Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-08-10
Fecha de publicación | 10 Agosto 2021 |
Número de radicado | 160-ADM2108-4856 |
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
ACTO ADMINISTRATIVO
CÓDIGO: FT-GIC-04
VERSIÓN: 03
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160-ADM2108-4856
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“POR EL CUAL SE TOMA UNA DETERMINACIÓN”
La subdirectora de Sostenibilidad y Gestión Territorial de la Corporación
Autónoma Regional del Centro de Antioquia – CORANTIOQUIA, en uso de las
facultades otorgadas mediante Acuerdo 452 del 24 de noviembre de 2014,
modificado por el Acuerdo 586 de 2020, en concordancia con las Resoluciones
No.040-1401-19119 del 21 de enero de 2019, ratificada por la Resolución
No.040-1501-20602, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución N°160-1411-20218 del 7 de noviembre de 2014, se otorgó
Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con fines de Elaboración de Estudios
Ambientales a la sociedad Promotora de Energía Eléctrica de Cartagena y
compañía sociedad en comandita por acciones Empresa de servicios públicos
PROELECTRICA & CIA. S.C.A E.S.P. con NIT 800.149.537-6, representada
legalmente por Jorge Mario Pérez Gallón, identificado con la cédula de
ciudadanía N° 70.043.915, para el proyecto “Línea de transmisión eléctrica a
110 Kv Subestación San Andrés de Cuerquia Santa Inés-SAC/ SI y LA
Subestación Yarumal II”, en los municipios de San Andrés de Cuerquia, San
José de la Montaña, Santa Rosa de Osos y Angostura, departamento de
Antioquia; por una vigencia de cinco (5) meses.
Que, de conformidad con la resolución mencionada, el permisionario debía dar
cumplimiento a una serie de obligaciones durante el desarrollo de las
actividades en campo y presentar el informe final de actividades.
Que por medio de la comunicación oficial externa N°160-1411-15636 del 25
de noviembre de 2014, la sociedad informa el inicio de actividades del
proyecto, del cual, luego de ser valorado, se genera el Acto Administrativo de
requerimiento 160-1509-564 de 28 de septiembre de 2015; atendido a través
de la comunicación 160-1511-14541 de 17 de Noviembre de 2015.
Que por Acto Administrativo 160-1602-699 del 25 de Febrero de 2016 se
requiere a la sociedad PROELECTRICA & CIA. S.C.A E.S.P. para aclarar la
información por ellos aportada en documentos anteriores, cuya respuesta se
dio a través de la comunicación 160-1608-8296 de 10 de Agosto de 2016.
Que por informe técnico 160-IT1704-4149 del 28 de abril de 2017 se evalúa la
información aportada; dando luhar a nuevos requerimientos dispuestos a
través del Acto Administrativo 160-ADM1705-2655 del 19 de mayo de 2017; y
atendido mediante la comunicación oficial externa 160-COE1709-29333 del 5
de septiembre de 2017.
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