Acta de conciliación al proyecto de ley 037 de 2006 senado 202 de 2007 cámara - 17 de Junio de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451341318

Acta de conciliación al proyecto de ley 037 de 2006 senado 202 de 2007 cámara

ACTA DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY 037 DE 2006 SENADO, 202 DE 2007 CÁMARApor la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones

Los suscritos miembros de la Comisión de Conciliación, designada por las respectivas Mesas Directivas de Senado y Cámara, en cumplimiento del artículo 186 de la Ley 5ª de 1992, después de analizar los textos definitivos aprobados por las Plenarias de Cámara y Senado sobre el proyecto referido, e identificados los artículos discrepantes, hemos decidido acoger el siguiente texto en relación con los mismos:

Título: ¿por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones¿.

Artículo 1° Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 2° Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 3° Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 4° Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 5° Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 6° Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 7° Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 8° Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 9° Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 10 Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 11 Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 12 Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 13 Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 14 Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 15 Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 16 Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 17 Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 18 Texto aprobado por Plenaria de Cámara.
Artículo 19 Vigencia. Texto aprobado por Plenaria de Cámara.

De conformidad con lo anterior, y realizada la correspondiente revisión del articulado, el texto definitivo del proyecto de la referencia es el que a continuación se transcribe:

Gloria Stella Díaz Ortiz, Representante a la Cámara; Alexandra Moreno Piraquive, Senadora de la República.

TEXTO CONCILIADO AL PROYECTO DE LEY NUMERO 202 DE 2007 CAMARA, 037 DE 2006 SENADO

por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.

CAPITULO I Artículos 1 a 7

Objeto, principios, prohibición, tráfico e infraestructura

Artículo 1º

Objeto. La presente ley tendrá como objeto regular, dentro del marco de la gestión integral y velando por la protección de la salud humana y el ambiente, todo lo relacionado con la importación y exportación de residuos peligrosos en el territorio nacional, según lo establecido en el Convenio de Basilea y sus anexos, asumiendo la responsabilidad de minimizar la generación de residuos peligrosos en la fuente, optando por políticas de producción más limpia; proveyendo la disposición adecuada de los residuos peligrosos generados dentro del territorio nacional, así como la eliminación responsable de las existencias de estos dentro del país. Así mismo se regula la infraestructura de la que deben ser dotadas las autoridades aduaneras y zonas francas y portuarias, con el fin de detectar de manera eficaz la introducción de estos residuos, y se amplían las sanciones que trae la Ley 99 de 1993 para quien viole el contenido de la presente.

Artículo 2º Principios. Con el objeto de establecer el alcance y contenido de la presente ley, se atenderán los siguientes principios:
  1. Atender con debida diligencia la prohibición del ingreso y tráfico de residuos peligrosos provenientes de otros países. El Estado será responsable frente a la entrada de mercancías que con otra nominación pretenda introducir cualquier forma de residuo o desecho peligroso y sancionará, de acuerdo con la ley, a las personas que con su conducta intenten ingresar desechos peligrosos bajo otra nominación.

  2. Minimizar la generación de residuos peligrosos mediante la aplicación de tecnologías ambientalmente limpias y la implementación de los planes integrales de residuos peligrosos.

  3. Prohibir la generación, almacenamiento o eliminación de residuos o desechos peligrosos en ecosistemas estratégicos o importantes del país, en áreas protegidas o de sensible afectación ecológica, zonas de influencia de humedales o zonas de protección, o recarga hídrica dulce o en mares u océanos, o en cercanías de centros urbanos o poblaciones.

  4. Diseñar planes, sistemas y procesos adecuados, limpios y eficientes, de tratamiento, almacenamiento, transporte, reutilización y disposición final de residuos peligrosos que propendan al cuidado de la salud humana y el ambiente.

  5. Implementar estrategias y acciones para sustituir los procesos de producción contaminantes por procesos limpios, inducir la innovación o reconversión tecnológica, las buenas prácticas de manufactura o la transferencia de tecnologías apropiadas, formar los recursos humanos especializados de apoyo, estudiar y aplicar los instrumentos económicos adecuados a las condiciones nacionales, para inducir al cambio en los procesos productivos y en los patrones de consumo.

  6. Ejercer una política de producción más limpia como estrategia empresarial, a fin de generar una conciencia y responsabilidad social que incluya el trabajo conjunto entre el Estado, la empresa, la academia y la comunidad para su diseño y ejecución, que involucre la información pública como pilar de la gestión integral de los residuos peligrosos.

  7. Aprovechar al máximo los residuos peligrosos susceptibles de ser devueltos al ciclo productivo como materia prima, disminuyendo así los costos de tratamiento y disposición final.

  8. Desarrollar planes y actividades acordes con la Política Ambiental para la Gestión Integral de Residuos o Desechos Peligrosos, que resuelvan los graves problemas que conllevan la generación y el manejo inadecuado de los residuos peligrosos.

  9. Aumentar la riqueza, fomentando la creación de fuentes de ingresos y de empleos, elevando la competitividad de los sectores y mejorando el desempeño ambiental de todos los actores y sectores sociales que generan y manejan residuos peligrosos.

  10. Desarrollar esfuerzos nacionales y sectoriales, que permitan la eliminación de existencias de residuos peligrosos en desuso y abandonados que representen riesgos para la salud humana y el ambiente.

  11. Gestionar internacionalmente el procesamiento y disposición final de residuos peligrosos que no estén dentro de las posibilidades de la tecnología nacional.

  12. Generar modelos eficientes de gestión de residuos peligrosos, que con apoyo de la ingeniería y la tecnología disponible...

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