Acta de comisión 05 del 5 de septiembre de 2006 senado - 15 de Diciembre de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451319762

Acta de comisión 05 del 5 de septiembre de 2006 senado

ACTA DE COMISIÓN 05 DEL 5 DE SEPTIEMBRE DE 2006 SENADO. COMISION SEPTIMA CONSTITUCIONAL PERMANENTE

ACTA NUMERO 05 DE 2006

(septiembre 5)

Siendo las 10:00 a. m., del día 5 de septiembre de 2006, en Bogotá, D. C., actuando como Presidente el honorable Senador Miguel Pinedo Vidal, como Vicepresidente, el honorable Senador Jairo Merlano Fernández y como Secretario General, el doctor Jesús María España Vergara, se da inicio a la sesión programada para la fecha así:

Presidente Miguel Pinedo Vidal:

Solicita al Señor Secretario llamar a lista.

Secretario Jesús María España Vergara:

Indica que siendo las 10 de la mañana, se da inicio a la sesión programada para la fecha.

Llamada a lista:

Avellaneda Tarazona Luis Carlos

Díaz Mateus Iván

Merlano Fernández Jairo

Montes Alvarez Reginaldo

Nuñez Lapeira Alfonso

Pinedo Vidal Miguel

Rodríguez de Castellanos Claudia Yadira.

En el transcurso de la sesión se hicieron presentes los siguientes honorables Senadores:

Aguirre Muñoz Germán Antonio

Córdoba Ruiz Piedad

Maloof Cusé Dieb

Ramírez Ríos Gloria Inés

Toro Torres Dilian Francisca.

Con excusa dejaron de asistir los siguientes honorables Senadores:

Ballesteros Bernier Jorge Eliécer

Bernal Amorocho Jesús Antonio.

La Secretaría informa al señor Presidente que se ha registrado quórum deliberatorio.

Presidente Miguel Pinedo Vidal:

Solicita al señor Secretario leer el orden del día, indicando que se pondrá en consideración y cuando haya quórum decisorio se pondrá en discusión.

Secretario Jesús Maria España Vergara:

Hace la siguiente lectura: ¿Comisión Séptima Constitucional Permanente del Senado de la República, Legislatura Ordinaria 2006-2007, orden del día para la sesión del 5 de septiembre de 2006, hora 9 de la mañana:

ORDEN DEL DIA

I

Llamado a lista y verificación del quórum.

II

Análisis y consideración del Acta número 04 de fecha agosto 23 de 2006.

III

Citación al señor Ministro de la Protección Social, doctor Diego Palacio Betancourt, para que responda el cuestionario referente al manejo y liquidación de las pensiones a su cargo, de los ex trabajadores de la extinta empresa ¿Puertos de Colombia¿. Según Proposición número 01 de fecha agosto 01 de 2006, presentada por el honorable Senador Luis Carlos Avellaneda Tarazona, la cual fue aprobada por unanimidad.

IV

Lo que propongan los honorables Senadores.

Presidente Miguel Pinedo Vidal:

Indica lo siguiente: ¿En consideración el Orden del Día, se abre la discusión, cuando haya quórum decisorio se someterá a aprobación. Señor Secretario, hay algún asunto que tratar, hay un impedimento presentado por quien habla, sírvase dar lectura a ese documento, para que sea analizado inicialmente por quienes nos encontramos en el recinto y que cuando haya quórum decisorio se tome la decisión correspondiente¿.

Secretario Jesús María España Vergara:

Explica lo siguiente: Sí señor Presidente, hay un documento fechado septiembre 5 de 2006. Asunto, solicitud de declaratoria de impedimento, debate de control político a Minprotección Social. Tema, Pensiones y Pensionados de Foncolpuertos. Señor Presidente, respetuosamente solicito a usted se sirva poner en conocimiento de los honorables Senadores Integrantes de la Comisión Séptima Constitucional Permanente, el presunto conflicto de intereses en el cual me puedo encontrar incurso para participar del debate de control político en el asunto arriba señalado, del cual soy coadyuvante en la citación. Seguidamente solicito, con base en la rápido decidendi de la Sentencia C-337 de mayo 2006, emanada de la Corte Constitucional, que sea en el plenario de la Comisión, quien resuelva de fondo, si aprueba o si rechaza la solicitud de impedimento que estoy incoando y en consecuencia si me habilita para participar en el debate, o si por el contrario se admite el impedimento presentado. Situación que genera el posible conflicto de intereses. Actualmente tengo un pariente en el segundo grado de consanguinidad que goza del beneficio o derecho de pensión, concedido por Puertos de Colombia, Foncolpuertos y extrañamente en días recientes, mi pariente recibió notificación o aviso, sobre la revisión de su pensión, lo cual posiblemente pueda ser utilizado para inhibirme de participar en el Debate de Control Político, programado para la fecha, en el cual se debatirá frente al Ministerio de Protección Social, situaciones relacionadas con los Pensionados de Foncolpuertos. Fundamentos de derecho de la presente solicitud. Constitucionales, artículos y 182, Ley 5ª de 1992, artículos 124, 286, 291, 292 y 293. Atentamente, Miguel Pinedo Vidal, Senador de la República. Señor Presidente está leída la solicitud de declaratoria de impedimento.

Presidente Miguel Pinedo Vidal:

Dice: ¿Dele lectura a la Resolución de ¿¿.

