Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-08-05 - Normativa - VLEX 908509730

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-08-05

Fecha de publicación05 Agosto 2022
Número de radicado160AN-ADM2208-4080
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI-
ACTO ADMINISTRATIVO
CÓDIGO: FT-GIC-04
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 DE 7
160AN-ADM2208-4080
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“POR EL CUAL SE TOMA UNA DETERMINACIÓN”
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades conferidas en la
Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No.586 del 14 de agosto del 2020, en
concordancia con la Resolución No.040-RES-2101-427 del 29 de enero de 2021 y el
Memorando No.040-MEM2104-3047 del 30 de abril del 2021,
CONSIDERANDO
Que es función de CORANTIOQUIA, en su jurisdicción, otorgar concesiones,
permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el uso,
aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el
desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente, de
conformidad con el Numeral 9, artículo 31 de la Ley 99 de 1993.
Que mediante la Resolución con radicado No. 130AN-11028 del 14 de diciembre de
2010, notificada de manera personal el día 18 de enero de 2011, se autoriza a la
EMPRESA DE DESARROLLO URBANO - EDU., la ocupación de cauce del caño el
Limonar localizado aproximadamente en la cota 1.783 m.s.n.m., coordenadas este
826290 y norte 11744510.610, consistente en la construcción de un cabezote de
tubería de PVC con un diámetro de 400mm y pendiente de 1.1% y un ángulo de
entrega en ángulo de 70° para la descarga de las aguas lluvias provenientes del
proyecto jardín infantil San Antonio de Prado, localizado en el barrio el Limonar del
Corregimiento de San Antonio de Prado del Municipio de Medellín.
Que a través de la Resolución Nº 130AN-1308-14357 del 15 de agosto de 2013,
notificada el 29 de septiembre del mismo año, la Corporación resolvió "Autorizar
el traspaso del Permiso de Ocupación de Cauce otorgado en la Resolución No. 130AN-
11028 del 14 de diciembre de 2010, a la EMPRESA DE DESARROLLO URBANO - EDU,
con NIT 800.223.337-6, de la fuente denominada "Ceño el Limoner" localizado
aproximadamente en la cota 1. 78 m.s.n.m., coordenadas este 826290 y norte
1174510.610, consistente en la construcción de un cabezote de tubería de PVC con un
diámetro de 400 mm y pendiente de 1. 1. % y un ángulo de entrega en ángulo de 70º para la
descarga de las aguas lluvias provenientes del proyecto jardín infantil San Antonio de
Prado, ubicado en el berrio El Limonar del corregimiento de San Antonio de Prado del
municipio de Medellín, para que a partir de la fecha de notificación de la presente providencia
este en cabeza del MUNICIPIO DE MEDELLÍN, por intermedio de su representante legal.".
Así mismo, en el artículo 3º de la Resolución Nº 130AN-1308-14357 del 15 de
agosto de 2013, se aprobaron las obras realizadas en el cauce de la fuente
denominada "Caño el Limonar", localizado aproximadamente en la cota 1783 m. s.
n .m., coordenadas este 826290 y norte 1174510. 610.

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