Acta número 8 de 2021 - 13 de Septiembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879265383

Acta número 8 de 2021

Fecha de publicación13 Septiembre 2021
Número de Gaceta1210
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 1210 Bogotá, D. C., lunes, 13 de septiembre de 2021 EDICIÓN DE 20 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
        
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN PRIMERA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE HONORABLE SENADO DE
LA REPÚBLICA
ACTA NÚMERO 8 DE 2021
(agosto 25)
Cuatrienio 2018-2022
Legislatura 2021-2022
Primer Periodo
Sesión Ordinaria Mixta
El día veinticinco (25) de agosto del dos mil veintiuno
(2021), se reunieron en el Salón Guillermo Valencia del
Capitolio Nacional y en la plataforma virtual zoom,
previa citación, los miembros de la Comisión Primera del
Honorable Senado.
I
Llamado a lista y vericación del quórum
La Presidencia ejercida por el titular Honorable
Senador Germán Varón Cotrino, indica a la Secretaría
llamar a lista y contestaron los honorables Senadores:
Amín Saleme Fabio Raúl
Andrade Serrano Esperanza
Cabal Molina María Fernanda
Gallo Cubillos Julián
García Gómez Juan Carlos
Guevara Villabón Carlos
López Maya Alexánder
Ortega Narváez Temístocles
Pacheco Cuello Eduardo Emilio
Petro Urrego Gustavo Francisco
Pinto Hernández Miguel Ángel
Rodríguez Rengifo Rossvelt
Tamayo Tamayo Soledad
Valencia González Santiago
Valencia Laserna Paloma
ACTAS DE COMISIÓN
Varón Cotrino Germán y
Velasco Chaves Luis Fernando.
En el transcurso de la sesión se hicieron presentes
los Honorables Senadores:
Barreras Montealegre Roy Leonardo
Benedetti Villaneda Armando
Lara Restrepo Rodrigo
Lozano Correa Angélica y
Name Vásquez Iván.
La Secretaría informa que se ha registrado quórum
decisorio.

Ábrase la sesión y proceda el Secretario a dar
lectura al Orden del Día para la presente reunión”.
ORDEN DEL DÍA
COMISIÓN PRIMERA HONORABLE SENADO
DE LA REPÚBLICA
CUATRIENIO 2018-2022
LEGISLATURA 2021-2022
PRIMER PERIODO
“SESIÓN ORDINARIA MIXTA”
“Sesión Presencial (Mixta) con las restricciones
legales vigentes de Bioseguridad”
Día: Miércoles 25 de agosto de 2021
Lugar: Salón Guillermo Valencia Capitolio Nacional-
Primer Piso.
- Plataforma Zoom
Hora: 10:00 a. m.
I
Llamado a lista y vericación del quórum
II
Consideración y aprobación de actas
Sesiones Ordinarias
Acta número 48 del 27 de mayo de 2021, Gaceta del
Congreso número 848 de 2021.
Página 2 Lunes, 13 de septiembre de 2021 G 1210
III
Consideración y votación de proyectos en primer
debate
1. Proyecto de ley número 30 de 2021 Senado,
por medio de la cual se reforma parcialmente la Ley 906
de 2004 y se adoptan medidas para la investigación y
judicialización de las conductas que atentan contra las
personas defensoras de los derechos humanos.
Autores: Honorables Senadores Iván Cepeda Castro,
Roy Barreras Montealegre, Antonio Sanguino Páez,
Angélica Lozano Correa, Guillermo García Realpe. –
Honorable Representante María José Pizarro.
Ponente: Primer Debate: Senado: Honorable Senador
Roy Barreras Montealegre.
Publicación: Proyecto Original: Gaceta del Congreso
número 894 de 2021.
Ponencia Primer Debate: Gaceta del Congreso
número 1012 de 2021.
Proposición número 08 de 2021
Invítese al señor Fiscal General de la Nación,
doctor Francisco Barbosa, para que rinda concepto
sobre el Proyecto de ley número 30 de 2021 Senado,
por medio del cual se reforma parcialmente la Ley 906
Atentamente,
Honorable Senador Santiago Valencia González
Senador de la República.
IV
Anuncio de proyectos para la próxima sesión
V
Lo que propongan los honorables Senadores
VI
Negocios sustanciados por la Presidencia
El Presidente,
Honorable Senador Germán Varón Cotrino.
La Vicepresidenta,
Honorable Senadora Esperanza Andrade Serrano.
El Secretario General,
Guillermo León Giraldo Gil.
La Presidencia abre la discusión del Orden del Día
leído, cerrada esta y abre la votación.
Cerrada la votación la Secretaría informa que ha sido
aprobada por unanimidad.
Atendiendo instrucciones de la Presidencia por
Secretaría se da lectura al siguiente punto del Orden del
Día:
II
Consideración y aprobación de actas
Sesiones Ordinarias
Acta número 48 del 27 de mayo de 2021, Gaceta del
Congreso número 848 de 2021.
La Presidencia abre la discusión del Acta número
48 del 27 de mayo de 2021, publicado en la Gaceta del
Congreso número 848 de 2021, cerrada esta y sometida a
votación es aprobada por unanimidad.
Atendiendo instrucciones de la Presidencia por
Secretaría se da lectura al siguiente punto del Orden del
Día.
III
Consideración y votación de proyectos en primer
debate
Proyecto de ley número 30 de 2021 Senado, por
medio de la cual se reforma parcialmente la Ley 906
de 2004 y se adoptan medidas para la investigación y
judicialización de las conductas que atentan contra las
personas defensoras de los derechos humanos.
Proposición número 08 de 2021
Invítese al señor Fiscal General de la Nación,
doctor Francisco Barbosa, para que rinda concepto
sobre el Proyecto de ley número 30 de 2021 Senado,
por medio del cual se reforma parcialmente la Ley 906
Atentamente,
Honorable Senador Santiago Valencia González
Senador de la República.
La Secretaria informa que en la sesión anterior se dio
lectura a la proposición con que termina el informe de
ponencia, se abrió el debate, se negó el impedimento del
honorable Senador Julián Gallo Cubillos, se radicaron
dos proposiciones la primera proposición de archivo del
presente proyecto formulada por la honorable Senadora
María Fernanda Cabal Molina y la proposición formulada
por el honorable Senador Santiago Valencia González la
cual solicita invitar al doctor Francisco Roberto Barbosa
         
