cristo Bustos Andrés
Díaz Contreras Édgar de Jesús
Díazgranados Torres Luis Eduardo
Durán Barrera Jaime Enrique
Enríquez Maya Carlos Eduardo
Fortich Sánchez Laura Ester
Gallo Cubillos Julián
Página 2 Viernes, 19 de marzo de 2021 G 151
Galvis Méndez Daira de Jesús
García Burgos Nora María
García Gómez Juan Carlos
García Realpe Guillermo
García Turbay Lidio Arturo
García Zuccardi Andrés Felipe
Gaviria Vélez José Obdulio
Gnecco Zuleta Jose Alfredo
Gómez Amín Mauricio
Gómez Jiménez Juan Diego
González Rodríguez Amanda Rocío
Guerra de la Espriella María del Rosario
Guevara Jorge Eliécer
Guevara Villabón Carlos Eduardo
Henríquez Pinedo Honorio Miguel
Holguín Moreno Paola Andrea
Hoyos Giraldo Germán Darío
Jiménez López Carlos Abraham
Lara Restrepo Rodrigo
Lemos Uribe Juan Felipe
Lizarazo Cubillos Aydeé
Lobo Chinchilla Dídier
Lobo Silva Griselda
Londoño Ulloa Jorge Eduardo
López Maya Alexánder
López Peña José Ritter
Lozano Correa Angélica Lisbeth
Macías Tovar Ernesto
Martínez Aristizábal Maritza
Marulanda Gómez Luis Iván
Meisel Vergara Carlos Manuel
Mejía Mejía Carlos Felipe
Merheg Marún Juan Samy
Motoa Solarte Carlos Fernando
Name Cardozo José David
Name Vásquez Iván Leonidas
Ortega Narváez Temístocles
Ortiz Nova Sandra Liliana
Pacheco Cuello Eduardo Emilio
Palacio Mizrahi Édgar Enrique
Palchucan Chingal Manuel Bitervo
Paredes Aguirre Miryam Alicia
Pérez Oyuela José Luis
Pérez Vásquez Nicolás
Petro Urrego Gustavo Francisco
Pinto Hernández Miguel Ángel
Ramírez Cortés Ciro Alejandro
Robledo Castillo Jorge Enrique
Rodríguez González John Milton
Rodríguez Rengifo Roosvelt
Romero Soto Milla Patricia
Sanguino Páez Antonio Eresmid
Serpa Moncada Horacio José
Simanca Herrera Victoria Sandino
Suárez Vargas John Harold
Tamayo Pérez Jonatan
Torres Victoria Pablo Catatumbo
Trujillo González Carlos Andrés
Valencia González Santiago
Valencia Laserna Paloma
Valencia Medina Feliciano
Varón Cotrino Germán
Velasco Chaves Luis Fernando
Velasco Ocampo Gabriel Jaime
Villalba Mosquera Rodrigo
Zabaraín Guevara Antonio Luis
Zambrano Erazo Bérner León
Zúñiga Iriarte Israel Alberto.
Dejan de asistir con excusa los honorables
Senadores:
Polo Narváez José Aulo.
18.XII.2020
Por Secretaría se informa que se ha registrado
quórum decisorio.
Siendo las 12:50 p.m., la Presidencia
maniesta:
Ábrase la sesión y proceda el señor Secretario a
dar lectura al Orden del Día, para la presente reunión.
G 151 Viernes, 19 de marzo de 2021 Página 3
Por Secretaría se da lectura al Orden del Día
para la presente sesión:
Rama Legislativa del Poder Público
Senado de la República de Colombia
Sesiones Extraordinarias
ORDEN DEL DÍA
Para la sesión plenaria extraordinaria mixta
del día viernes 18 de diciembre de 2020,
(Decreto número 1653 del 16 de diciembre
de 2020, expedido por el Gobierno nacional)
Hora: 11:00 a. m.
