Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-04-23 - Normativa - VLEX 878231531

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-04-23

Fecha de publicación23 Abril 2020
Número de radicado160CA-ADM2004-1738
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI-
ACTO ADMINISTRATIVO
CÓDIGO: FT-GIC-04
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 DE 6
Carrera 3 No. 5-28, Teléfono 852 47 15/852 47 16/852 51 58, Fax 852 47 15; Municipio de Jericó,
Antioquia; cartama@corantioquia.gov.co. Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y
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160CA-ADM-2004-1738
POR EL CUAL SE APRUEBA PROGRAMA DE USO EFICIENTE Y AHORRO
DEL AGUA
El Jefe de la Oficina Territorial Cartama de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia, de CORANTIOQUIA, en ejercicio de la delegación
otorgada por la Resolución N° 040-RES2002-555 del 3 de febrero 2020;
concordada con los Acuerdos 452 y 453 del 24 de noviembre del 2014, y
C O N S I D E R A N D O
Que en la Oficina Territorial Cartama, se encuentra el expediente CA1-2014-84,
dentro del cual se decidió mediante Resolución con radicado No. 130CA-1411-
8928 del 11 de noviembre de 2014, se otorgó una concesión de aguas a la
EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE TÁMESIS E.S.P.
S.A.S. con NIT. 900.378.953-1, a través de su representante legal, el doctor
GUILLERMO LEÓN SUAZA ARREDONDO. El caudal otorgado en la
concesión es de 20,5021 L/s, captados de la fuente San Antonio. La concesión
fue otorgada por un término de 10 años.
Que a través del Acto Administrativo No. 160CA-ADM1902-680 del 12 de
febrero de 2019 se requirió a las EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS
DOMICILIARIOS DE TÁMESIS E.S.P. S.A.S. con NIT. 900.378.953-1, a través
de su representante legal, el doctor GUILLERMO LEÓN SUAZA
ARREDONDO, para que en un término de tres (3) meses proceda a dar
cumplimiento a las siguientes obligaciones de orden ambiental:
Descripción
1
Presentar el programa del Plan de Uso Eficiente y Ahorro
del Agua (PUEAA), el cual debe articularse de acuerdo a
lo definido en la ley 373 de 1997, a fin de crear las
condiciones para un adecuado manejo y administración al
recurso hídrico.
2
Presentar planos, diseños y memorias de cálculo de las
obras de captación, control y reparto.
3
Las obras de captación deberán estar provistas de
elementos de control necesarios para conocer en
cualquier momento la cantidad de agua derivada de la
fuente respectiva.
4
Prevenir y controlar fugas y fallas en el sistema, las redes
y los consecuentes desperdicios del recurso hídrico.
5
Proteger las rondas hídricas de las corrientes de agua, de
las cuales se hacen las derivaciones.
6
Implementar lechos de secado para el adecuado secado y
manejo de los lodos generados al interior de la PTAP.
7
Implementar sistema tipo flauta para la dosificación del
coagulante del sistema.

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