Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-05-26 - Normativa - VLEX 878228224

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-05-26

Fecha de publicación26 Mayo 2020
Número de radicado160TH-ADM2005-2307
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI-
ACTO ADMINISTRATIVO
CÓDIGO: FT-GIC-04
VERSIÓN: 03
PÁGINA 1 DE 10
160TH-ADM
Carrera 28 A N° 32 - 17 Tercer Piso (Terminal de Transportes), Telefax 860 74 89,
860 53 12, 860 53 09, 860 88 81, Santa Rosa de Osos, Antioquia.
tahamies@corantioquia.gov.co
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“POR EL CUAL SE APRUEBA UN PROGRAMA DE USO EFICIENTE Y
AHORRO DEL AGUA
El Jefe de la Oficina Territorial Tahamíes de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
otorgadas por la Resolución No. 040-RES1906-3021 del 12 de junio de 2019,
y
CONSIDERANDO
Que en los archivos de La Corporación se encuentra radicado el expediente
identificado con el número TH1-2002-12, donde obra la Resolución No. TH-
01-1869 del 29 de agosto de 2002, modificada parcialmente por las
Resoluciones Nos. 130TH-4977 del 1 de marzo de 2006 y 130TH-6070 del 13
de septiembre de 2007, mediante la cual se resolvió otorgar a la ASOCIACIÓN
DE PROGRESO LLANOS DE CUIBA-ASPROLLAC, identificada con NIT
811.015.376-1, concesión de aguas superficiales para usos doméstico,
pecuario y agroindustrial, en cantidad de 14.74 lps, a derivar de la Quebrada
La Candelaria, en beneficio del Corregimiento Llanos de Cuibá, del Municipio
de Yarumal.
Que posteriormente, mediante la Resolución No. 160TH-RES1906-3246 del
21 de junio de 2019, se resolvió prorrogar la concesión de aguas superficiales
por el término de diez años, contados a partir del vencimiento del plazo
otorgado en la Resolución No. 130TH-6070 del 13 de septiembre de 2007.
Que así mismo, en la Resolución No. 160TH-RES1906-3246 del 21 de junio
de 2019, se requirió a la ASOCIACIÓN DE PROGRESO LLANOS DE CUIBA-
ASPROLLAC, identificada con NIT 811.015.376-1, a través de su
representante legal, para que diera cumplimiento a las siguientes obligaciones:
Descripción
Plazo
Presentar certificación sanitaria de la
calidad del agua para consumo humano
expedida por la Dirección Seccional de
Salud, conforme al Decreto 1575 de
Un mes
Presentar las memorias de cálculo de la
obra de captación donde se especifique
como se derivará el recurso hídrico en un
caudal de 16.25 lps, de igual forma
presentar el censo de usuarios y demás
documentos donde se soporte el
aumento de caudal, conforme a la
Resolución 0330 de 2017 por el cual se
adopta el “Reglamento Técnico de agua
Potable y Saneamiento Básico-RAS”
Un mes
Complementar el Programa de Uso
Eficiente y Ahorro del Agua, conforme a
Un mes

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