Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2016-06-30 - Normativa - VLEX 878226416

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2016-06-30

Número de radicado160AS-1606-12841
Fecha de publicación30 Junio 2016
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CORA N TU XX 1A
Sistema de Gestión Integral -SGI-
Acto Administrativo
Código: F-GIC-04
Versión: 02
Página 1 de 3
CORANTIOQUIA - Oficina Territorial Aburrir% Sur
ACTO ADMINISTRATIVO
RAMÓN ALFREDO VÁSQUEZ OSPINA
Fecha: 30-jun-2016 09.55 AM Pág. 0
160AS-1606-12841
Anexos:
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Archivar en: 160AS7-2016-15*RAMÓN ALFREDO VÁSQUEZ OSPINA
Radicado par Relnaiclo Atraes Vaca Paz
"Por el cual se inicia un tramite de permiso de vertimiento"
La Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Sur (E) de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia CORANTIOQUIA, en uso de sus facultades
conferidas mediante la Resolución No. 040-1606-22425 del 27 de Junio de 2016,
y
CONSIDERANDO
Que el día 05 de Abril de 2016, mediante formulario radicado bajo el número
160AS-1604-948, el Señor RAMÓN ALFREDO VÁSQUEZ OSPINA identificado
con cédula de ciudadanía Nro. 8.274.497, solicitó permiso de vertimiento para las
aguas residuales domésticas a producirse en el predio Bellavista, de la Vereda
La Miel, del Municipio de Caldas — Departamento de Antioquia. Solicitud radicada
en el expediente AS7-2016-15.
Que con la solicitud se presentó la siguiente documentación:
Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimiento.
Folio de Matrícula Inmobiliaria Nro. 001-764041.
Contrato de Promesa de Compraventa celebrado entre los señores Pedro
José Ángel González y Orlando de Jesús Jaramillo Molina.
Diseño de Sistema de Tratamiento.
Un plano.
Soporte de Recibo de Caja AS-1139 del 18 de Marzo de 2016, por un valor
de Noventa y Cinco Mil Cien Pesos ($95.100).
Recibo de Caja RC-100823 del 05 de Abril de 2016, que soporta el pago
del servicio de evaluación del trámite.
Que el Decreto 1076 de 2015 por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, regula integramente
las materias contempladas en él, señalando que de conformidad con el artículo
30 de la Ley 153 de 1887, quedan derogadas todas las disposiciones de
naturaleza reglamentaria relativas al Sector de Ambiente y Desarrollo Sostenible
que versan sobre las mismas materias, con algunas excepciones contempladas
en el Artículo 3.1.1., del Libro Tercero.
Que el Artículo 2.2.3.3.5.1 del Decreto 1076 de 2015 preceptúa que
"Toda
persona natural
o
jurídica cuya actividad
o
servicio genere vertimientos a las
aguas supeificiales, marinas, o al suelo, deberá solicitar y tramitar ante la
autoridad ambiental competente, el respectivo permiso de vertimientos."
autoridades ambientales cobraran los servicios de evaluación y los servicios de
seguimiento para la definición de licencias ambientales, permisos, autorizaciones,
concesiones y demás instrumentos de control y manejo ambiental establecidos en la ley
y los demás reglamentos.
Oficina Territorial Aburrá Sur, carrera 65 44a-32, 493 88 88 Ext.1711 , Fax 493 88 19
Medellín, Antioquia.
aburrasur@corantioquia.gov.co
111 II III III II 11 1111

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