Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-05-20 - Normativa - VLEX 878201282

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-05-20

Fecha de publicación20 Mayo 2021
Número de radicado160AN-ADM2105-3015
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
ACTO ADMINISTRATIVO
CÓDIGO: FT-GIC-04
VERSIÓN: 03
PÁGINA 1 DE 4
160AN-ADM2105-3015
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Dirección Carrera 65 No. 4432
Municipio: Medellín Colombia
Tel: 57 (4) 493 88 88
Correo electrónico:
corantioquia@corantioquia.gov.co
Código Dependencia-
“POR EL CUAL SE TOMA UNA DETERMINACIÓN
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia CORANTIOQUIA- en uso de las facultades conferidas en la
Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No. 586 del 14 de agosto de 2020, en
concordancia con la Resolución No. 040-RES2101-427 del 29 de enero de 2021 y el
Memorando No. 040-MEM2104-3047 del 30 de abril de 2021,
CONSIDERANDO
Que la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia “CORANTIOQUIA”,
le fue asignado el manejo, administración y fomento de los recursos naturales
renovables dentro del territorio de su jurisdicción.
Que en el Expediente con radicado AN4-2021-128, se tramita un procedimiento
sancionatorio en contra del señor JAVIER ALONSO HERNANDEZ SOTO,
identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.652.039, por los hechos relacionados
con el aprovechamiento y transporte de noventa y ocho (98) bultos de tierra de capote,
productos silvestres vedados y legalmente protegidos, incautados el día el 23 de
marzo de 2021, en predios de Empresas Públicas de Medellín EPM, coordenadas
614´14” N, 7530´3 W, vereda Piedra Gorda, corregimiento Santa Elena del
municipio de Medellín, según oficio con radicado No.160AN-COE2103-11825 del día
26 de marzo de 2021, suscrito por el Intendente JORGE ALBERTO AGUDELO
GRISALES, integrante de la Dirección de Carabineros y Seguridad Rural Fuerte de
Carabineros ARVI de la Policía Nacional.
Que los elementos decomisados, fueron almacenados en una área protegida de
propiedad de Empresas Públicas de Medellín EPM, según obra en la comunicación
con radicado No.160AN-COE2103-11825 del día 26 de marzo de 2021 y se encuentra
bajo custodia de la Dirección de Carabineros y Seguridad Rural Fuerte de
Carabineros ARVI de la Policía Nacional con sede en el Corregimiento Santa Elena,
Parque Arví, jurisdicción del municipio de Medellín.
Que según lo establece el artículo 38 de la Ley 1333 de 2009, cuando los productos
son perecederos y no puedan ser objeto de almacenamiento y conservación, podrán
ser entregados para su uso a entidades públicas.
Que al respecto el artículo 38 de la Ley 1333 de 2009, dispone:
“(…) ARTÍCULO 38. DECOMISO Y APREHENSIÓN PREVENTIVOS. Consiste en la
aprehensión material y temporal de los especímenes de fauna, flora, recursos
hidrobiológicos y demás especies silvestres exóticos y el de productos, elementos,
medios, equipos, vehículos, materias primas o implementos utilizados para cometer
la infracción ambiental o producido como resultado de la misma.

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