Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-07-12 - Normativa - VLEX 937517420

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-07-12

Fecha de publicación12 Julio 2023
Número de radicado160ZF-ADM2307-4080
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Acto administrativo
Código: F-PGI-26, versión: 03
160ZF-ADM2307-4080
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7047761
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Vegachí, Antioquia
Correo electrónico: zenufana@corantioquia.gov.co
“POR EL CUAL SE NIEGA LA APROBACIÓN DE UN PROGRAMA DE USO
EFICIENTE Y AHORRO DEL AGUA”
La Jefe de la Oficina Territorial Zenufaná de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia en cumplimiento de sus funciones de
conformidad al acuerdo del consejo directivo N°452 del 24 de noviembre de
2014, la Resolución 040-RES1811-6140 del 8 de noviembre de 2018, la
Resolución 040-RES2210-6006 del 14 octubre de 2022, y
CONSIDERANDO
1- Que dentro de las funciones inherentes a las autoridades ambientales,
compete efectuar control y seguimiento a los proyectos, obras y actividades
que en su desarrollo impacten el medio ambiente y los recursos naturales
renovables, durante el uso y/o aprovechamiento de los recursos.
2- Que es función de CORANTIOQUA, en su jurisdicción, otorgar
concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por
la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales
renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar
el medio ambiente, de conformidad con el Numeral 9, artículo 31 de la Ley 99
de 1993.
3- Que de igual forma, acorde con lo dispuesto en el numeral 12 del
mismo artículo 31, es función de la Corporación, efectuar control y
seguimiento a los proyectos, obras y actividades que en su desarrollo
impacten el medio ambiente y los recursos naturales renovables, durante el
uso y/o aprovechamiento de los recursos.
4- Que mediante Resolución 160ZF-RES1806-3486 del 25 de junio de
2018, notificada el día 24 de julio del mismo año, la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, Oficina Territorial Zenufaná, resolvió
otorgar concesión de aguas superficiales por un término de 10 años al
MUNICIPIO DE REMEDIOS, Antioquia, identificado con NIT 890.984.312-4,
representado legalmente en su momento por la señora LUCIA CARVAJAL
DEL SILVERA, identificada con cedula de ciudadanía Nº 32.486.158, para
uso doméstico, a derivar de la fuente denominada Bocatoma La Cruz
(Código 18650), en un caudal de 0,4132 l/s, para el abastecimiento del
acueducto de la Vereda La Cruz,. Expediente ZF1-2018-127.
5- Que mediante Acto Administrativo N°160ZF-ADM2001-47 del 10 de
enero de 2020, notificado el día 16 del mismo mes y año, en atención al
Informe Técnico N°160ZF-IT1910-11939 del 31 de octubre de 2019, se
requiere al MUNICIPIO DE REMEDIOS, Antioquia, identificado con NIT
890.984.312-4, para que diera cumplimiento a los siguientes requerimientos:
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Acto administrativo
Código: F-PGI-26, versión: 03
160ZF-ADM2307-4080
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Correo electrónico: zenufana@corantioquia.gov.co
“(…)
No.
Descripción
Plazo (meses)
1
Presentar planos, diseños y memorias de
cálculo de las obras de captación, control y
reparto
3
2
Adecuar la infraestructura existente con la
construcción de una obra de control que
garantice la captación del caudal otorgado.
3
3
Dar manejo adecuado de los desechos
sólidos que se generan en el predio.
3
4
Establecer retiros obligatorios alrededor de la
fuente (30 metros).
3
5
Presentar el Programa de Uso Eficiente y
Ahorro del Agua establecido por la Ley 373
de1997, en armonía con la Política Nacional
para la Gestión Integral del Recurso Hídrico
PNGIRH, cuya finalidad es que los usuarios,
a través de acciones, proyectos y
actividades, reduzcan el desperdicio de agua
y optimicen la cantidad a utilizar, con el fin de
garantizar la sostenibilidad del recurso, lo
cual si bien en primer lugar, beneficia a toda
la comunidad también incide favorablemente
para el usuario, en el valor a pagar por
concepto de Tasa por Utilización del Agua,
siempre y cuando presente a la Corporación,
los registros pertinentes. La estructura y
contenido del PUEAA, se encuentra en la
Resolución 1257 de 2018, articulo 2, por
medio de la cual el Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible, reglamentó los
parágrafos 1 y 2 del artículo 2.2.3.2.1.1.3 del
Decreto 1090 de 2018.
3
(…)”.
6- Que mediante Comunicación Oficial Externa 160ZF-COE2007-
19512 del 21 de julio de 2020, el MUNICIPIO DE REMEDIOS identificado
con NIT 890.984.312-4, a través de su representante legal, el señor Alcalde
JOHN JAIRO URIBE CASTRILLÓN identificado con cédula de ciudadanía
15.537.766, solicita el traspaso de la concesión de aguas superficiales
asociado al expediente ZF1-2018-127, a la JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL
DE LA VEREDA LA CRUZ.
7- Que mediante Resolución N°160ZF-RES2012-7074 del 14 de
diciembre de 2020, notificada el día 18 del mismo mes y año, por la cual se
traspasa una concesión, en los siguientes términos:

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