Acta de comisión 003 del 14 de agosto de 2007 senado - 26 de Septiembre de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451331662

Acta de comisión 003 del 14 de agosto de 2007 senado

ACTA DE COMISIÓN 003 DEL 14 DE AGOSTO DE 2007 SENADO. COMISION QUINTA CONSTITUCIONAL PERMANENTE

ACTA NUMERO 003 DE 2007

(agosto 14)

Legislatura 2007-2008 Primer Período

En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 10:15 a. m. del día martes catorce (14) de agosto de dos mil siete (2007), previa citación de la Mesa Directiva, se dieron cita en el salón de sesiones de la Comisión Quinta Constitucional Permanente del honorable Senado de la República, los Senadores miembros de la misma con el fin de tratar el siguiente Orden del Día.

ORDEN DEL DIA

Para la sesión del día martes 14 de agosto de 2007.

I

Llamado a lista y verificación de quórum

II

Consideración y aprobación del Orden del Día

III

Aprobación del Acta número 002 del 31 de julio de 2007

IV

Citación a la señora Ministra de Comunicaciones, doctora María del Rosario Guerra y al señor Presidente de la Comisión Nacional de Televisión, doctor Ricardo Galán Osma, para que informen al país a través de esta célula legislativa de los alcances, las prohibiciones, restricciones y sanciones a las que está sometido este tipo de canales públicos.

V

Lo que propongan los honorables Senadores

El señor Presidente de la Comisión, honorable Senador José David Name Cardozo, indica a la señora Secretaria de la misma, doctora Delcy Hoyos Abad, realizar el correspondiente llamado a lista, registrándose la presencia de los siguientes Senadores:

Estacio Ernesto Ramiro

Gutiérrez José Gonzalo

Manzur Abdala Julio Alberto

Name Cardozo José David

Serrano Gómez Hugo

Valencia Duque Antonio.

Conformando quórum deliberatorio.

En el transcurso de la sesión se hicieron presentes los Senadores:

Mora Jaramillo Manuel Guillermo

Jaramillo Martínez Mauricio

Robledo Castillo Jorge Enrique

Char Chaljub Arturo

Rodríguez Sarmiento Milton Arlex

Torres Rueda Luis Carlos.

Con excusa que a continuación se transcribe, deja de asistir el Senador:

Reyes Cárdenas Oscar Josué.

* * *

Bogotá, D. C., 14 de agosto de 2007

Señores

Comisión Quinta Constitucional

Senado de la República

Muy atentamente, me permito anexar la excusa médica, motivo por el cual me fue imposible asistir a la sesión programada en la Comisión Quinta del Senado, de la cual hago parte.

Oscar Josué Reyes Cárdenas,

Senador de la República.

La Presidencia ofrece el uso de la palabra al honorable Senador Hugo Serrano Gómez, quien inicia su intervención diciendo:

No es usual que tengamos en la Comisión Quinta al señor Presidente de la Comisión Nacional de Televisión y a la señora Ministra de Comunicaciones, porque aquí normalmente tratamos temas energéticos, agropecuarios, temas del Medio Ambiente que tiene que ver con esta célula legislativa.

Pero es que el caso de hoy señores Senadores es un caso único, porque aquí se está presentando en Santander, la utilización de un canal local sin ánimo de lucro en beneficio de un grupo político que utiliza la televisión ciudadana para hacer proselitismo político, yo me he tomado el trabajo de grabar cerca de 15 horas de televisión. Yo les voy a presentar a ustedes los videos para que ustedes los analicen.

Hoy me he querido apartar de los temas de esta Comisión y de los temas que me gustan a mí, como son el petróleo y los temas energéticos para presentar un debate de televisión pública que seguramente tiene un alcance regional, pero que se puede estar presentando señora Ministra y doctor Galán seguramente en otras áreas, en otros departamentos y que es un reflejo de lo que está pasando en el país con el uso inadecuado de las frecuencias de televisión otorgadas para canales locales sin ánimo de lucro; como es este caso que presentaré debidamente ante ustedes.

Con el uso indebido de la televisión pública de canales locales sin ánimo de lucro, se está promoviendo campañas políticas y actividades partidistas, que me parece supremamente grave señora Ministra, cuando el propósito de la televisión pública de un canal es alcanzar fines cívicos, cooperativos, solidarios, académicos, ecológicos, educativos, recreativos, culturales e institucionales y no el alcanzar fines políticos partidistas en beneficio de los intereses del fundador de la televisión ciudadana que es un canal orientado por el Senador Luis Alberto Gil.

Mucho me hubiera agradado que el Senador Gil y sus amigos del Senador Gil estuvieran presentes en este importante debate, porque voy a demostrar con documentos públicos que tengo en mi poder, que se están mal utilizando los canales de televisión locales sin ánimo de lucro en beneficio de unos intereses partidistas.

Convergencia Ciudadana está utilizando la licencia de un canal local sin ánimo de lucro, para beneficio personal y de sus candidatos a las alcaldías, a la gobernación de Santander, induciendo a los televidentes a favor de sus causas políticas, y lo que es peor, sacando provecho en detrimento de la comunidad que requiere de estos espacios públicos para exponer sus necesidades y proponer aspectos educativos, solidarios y culturales de nuestra sociedad.

