Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-08-20 - Normativa - VLEX 878222898

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-08-20

Fecha de publicación20 Agosto 2020
Número de radicado160AN-ADM2008-3921
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI-
ACTO ADMINISTRATIVO
CÓDIGO: FT-GIC-04
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 DE 4
Oficina Territorial Aburrá Norte: Carrera 65 No. 44 32- PBX 57 (4) 493 88 88, Fax 57 (4) 493 88 00
www.corantioquia.gov.co - aburranorte@corantioquia.gov.co
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“POR EL CUAL SE INICIA UN TRÁMITE DE PERMISO DE VERTIMIENTOS”
El Jefe de La Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma Regional del
centro de Antioquia-CORANTIOQUIA, en cumplimiento de sus facultades conferidas
mediante los Acuerdos del Consejo Directivo No. 452 y 453 de 2014, en concordancia
con las Resoluciones No. 040-1607-22528 y No. 040-1609-22902 de 2016 y la
Resolución No. 040-RES2003-1337 del 18 de marzo de 2020,
CONSIDERANDO
Que mediante Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos
No. 160AN-COE2008-22309 del 12 de agosto de 2020, el señor DAVID
ALEJANDRO JARAMILLO YEPES, identificado con cédula de ciudadanía número
71.386.499; solicitó a la Oficina Territorial Aburrá Norte, un permiso de vertimientos
para el tratamiento de las aguas residuales domésticas, que se generan en la
vivienda que se ubica en el predio de su propiedad identificado con folio de
matrícula inmobiliaria No. 01N-5229536, ubicado en la Vereda el Llano,
corregimiento Santa Elena, del Municipio de Medellín. Diligencias radicadas en el
expediente No. AN7-2020-374.
Que con la solicitud presentada por el señor DAVID ALEJANDRO JARAMILLO
YEPES, se anexaron los siguientes documentos:
Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos No.
160AN-COE2008-22309 del 12 de agosto de 2020.
Copia cedula de ciudadanía No. 71.386.499.
Anexo 1. Determinación del costo del proyecto (Diligenciado).
Certificado de tradición del folio de matrícula inmobiliaria No. 01N-5229536
de la oficina de Registro de instrumentos públicos de Medellín Norte.
Copia impuesto predial cancelado para el año 2020.
Información del pozo séptico implementado.
Informe preevalución realizado por CORANTIOQUIA.
Soporte de recibo de caja No. AN-6070 del 12 de agosto de 2020.
Que concordante con lo anterior, el Artículo 2.3.3.4.9. del Decreto 1076 de 2015,
anterior artículo 42 del Decreto 3930 de 2010, menciona de manera general los
requisitos del permiso de vertimiento, no obstante, la Corporación exceptúa la
presentación de algunos requisitos como el de uso del suelo, el área de disposición
del vertimiento; ya que estos se pueden deducir de datos estandarizados que
existen en la literatura, o se pueden identificar en la visita de campo, o entre otros
archivos, esto atendiendo al principio de economía consagrado en el artículo 209 de
Que respecto de los demás requisitos solicitados para el permiso de vertimiento, se
tiene el artículo 2.3.3.4.9 del Decreto 1076 de 2015, modificado mediante Decreto

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