Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-05-09 - Normativa - VLEX 903127804

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-05-09

Número de radicado160ZF-ADM2205-2344
Fecha de publicación09 Mayo 2022
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
ACTO ADMINISTRATIVO
CÓDIGO: FT-GIC-04
VERSIÓN: 03
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POR EL CUAL SE ORDENA UNA INDAGACIÓN PRELIMINAR
El Jefe (E) de Oficina Territorial Zenufaná de la Corporación Autónoma Regional del
Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA -, en uso de sus funciones establecidas en la
Resolución Nº. 040-RES1811-6140 del 08 de noviembre del 2018, y el artículo 17 de
CONSIDERANDO
Que a través del informe denominado “ALERTAS TEMPRANAS DEFORESTACIÓN
DICIEMBRE 2021” elaborado en el marco del contrato interadministrativo número
160-CNT2111-148 entre la Corporación Interuniversitaria de Servicios CIS y
CORANTIOQUIA, se generaron 3 alertas tempranas de deforestación de más de diez
(10) hectáreas, en territorio jurisdicción de CORANTIOQUIA, durante diciembre del
año 2021, que se corresponden con 3 predios y coordenadas diferentes.
Que uno de los predios identificados se encuentra ubicado en la vereda Cristalinas
del municipio de Puerto Berrío en las coordenadas X: 4825250 Y: 2251721 y cuenta
con ficha PK 5792003000000100147, el cual muestra una posible afectación de 19,28
hectáreas durante diciembre de 2021, cuyo propietario según la base de datos
catastral son Alvaro Alonso Duque, Sisifredo de Jesús Muñeton, identificado con las
Cédulas 98472700, 15310160 respectivamente.
Que el artículo 17 de la Ley 1333 de 2009, establece que la autoridad ambiental podrá
adelantar una indagación preliminar con el objeto de establecer si existe o no mérito
para iniciar un procedimiento sancionatorio ambiental, con la finalidad de verificar la
ocurrencia de la conducta, determinar si es constitutiva de infracción ambiental o si
se ha actuado al amparo de una causal de eximentes de responsabilidad.
Que de acuerdo con el informe citado en considerandos anteriores, resulta necesario
ordenar la apertura de una indagación preliminar con el fin de verificar el presunto
responsable de las actividades de deforestación en el predio con ficha catastral PK
5792003000000100147, en el que, al parecer se viene afectando un área de bosque
de 19,28 hectáreas según los comparativos históricos de cobertura vegetal en la zona.
De igual forma, se requiere indagar por las circunstancias de tiempo, modo y lugar y
la posible afectación ambiental que se presenta en el área.
Que con el fin de concretar dichas averiguaciones, se hace indispensable decretar
diligencias pertinentes y necesarias que permitan evaluar si existe mérito para
ordenar la apertura de un procedimiento sancionatorio ambiental.
Que en mérito de lo expuesto, el Jefe encargado de la Oficina Territorial Zenufaná de
la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA,
DISPONE
Primero: Ordenar la apertura de una indagación preliminar con el fin de establecer si
existe mérito para ordenar la apertura de un proceso sancionatorio ambiental, por la

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