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La Presidencia concede el uso de la palabra al
Honorable Senador Miguel Ángel Pinto Hernández:
Pues señor Presidente, la verdad las inquietudes que
le iba a hacer aquí al ponente nos las resuelve más fácil
el señor Fiscal, que tiene que ver precisamente con el
procedimiento de los principios de oportunidad, porque
aquí está para todos, no solamente para los delitos de que
trata el artículo, etcétera y si está el señor Fiscal, pues
yo sí    
absuelve las inquietudes que nosotros tenemos desde el
punto de vista jurídico, yo no voy a intervenir en el tema
político, ni más faltaba, por supuesto que quien no tiene
interés en proteger a los defensores de derechos humanos
en Colombia y se han visto afectados además en sus
derechos, no ahora, sino durante los últimos 50 años creo
yo, en el país.
Pues obviamente que es un interés que tenemos
nosotros también desde el Partido, y visto el proyecto
cómo está, yo lo acompaño digamos, siempre y cuando
se hagan algunas correcciones de tipo procedimental, que
creo que sí se abre una puerta grande.
         
Presidente escuchar al Fiscal y después si no absuelve
las inquietudes, se las hare aquí también al Coordinador
Ponente, pero bienvenido señor Fiscal a la Comisión, me
alegra mucho tenerlo, lo felicito Presidente Varón que
haya podido lograr la intervención del señor Fiscal, en
mí presidencia nunca fue posible, pero en las suya sí, lo
felicito y escuchémoslo, gracias.
La Presidencia interviene para un punto de orden:
Quisiera sólo para efectos de que el señor Fiscal
    
los senadores, que las inquietudes, sí estoy bien y me
gustaría que el Senador Roy me corrigiera, pudiéramos
hacer un resumen sobre las observaciones del proyecto
Senador Roy, en el sentido de que la inquietud que le
asiste a varios de los colegas, quiero que usted me
corrija Senador Roy, para poder darle al Fiscal como una
visión de las observaciones que se han hecho, una de
ellas corresponde a la observación que hace el Senador
Eduardo Pacheco, en el sentido de que si se exige más
allá de la duda razonable, para hacer un preacuerdo,
estaríamos estableciendo un requisito mucho más

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