(Recinto del Senado – Plataforma Zoom)
I
Llamado a lista
II
Votación de proyectos de ley o de acto legislativo
***
Con informe de conciliación
1. Proyecto de ley número 234 de 2020
Senado, 409 de 2020 Cámara, por la cual
se expide el Código Electoral Colombiano y
se dictan otras disposiciones.
Comisión Accidental: honorables Senadores
Armando Alberto Benedetti Villaneda y Fabio Raúl
Amín Saleme.
Informe publicado en la Gaceta del Congreso
número 1516 de 2020.
Fe de Erratas publicado Gaceta del Congreso
número 1523 de 2020.
III
Lo que propongan los honorables Senadores
IV
Negocios sustanciados por la Presidencia
El Presidente,
ARTURO CHAR CHALJUB
El Primer Vicepresidente,
JAIME ENRIQUE DURÁN BARRERA
La Segunda Vicepresidenta,
GRISELDA LOBO SILVA
El Secretario General,
GREGORIO ELJACH PACHECO.
La Presidencia somete a consideración de la
Plenaria el Orden del Día para la presente sesión y,
cerrada su discusión, ésta le imparte su aprobación.
Por Secretaría se deja constancia que el Senador
Édgar Enrique Palacio Mizrahi, deja constancia de
su retiro del recinto.
La Presidencia indica a la Secretaría continuar
con el siguiente punto del Orden del Día.
II
Votación de proyectos de ley o de acto legislativo
Con informe de conciliación
Proyecto de ley número 234 de 2020 Senado,
409 de 2020 Cámara, por la cual se expide el
Código Electoral Colombiano y se dictan otras
disposiciones.
La Presidencia concede el uso de la palabra
al honorable Senador ponente Fabio Raúl Amín
Saleme.
Palabras del honorable Senador Fabio Raúl Amín
Saleme.
Con la venia de la Presidencia hace uso de la
palabra el honorable Senador Fabio Raúl Amín
Saleme:
Gracias Presidente. Quiero saludar a los
honorables Senadores que nos acompañan desde el
recinto y también a quienes lo hacen a través de la
plataforma en esta sesión Mixta.
Señor Presidente dando cumplimiento a la
designación que nos fuere efectuada por las Mesas
del Senado y de la Cámara de Representantes, y de
conformidad con los artículos de la Constitución
Política y de la Ley 5ª de 1992, los suscritos
Senadores Armando Benedetti Villaneda y Fabio
Raúl Amín y los Representantes a la Cámara
Alejandro Vega Pérez y Julio César Triana
Quintero, hemos presentado a consideración de las
Plenarias para el trámite correspondiente en cuanto
a la conciliación de textos aprobados en el Código
Electoral Colombiano y la norma en la cual se dictan
otras disposiciones.
Dicho texto, fue radicado en la Secretaría General,

ha sido para el conocimiento de todos los miembros
de esta corporación y de la opinión pública en
general un documento que ha sido y que puede ser
consultado por quién tenga el interés de conocer la
actuación que nos correspondió en esa encomienda
que de su parte hemos recibido Senador Benedetti y
yo por el Senado. Entonces, señor Presidente el texto
se encuentra en la secretaría, no sé si la manera de
considerarlo sea leerlo o el resumen si me permiten
es el siguiente señor Presidente.
Mire, se acogieron 186 artículos que no tenían
discrepancia entre los textos aprobados en la
plenaria de la Cámara y en la plenaria del Senado,
se acogieron 49 artículos del texto que fue aprobado
en la Cámara de Representantes, se acogieron 33
artículos del texto que fue aprobado en el Senado
de la República; estos son los 82 artículos en
los que hubo discrepancia. Los artículos nuevos
fueron acogidos todos en el texto que se presenta
hoy para conciliación, 4 de ellos fueron aprobados
en el Senado de la República y 4 fueron aprobados
en la Cámara de Representantes, para un total de 8
artículos nuevos.
Fueron eliminados, tanto en Senado como
en Cámara, 6 artículos que son, el artículo, voy a
leerlos por el número que corresponden a Senado: el

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