Acta de comisión 1 del 1° de marzo de 2007 senado - 31 de Mayo de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451324818

Acta de comisión 1 del 1° de marzo de 2007 senado

ACTA DE COMISIÓN 1 DEL 1° DE MARZO DE 2007 SENADO. FORO NUMERO 1 - PROYECTO DE LEY DE TELEVISION DE 2007

Presidente honorable Senador Luis Alberto Gil Castillo:

Muy Buenos días. Este importante foro sobre un tema esencial en la vida nacional y por supuesto de integración a nivel mundial, como son las telecomunicaciones y particularmente la Televisión. Queremos saludarlo de manera muy especial a usted, señor Ricardo Galán, Presidente de la Comisión de Televisión, muy amable por su presencia; a los Senadores Jorge Guevara, que me acompaña aquí al lado, y Carlos Ferro. Igualmente un saludo al señor Presidente de Asomedios, doctor Sergio Arboleda, muchas gracias por su presencia; el saludo también especial a todos los delegados de los canales locales y regionales; pero el saludo de parte de la Comisión Sexta, además de ustedes por concurrir, el que merece todo nuestro aplauso, es la Liga de Televidentes representada en el niño Rafael Julián López, póngase de pie, démosles un aplauso a los niños, porque ellos ahí están creando patria. En estas circunstancias sírvase, señora Secretaria, leer el Orden del Día y obviamente la comunicación de la señora Ministra.

Secretaria, doctora Sandra Ovalle García:

Sí, señor Presidente, el Orden del Día que tenemos para el Foro de la Televisión, para el día de hoy, es el siguiente:

1. Apertura del Foro por el señor Presidente de la Comisión Sexta, honorable Senador Luis Alberto Gil Castillo.

2. Intervención del Autor de la Proposición y Vicepresidente de la Comisión Sexta del Senado, honorable Senador Jorge Hernando Pedraza.

3. Intervención del honorable Senador Carlos Julio González Villa, Ponente también del Proyecto de ley que tenemos inscrito.

4. La intervención de los distintos gremios y asociaciones del sector, así como de la Comisión Nacional de Televisión.

Es lo que tenemos dentro del Orden, de acuerdo a los que se han inscrito con previa autorización.

Tenemos la excusa de la señora Ministra; es la siguiente:

Honorable Senador

Luis Alberto Gil Castillo

Presidente Comisión.

Respetado Senador, En relación con la invitación que he recibido de participar en el Foro de Televisión, que se realizará el próximo 1° de marzo de 2007, en el recinto de la Plenaria del honorable Senado de la República, cordialmente le informo que no podré asistir a dicho evento en razón a que ese mismo día se llevará a cabo la celebración de los 40 años del departamento de Sucre y el señor Gobernador me había invitado a participar, con varios meses de antelación, durante los actos oficiales.

Para mí es muy lamentable no poder acompañarlos, puesto que el Proyecto de ley por medio de la cual se define el modelo institucional de regulación, de vigilancia, financiamiento y control del servicio de Televisión en Colombia, y se dictan otras disposiciones , es de iniciativa del Ministerio de Comunicaciones y sin lugar a dudas hubiese sido un escenario ideal para despejar las inquietudes y recibir las sugerencias planteadas por los asistentes.

En los desayunos que realizamos con los Ponentes del proyecto el año pasado, recuerdo que de manera especial el 5 de diciembre en el Jockey Club de Bogotá se acordó la realización de varios foros y la participación y coordinación de este ministerio, con el fin de dar un Proyecto de ley; no obstante para estos efectos el foro, desafortunadamente en la fecha señalada para su realización, ya tenía otro compromiso irrenunciable que había adquirido con anterioridad.

Dada la importancia del Proyecto de ley para el Ministerio en mi liderazgo, y compromiso con el mismo, no delegaré a otro funcionario del Ministerio la presentación oficial, ya que mi propósito era asistir personalmente al foro.

Cordial saludo,

María del Rosario Guerra,

Ministra de Comunicaciones.

Presidente:

Continuamos con el Orden del Día.

Secretaria:

Apertura del Foro por el señor Presidente de la Comisión Sexta, honorable Senador Luis Alberto Gil Castillo.

Presidente:

Con nuestro reiterado saludo a todos ustedes informamos que la Comisión Sexta del Senado, en virtud al Proyecto de Ley 148, que presentó el Gobierno Nacional, a través de su Ministra de Comunicaciones, ha programado una serie de foros cuyo objetivo es socializar el impacto económico, constitucional, social que tiene la redefinición, como denomina el Proyecto de ley, en cuanto a la regulación, vigilancia, financiamiento y control del servicio de la Televisión; en este aspecto, este es un iniciar, un momento, donde los distintos actores van a tener la oportunidad muy importante de enriquecerlo, y ese es el objetivo de la Comisión Sexta.

