Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-11-10 - Normativa - VLEX 952182754

Acto administrativo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-11-10

Fecha de publicación10 Noviembre 2023
Número de radicado160AN-ADM2311-10121
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Acto administrativo
Código: F-PGI-26, versión: 03
160AN-ADM2311-10121
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“POR EL CUAL SE APRUEBA UN PROGRAMA DE USO EFICIENTE Y
AHORRO DEL AGUA”
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas en la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No.586 del 14 de
agosto del 2020, en concordancia con la Resolución No.040-RES-2101-427 del
29 de enero de 2021 y el Memorando No.040-MEM2104-3047 del 30 de abril del
2021,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de Colombia de 1991 elevó a norma
constitucional la consideración, el manejo y la conservación de los recursos
naturales renovables y el medio ambiente; además dispuso que el cuidado
y preservación de los recursos naturales y el medio ambiente, son una
prioridad de todos los actores.
Que en tal sentido, la Constitución en su artículo 79 consagra además, que
todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, que la Ley
garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan
afectarlo, que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del
ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la
educación para el logro de estos fines, norma constitucional que puede
interpretarse de manera solidaria con el principio fundamental del derecho a la
vida, ya que éste solo se podría garantizar bajo condiciones en las cuales la
vida pueda disfrutarse con calidad.
Que es función de CORANTIOQUA, en su jurisdicción, otorgar
concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas
por la ley, para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos
naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan
afectar el medio ambiente, de conformidad con el Numeral 9, artículo 31 de la
Ley 99 de 1993.
Que, además, dentro de las funciones inherentes a las autoridades
ambientales, compete efectuar control y seguimiento a los proyectos,
obras y actividades que en su desarrollo impacten el medio ambiente y los
recursos naturales renovables, durante el uso y/o aprovechamiento de los
recursos; además de imponer las sanciones previstas en la ley en caso de
violación a las normas de protección ambiental y de manejo de recursos
naturales renovables y exigir la reparación de los daños causados.
Que la Corporación viene implementando el Modelo de Administración de los
Recursos Naturales, con un enfoque basado en la confianza,
corresponsabilidad y construcción de un territorio sostenible conjuntamente

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