Acta número 53 de la sesión plenaria del día martes 30 de mayo de 2023 - 17 de Julio de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 940220167

Acta número 53 de la sesión plenaria del día martes 30 de mayo de 2023

Fecha de publicación17 Julio 2023
Número de Gaceta882
ACTAS DE PLENARIA
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 882 Bogotá, D. C., lunes, 17 de julio de 2023 EDICIÓN DE 100 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
En Bogotá, D. C., a los treinta (30) días del mes
de mayo de dos mil veintitrés (2023) previa citación,
se reunieron en el recinto del Honorable Senado de
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sesionar en pleno.
I
Llamado a lista
El Primer Vicepresidente de la Corporación,
honorable Senador Miguel Ángel Pinto
Hernández, indica a la Secretaría llamar a
lista, y contestan los siguientes honorables
Senadores:
Registro de asistencia
Honorables Senadores
Amín Saleme Fabio Raúl
Arias Castillo Wilson Neber
Asprilla Reyes Inti
Avella Esquivel Aída Yolanda
Ávila Martínez Ariel
Barrera Rodríguez Josué Alirio
Barreto Castillo Miguel Ángel
Barreto Quiroga Óscar
Bedoya Pérez Sor Berenice
Benavides Mora Carlos Alberto
Benedetti Martelo Jorge Enrique
Blanco Álvarez Germán Alcides
“ESTA ACTA SOLO SERÁ DEFINITIVA,
UNA VEZ SEA APROBADA POR LA PLENARIA”
Acta número 53 de la sesión plenaria del día martes 30 de mayo de 2023.
La Presidencia de los honorables Senadores: Roy Leonardo Barreras Montealegre,
Miguel Ángel Pinto Hernández y Honorio Miguel Henríquez Pinedo.
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Cabal Molina María Fernanda
Cabrales Baquero Enrique
Carreño Castro José Vicente
Castañeda Gómez Ana María
Castellanos Serrano Jairo Alberto
Chacón Camargo Alejandro Carlos
Chagüí Flórez Julio Elías
Córdoba Ruiz Piedad Esneda
Daza Cotes Imelda
Daza Guevara Robert
Deluque Zuleta Alfredo Rafael
Díaz Contreras Édgar de Jesús
Durán Barrera Jaime Enrique
Echavarría Sánchez Juan Diego
Echeverri Piedrahíta Guido
Echeverry Alvarán Nicolás Albeiro
Elías Vidal Julio Alberto
Espinosa Oliver Karina
Espitia Jerez Ana Carolina
Estrada Cordero Julio César
Farelo Daza Carlos Mario
Flórez Hernández Alex Xavier
Flórez Schneider Gloria Inés
Página 2 Lunes, 17 de julio de 2023 G 882
Fortich Sánchez Laura Ester
Gallo Cubillos Julián
Gallo Maya Juan Pablo
García Gómez Juan Carlos
García Turbay Lidio Arturo
Giraldo Hernández Óscar Mauricio
Gnecco Zuleta José Alfredo
Gómez Amín Mauricio
González Villa Carlos Julio
Guerra Hoyos Andrés Felipe
Guevara Villabón Carlos Eduardo
Henríquez Pinedo Honorio Miguel
Hernández Silva Yuly Esmeralda
Holguín Moreno Paola Andrea
Hurtado Sánchez Norma
Jaimes Cruz Sandra Janeth
Jiménez López Carlos Abraham
Lemos Uribe Juan Felipe
Lobo Chinchilla Didier
López Maya Alexánder
López Obregón Clara Eugenia
Lozano Correa Angélica Lisbeth
Luna Sánchez David Andrés
Marín Lozano José Alfredo
Meisel Vergara Carlos Manuel
Merheg Marún Juan Samy
Moreno Hurtado Gustavo Adolfo
Motoa Solarte Carlos Fernando
Name Cardozo José David
Name Vásquez Iván Leonidas
Padilla Villarraga Andrea
Peralta Epieyú Martha Isabel
Pérez Giraldo Claudia María
Pérez Oyuela José Luis
Pérez Pérez Catalina del Socorro
Pineda García Marcos Daniel
Pinto Hernández Miguel Ángel
Pizarro Rodríguez María José
Pulido Hernández Jonathan Ferney
Quilcué Vivas Aída Marina
Quintero Cardona Esteban
Quiroga Carrillo Jael
Ramírez Cortés Ciro Alejandro
Ramírez Lobo Silva Sandra
Restrepo Correa Ómar de Jesús
Riascos Riascos Paulino
Ríos Cuéllar Beatriz Lorena
Roldán Avendaño John Jairo
Rosales Cadena Polivio Leandro
Tamayo Tamayo Soledad
Torres Victoria Pablo Catatumbo
Trujillo González Carlos Andrés
Uribe Turbay Miguel
Valencia Laserna Paloma Susana
