Acta de conciliación al proyecto de ley 269 de 2009 cámara 85 de 2009 senado - 14 de Diciembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451374682

Acta de conciliación al proyecto de ley 269 de 2009 cámara 85 de 2009 senado

ACTA DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY 269 DE 2009 CÁMARA, 85 DE 2009 SENADOpor la cual se crea la estampilla Prodesarrollo de la Unidad Central del Valle del Cauca - Uceva, y se dictan otras disposiciones

Bogotá D.C., 14 de diciembre de 2009

Respetados Senadores y Representantes:

Los suscritos miembros de la comisión accidental de mediación, designada por las respectivas mesas directivas de Senado y Cámara, en cumplimiento de los artículos 161 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 186 de la Ley 5a de 1992, y después de analizar los textos definitivos aprobados en ambas corporaciones, sobre el proyecto referido, hemos acordado acoger el texto aprobado en el Senado de la República:

Texto definitivo conciliado al Proyecto de ley número 269 de 2009 Cámara, 85 de 2009 Senado, por la cual se crea la estampilla Prodesarrollo de la Unidad Central del Valle del Cauca - UCEVA, y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Créase la estampilla ¿Prodesarrollo Unidad Central del Valle del Cauca ¿UCEVA-¿.

Artículo 2°. Autorízase a la Asamblea Departamental del Valle del Cauca, para que ordene la emisión de la estampilla ¿Prodesarrollo de La Unidad Central del Valle del Cauca - UCEVA¿.

Artículo 3°. El valor correspondiente al recaudo por concepto de lo establecido en el artículo l° de la presente ley, se distribuirá y destinará para financiar el desarrollo de todas las actividades físicas, académicas, de investigación, extensión y proyección social, de bienestar académico de la UCEVA, o sea gastos de inversión. En funcionamiento, solo se podrá destinar, el porcentaje que decida el Consejo directivo, para el pago de docentes. Parágrafo: Autorizase al Consejo Directivo de la Unidad Central del Valle del Cauca, para establecer anualmente el monto y la destinación de los recursos obtenidos, según las prioridades y necesidades de la institución.

Artículo 4°. La emisión de la estampilla ¿Prodesarrollo Unidad Central del Valle del Cauca - UCEVA¿, cuya creación se autoriza, será hasta por la suma de cien mil millones de pesos ($100.000.000.000.00), el monto total recaudado se establece a precios constantes del año 2009.

Artículo 5°. Autorízase a la Asamblea Departamental del Valle del Cauca, para que determine las características, tarifas, hechos, actos administrativos u objetos del gravamen, excepciones y todos los demás asuntos referentes al uso y pago obligatorio de la estampilla, en las actividades y...

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