Hablar de la Televisión pues es un tema que nunca va a tener o hasta ahora en ninguna parte del Mundo va a tener una limitante de decir: ¿Esta es la última recordación¿, por los importantísimos avances y desarrollos tecnológicos que permanentemente se dan a través de aquellos países mucho más compenetrados con la Ciencia y la Tecnología; entonces en ninguna parte, en ningún país, podemos decir: Ya está la ley acabada de la Televisión, sino que esos avances han hecho que se vaya transformando sustancial y gradualmente, de acuerdo con los desarrollos, la normatividad de cada país, que es importante recordarla para muchos de los presentes, y obviamente sobre ese marco poder definir una discusión cada vez más cercana no sólo a los propósitos de uno u otro sector, sino una discusión más cercana a las exigencias de las Telecomunicaciones del país frente al mundo, sin por supuesto desconocer los distintos actores, sino que ellos se integren dentro de lo que llamamos una verdadera convergencia de las Telecomunicaciones.

Por eso, permítanme ustedes expresar algunas ideas que hemos preparado para este importante evento: Nuestra concesión de Televisión Pública parte de la premisa fundamental de que este medio de comunicación debe constituirse en una alternativa real para la población colombiana y debe tener como derrotero fundamental la formación de ciudadanía, el fortalecimiento de la Democracia y la difusión de contenidos educativos y culturares para todos los colombianos; en otras palabras, la Televisión Pública es parte esencial de la construcción democrática y fortalecimiento del Estado Social de Derecho, el cual encuentra en este medio una ventana de expresión y de difusión inigualable.

Para iniciar el marco legal de la Televisión, realizaré un análisis sobre el proceso actual y el entorno de la Televisión Colombiana. La evolución del modelo colombiano de Televisión, que por cerca de 44 años sirvió al fortalecimiento democrático e industrial del país, vivió en el año 1997 el que quizás ha sido el mayor punto de quiebre en la historia, cuando en desarrollo del mandato constitucional, a partir de la Reforma del 91 y de la Ley 182 del 95, se autorizó la operación de los canales privados ¿bienvenidos¿. Hasta antes de la Constitución del 91, la Televisión funcionaba en un esquema mixto, en el cual el operador era estatal y los canales eran programados por particulares en nombre del Estado, a través de licitaciones públicas; aunque este sistema democratizaba la programación y garantizaba el pluralismos, les concedía a los gobiernos la discrecionalidad de escoger entre un grupo de particulares a aquellos a los que les otorgaba los contratos, y esa discrecionalidad fue utilizada con frecuencia con fines políticos.

La Asamblea Nacional Constituyente entendió que el país disponía aplicar un modelo económico y de desarrollo, en el cual el control de la propiedad de la Televisión se convertía en plataforma para controlar los mercados, y que en ese nuevo escenario la prestación del servicio público de Televisión, tal y como hasta entonces se había hecho, era insostenible y se requería introducir modificaciones ¿Recordemos nosotros que en la Asamblea Nacional Constituyente se debatieron 29 Ponencias sobre este hecho de crear el ente autónomo de la Televisión¿. Era hora entonces de modernizar el sector de la Televisión, para regular en adelante el servicio bajo las nuevas condiciones; entonces la Constitución previó en sus artículos 76 y 77 la existencia de un ente autónomo, que fue finalmente desarrollado por la Ley 182 de 1995. El propósito fue garantizar la máxima autonomía del ente regulador respecto a los poderes políticos, económicos, al emprender la operación privada de los canales de la Televisión. Con la mencionada norma también se abrió paso para que unos canales zonales de Televisión fueran poco a poco y de manera controlada, a través de una expresión previamente autorizada, teniendo un cubrimiento de carácter nacional. Dentro de este esquema, y por lo menos así se consideraba en teoría, los actuales canales mixtos, es decir, el Uno y el A, tendrían una ventaja en tiempo de por lo menos 3 años, basado en su exclusividad en el cubrimiento nacional; esta ventaja eventualmente garantizaría su supervivencia en el mercado.

Con la expedición de la Ley 335 de 1996, el modelo se modifica sustancialmente y los antiguos canales zonales privados se convirtieron en nacionales, es decir, que a partir de la entrada del mercado de los 2 nuevos operadores privados la Televisión pasó a tener, no dos canales mixtos de cubrimiento nacional en competencia con 2 canales privados zonales en expansión, sino 4 canales de cubrimiento nacional en franca competencia; sumado a este hecho, los canales de Televisión Mixta mantuvieron esquemas de concesiones fraccionadas, en el cual 12 compañías conformaban la parrilla de programación de cada uno de los 2 canales. La puesta en marcha en 1997 de los canales privados impactó profundamente el servicio y el negocio de la Televisión, al hacerse una integración vertical de la propiedad y concentrar la operación de la producción y la pauta publicitaria en un mismo sujeto; este factor generó desequilibrio en las condiciones de prestación del servicio por parte de los particulares, y sumado a otro fenómeno: Repercutió la severa crisis...

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