Vega Pérez Alejandro Alberto
Virg üez Piraquive Manuel Antonio
Zabaraín Guevara Antonio Luis
Zuleta López Isabel Cristina.
Dejan de asistir con excusa los honorables
Senadores
Agudelo García Ana Paola
Benavides Solarte Diela Liliana
Besaile Fayad John Moisés
Bitar Castilla Liliana Esther
Cepeda Castro Iván
Cepeda Sarabia Efraín José
Correa Jiménez Antonio Jose
De la Calle Lombana Humberto
Díaz Plata Edwin Fabián
Flórez Porras Pedro Hernando
Garcés Rojas Juan Carlos
Rozo Zambrano Yenny Esperanza.
30. V. 2023
Bogotá D.C., mayo 30 de 2023
Doctor
PREXERE JOSÉ OSPINA REY
Secretario General Comisión Séptima
Senado de la República
Ref.: Excusa sesión mayo 30 de 2023
Respetado Doctor
Por medio del presente me permito presentar excusa a la sesión de Comisión Séptima
convocada para la del día de hoy 30 de mayo de 2023, en razón a incapacidad médica
expedida por la EPS a la cual me encuentro afiliada.
Se anexan soportes de la incapacidad mencionada.
Agradezco la atención prestada.
ANA PAOLA AGUDELO GARCÍA
Senadora de la República
Partido Político MIRA
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CENTROS MEDICOS COLSANITAS SAS INCAPACIDAD - ENFERMEDAD GENERAL No. 7668290
Ctro Medico Colsanitas Premium Virtual B/quilla - NIT. 901041691
Calle 85 # 50-37.Teléfono: 3360666
Nombre: ANA PAOLA AGUDELO GARCIA
Identificación: CC 28559144 - Sexo: Femenino - Edad: 40 Años
BARRANQUILLA (DISTRITO ESPECIAL)
30/05/2023, 07:18:26
Tipo de Usuario: Otro - Otro
Contrato Colsanitas S.A.: 10-10108045020-1-1
- Impreso: 30/05/2023, 07:32:03 Impresión realizada por: jommesa Página 1 de 3
Firmado Electrónicamente
DIAGNÓSTICO(S)
Diagnóstico que genera la incapacidad: J040 Laringitis aguda .
No se registraron otros diagnósticos en la historia clínica.
Días de incapacidad: 2 día(s) Desde: 30/05/2023 - Hasta: 31/05/2023
MÉDICO DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL TRÁMITE
Jorge Mario Mesa Romero - Medicina General
CC 80184455 - RM. Registro médico 80184455
Original de prescripción de incapacidad o licencia.
Favor tramitar la incapacidad antes de 72 horas
Original
CENTROS MEDICOS
COLSANITAS SAS
INCAPACIDAD - ENFERMEDAD GENERAL No.
7668290
Ctro Medico Colsanitas Premium Virtual B/quilla -
NIT. 901041691
Calle 85 # 50-37.Teléfono: 3360666
Nombre: ANA PAOLA AGUDELO GARCIA
Identificación: CC 28559144 - Sexo: Femenino -
Edad: 40 Años
BARRANQUILLA (DISTRITO ESPECIAL)
30/05/2023, 07:18:26
Tipo de Usuario: Otro - Otro
Contrato Colsanitas S.A.: 10-10108045020-1-1
RESUMEN DE HISTORIA CLÍNICA
“Señor usuario: no olvide solicitar por escrito un resumen de la atención que le realice el especialista, el cual debe presentar en su
próximaconsulta”
DATOS DEL MÉDICO
Jorge Mario Mesa Romero - Medicina General
CC 80184455 - RM. Registro médico 80184455
- Impreso: 30/05/2023, 07:32:03 Impresión realizada por: jommesa Página 3 de 3
Firmado Electrónicamente
- Se incapacita por 2 días.
Original
Bogotá 06 de junio de 2023
Doctor
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario general senado de la república.
Doctor
ALFREDO ROCHA ROJAS
Secretario Comisión Cuarta Senado de la Republica.
ASUNTO: RADICACION DE EXCUSA A INASISTENCIA DE SESION PLENARIA Y DE
COMISION.
Reciba un cordial saludo,
Por medio de la presente y por instrucciones del Senador John Moises Besaile Fayad y
conforme al artículo 90 de la ley 5ta de 1992 relativo al numeral 1, me permito allegar a su
despacho la excusa a la inasistencia a la sesión plenaria del día martes 30 y a la sesión de
comisión del 31 de mayo de 2023 ya que debido a un malestar de salud se encuentra
incapacitado.
Adjunto incapacidad médica.
Agradezco la atención prestada.
Cordialmente,
María del pilar Vargas
Asistente UTL

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