Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-01-19 - Normativa - VLEX 920254660

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-01-19

Fecha de publicación19 Enero 2023
Número de radicado160HX-ADM2301-211
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Acto administrativo
Código: F-PGI-26, versión: 03
160HX-ADM2301-211
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www.corantioquia.gov.co - Municipio: Santa Fe de Antioquia
Correo electrónico: hevexicos@corantioquia.gov.co
Por El Cual Se Inicia Un Trámite
El Jefe de la Oficina Territorial Hevéxicos de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA, en uso de las facultades otorgadas
por la resolución No. 040-RES2001-378 del 27 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO
Que mediante comunicación No. 160HX-COE2211-39307 del 10 de noviembre
de 2022, el CDA OCCIDENTE S.A.S., identificado con Nit 901.575.667-8
representado legalmente por el señor Victor Javier Aguinaga Rivera
identificado con cédula de ciudadanía No. 15.407.168 expedida en Antioquia,
Antioquia, presentó solicitud a la Oficina Territorial Hevéxicos de
CORANTIOQUIA, de Permiso de Emisiones Atmosféricas a desarrollarse en
la calle 13 No 11-35 del Municipio de Santa fe de Antioquia, para la actividad
de revisión técnico mecánica y de gases, CDA clase B (vehículos livianos, gas
gasolina y diésel, motocarros 4t gasolina, motocicletas 4t gasolina), solicitud
radicada en el expediente HX6-2022-1.
Que la Ley 99 de 1993, en su Artículo 31) numeral 9) faculta a las
Corporaciones Autónomas Regionales para otorgar concesiones, permisos,
autorizaciones, licencias ambientales, para el uso, aprovechamiento y
movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de
actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente, correspondiendo
así a la Corporación ejercer la autoridad ambiental sobre el uso y
aprovechamiento de los recursos naturales renovables, competencia basada en
el principio de Derecho Ambiental según el cual el ambiente es patrimonio común
de la humanidad y necesario para la supervivencia y el desarrollo económico y
social de los pueblos, a través de la preservación y restauración del ambiente y
la conservación racional de los recursos naturales renovables, según criterios
de equidad que aseguren el desarrollo armónico del hombre de dichos recursos,
la disponibilidad permanente de estos y la máxima participación social, para
beneficio de la salud y bienestar de los presentes y futuros habitantes del
territorio nacional (Decreto Ley 2811 de 1974).
en su artículo 2). Y en ellas se establece: “se entiende por emisión toda
descarga de una sustancia o elemento al aire, en estado sólido, líquido o
gaseoso, o en alguna combinación de éstos, proveniente de una fuente fija o
móvil

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