Presidente (E.), Vicepresidente Jairo Merlano Fernández:

Concede la palabra al Senador Miguel Pinedo.

Honorable Senador Miguel Pinedo Vidal:

Manifiesta lo siguiente: ¿Gracias señor Presidente, como bien pudo escuchar, o bien pudieron escuchar los honorables Senadores, esta situación se me planteó tan solo en el día de ayer en horas de la tarde, le he solicitado a mi hermano, que me enviara de manera urgente la resolución mediante la cual se hace alusión a la revisión de su pensión de jubilación por cuenta de la Empresa Puertos de Colombia, como ustedes comprenderán el conflicto de intereses es demasiado grande, ponen en peligro de igual manera estos señores del GIT, la posibilidad, ponen en peligro la posición de Miguel Pinedo Vidal, cuando comience a atender, como era su deber en un momento dado, la coadyuvancia de la cual hizo del debate presentado por el doctor Luis Carlos Avellaneda. De esa manera señor Secretario, señor Presidente, yo quisiera que el señor Secretario para ilustrar un poco mejor a la Comisión, le dé lectura a la resolución mediante la cual se inicia la revisión de la Pensión de Jubilación de Mario Pinedo Vidal¿.

Presidente (E.), Vicepresidente Jairo Merlano Fernández:

Indica al señor Secretario que de acuerdo a la solicitud del honorable Senador Miguel Pinedo, se sirva leer esa resolución.

Secretario Jesús María España Vergara:

Hace la siguiente lectura: ¿Ministerio de la Protección Social. Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo Social de Puertos de Colombia. Área de Pensiones. Acta número 00019 de 2006, 31 de julio 2006. Por la cual se ordena adelantar actuación administrativa de revisión integral de una pensión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 797 del 2003 y en armonía con lo previsto en los artículos 28, 34 y 35 del Código Contencioso Administrativo Operaciones, así como las directrices contenidas en la sentencia C835 del 23 de diciembre de 2003, ordénase actuación administrativa tendiente a revisar integralmente la pensión de jubilación proporcional, concedida al ex trabajador de la liquidada empresa de Puertos de Colombia, Mario Francisco Pinedo Vidal, cédula de ciudadanía número 4976220, mediante la Resolución 140174 de 27 de noviembre de 1990, proferida por el Gerente del Terminal Marítimo y Fluvial de Santa Marta, como quiera que para la fecha de su retiro desempeñaba el cargo de Director del cual, según el Acuerdo 011 del 13 de mayo de 1987, aprobado por el Decreto número 1043 de 5 de junio de 1987, tiene la fuerza de ¿Empleado Público¿, pese a lo cual fue pensionado con base en la Convención Colectiva de Trabajo vigente para el Terminal de Santa Marta 1989-1990. En consecuencia se practicarán las siguientes pruebas:

  1. Solicitar al área de sistemas nacional del Grupo que efectúe estudio técnico contable, de reliquidación integral de la pensión concedida al señor Pinedo Vidal, que tenga en cuenta los siguientes aspectos:

    1. Si la liquidación que efectuó la empresa se ajusta a lo efectivamente devengado por el trabajador en el último año de servicio, en caso negativo, señalar de manera precisa, en qué consistieron los eventuales yerros;

    2. Si la Pensión fue reajustada en virtud de decisiones judiciales, conciliaciones judiciales, o administrativas, o por actos administrativos, determinar si tales reajustes, eran procedentes o no de acuerdo con la Convención Colectiva de Trabajo aplicable o la ley, si se consolidaron dobles pagos;

    3. Si se deben reintegrar dineros al Estado, establecer su cuantía;

    4. En caso de tener derecho a ello, liquidar la pensión del señor Pinedo Vidal, con fundamento en lo dispuesto en el Decreto 35 de 1992, como quiera que es una norma especial aplicable para la fecha, en lo que pudo haber adquirido.

  2. Solicitar al señor Pinedo Vidal, que aporte o solicite dentro de los dos meses siguientes a la comunicación del presente Auto, las pruebas que estime conducentes y pertinentes, para hacer valer sus derechos. Hágasele saber al señor Pinedo Vidal, que puede designar apoderado, para que lo represente en el trámite, el cual deberá acreditar su condición de abogado. Contra el presente auto, no procede recurso alguno, por tratarse de un acto de trámite de conformidad con lo previsto en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo. Por el Area Administrativa de Grupo, libérese el oficio de rigor al señor Pinedo Vidal, con copia del presente Auto. Comuníquese y cúmplase. Ricardo Saavedra Sandoval. Coordinador Area de Pensiones. 31 de julio de 2006¿.

    Indica al Señor Presidente que está leído el documento.

    Presidente (E.), Vicepresidente Jairo Merlano Fernández:

    Indica que acto seguido, procede a someter a consideración de la Comisión ese impedimento. Concede la palabra al señor Presidente, honorable Senador Miguel Pinedo, para que se refiera a ese tema del impedimento.

    Honorable Senador Miguel Pinedo Vidal:

    Manifiesta lo siguiente: ¿Le ruego el favor señor Presidente, no en la discusión del impedimento, simplemente quiero hacer una breve exposición sobre lo que considero que está aconteciendo en este caso, pero por fuera de la discusión del impedimento, porque yo no podría intervenir en ese caso¿.

    Presidente (E.),...

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