No contentos con violar la legalidad que rige este tipo de televisión, se dan el lujo de utilizar estos espacios para injuriar, calumniar y atacar a sus contradictores. Yo les voy a entregar el video de un periodista que utilizó una hora para injuriarme, descalificarme y calumniarme y le voy a entregar ese video para que vea el lenguaje que utiliza ese caballero. Además, porque utiliza publicidad viva, publicidad oficial, publicidad pagada por ejemplo por la Electrificadora de Santander.

Este canal viola todos los preceptos de la legalidad establecida para su operación, de acuerdo a los informes que usted señora Ministra y usted doctor Galán me enviaron y yo sé que ustedes tienen la responsabilidad para juzgar estas actuaciones.

Algo más, este debate ha debido hacerse hace muchos años, porque esto no es nuevo, esto se viene sucediendo desde hace 8, 10 años y de manera incremental en estos últimos años; pero desafortunadamente no hemos tenido el valor civil, no hemos tenido el tiempo, no hemos tenido la documentación para poderles presentar a ustedes cómo se está violando la ley, y se está utilizando este canal para hacer proselitismo político y hacer campañas políticas de Convergencia Ciudadana. Esto está sucediendo además en todos los departamentos que están utilizando canales y yo creo que hay necesidad de ponerle coto a esto.

Ahora, este no es un debate personal entre el Senador Gil y el Senador Hugo Serrano, ni es un debate entre el Partido Liberal, el Partido Conservador y Convergencia Ciudadana. Este es un debate de principios, este es un debate en donde vamos a ver cómo se mal utiliza un canal de televisión para hacer proselitismo político; es más, este canal utiliza la publicidad en la misma forma en que la utilizan los canales privados, de una manera viva. Allí se pasan digamos, informes de sus proyectos políticos y videos muchas veces de 7 minutos como lo veremos en uno de los videos que voy a presentar.

A mí me preocupa que desafortunadamente por falta de tiempo o porque nosotros estamos en otros menesteres, porque aquí tenemos que ver es con el petróleo, con la gasolina, con el biodiésel, con el gas, no hayamos tenido la oportunidad de hacer un debate de esta magnitud, pero sí le quiero decir que vamos a estar muy atentos, vamos a seguir siendo los veedores de estos canales para evitar que sigan corrompiendo la sociedad.

Recuérdese que el prevaricato se da por acción o por omisión. Yo tengo la Resolución número 0502 de abril de 1999, por la cual se da una licencia para operar a una estación local sin ánimo de lucro. Esa licencia se la dieron a la Corporación Canal de Televisión Ciudadana del Area Metropolitana de Bucaramanga y hace énfasis en que este es un ¿Canal Local Sin Animo de Lucro¿. A su vez, tengo el Acuerdo 24 que está vigente, en donde se reglamenta la prestación del servicio de televisión en las dos modalidades de nivel local, con y sin ánimo de lucro, que en el artículo tercero dice:

Operaciones del Servicio en el Nivel Local de Televisión. ¿El servicio de televisión del nivel local sin ánimo de lucro, será presentado por las comunidades organizadas, las instituciones educativas, colegios y universidades, fundaciones, corporaciones y asociaciones sin ánimo de lucro¿.

En el parágrafo Cuarto dice: ¿Para todos los efectos de este acuerdo, se entiende por comunidad organizada, la asociación de derecho integrada por personas naturales residentes en municipio o distrito o parte de ella, en la que sus miembros estén unidos por lazos de vecindad o colaboración mutua, con el ánimo y propósito de alcanzar fines cívicos, cooperativos, solidarios, académicos, ecológicos, educativos, recreativos, culturales e institucionales¿.

Más adelante, en el artículo sexto dice: ¿Las comunidades organizadas, las instituciones educativas, fundaciones, corporaciones y asociaciones sin ánimo de lucro interesadas en prestar el servicio de televisión local sin ánimo de lucro, deberán acceder a la concesión mediante licencias que le otorgará la Comisión Nacional de Televisión.

Luego, en el Capítulo IV, donde se trata los objetivos y contenido de la programación dice: Contenido de la programación: ¿El concesionario de la televisión local será el único responsable ante la Comisión Nacional de Televisión, por la calidad de la señal. En ningún caso, se podrá realizar proselitismo político a través de las estaciones locales de televisión, tampoco se podrá presentar las actuaciones de entidades públicas o comunitarias como obra personal de sus gestores¿.

Control Posterior: La Comisión Nacional de Televisión ejercerá el control posterior sobre el contenido de la programación.

En lo concerniente a cómo se sostiene un canal, dicen ustedes: ¿Las estaciones locales sin ánimo de lucro tendrán la posibilidad de aceptar cualquiera de las formas que se relacionan a continuación: aportes, auspicio, colaboración, patrocinio. Pero en ningún caso se permite la publicidad móvil que es la pauta que maneja la televisión...

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