Resolución Nº 405742023-1 de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, 2023 - Corporación Autónoma Regional del Valle de Cauca - Normativa - VLEX 942356853

Resolución Nº 405742023-1 de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, 2023

Número de radicado405742023-1
Fecha de publicación04 Septiembre 2023
Fecha29 Agosto 2023
VERSIÓN: 06 Fecha de aplicación: 2019/10/01 CÓD.: FT.0550.04
RESOLUCION 0730 No. 0733 001203 DE 2023
(29 DE AGOSTO 2023)
“POR LA CUAL SE AUTORIZA LA OCUPACION DE CAUCE PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS Y SE TOMAN OTRAS
DETERMINACIONES”
La Directora Territorial de la Dirección Ambiental Regional Centro Norte, de la
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA CVC, en
ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias contenidas en el Decreto Ley
2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, el Decreto 1076 de 2015, y en especial a lo
dispuesto en el Acuerdo CD No. 072 del 27 de octubre de 2016 y la Resolución
0100 No. 0330-0740 de agosto 9 de 2019, y,
CONSIDERANDO
Que al expedirse la Ley 99 de diciembre 22 de 1993, se dispuso que las
Corporaciones Autónomas Regionales ejercerán la función de máxima autoridad
ambiental en el área de su jurisdicción y por lo tanto podrán otorgar concesiones,
permisos y licencias ambientales requeridas por la Ley para el uso,
aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el
desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente.
Igualmente podrán otorgar permisos para aprovechamientos forestales,
concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer vedas
para la caza y pesca deportiva, acorde con lo establecido en el Artículo 31
numeral 9 de la mencionada Ley.
Que el Decreto 1706 de 2015 “Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente
y Desarrollo Sostenible), establece:
“Artículo 2.2.3.2.12.1. Ocupación (Decreto 1541 de 1978, art. 104). La
construcción de obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua
requiere autorización, que se otorgará en las condiciones que establezca la
Autoridad Ambiental competente. Igualmente se requerirá permiso cuando se trate
de la ocupación permanente o transitoria de playas.
Artículo 2.2.3.2.17.19.1. Obras hidráulicas, Al tenor de lo dispuesto por el artículo
119 del Decreto Ley 2811 de 1974, la disposición de esta sección tiene por objeto
promover, fomentar, encauzar y hacer obligatorio el estudio, construcción y
funcionamiento de obras hidráulicas para cualquiera de los usos del recurso
hídrico y para su defensa y conservación, sin perjuicio de las funciones,
corresponden al Ministerio de Obras Públicas. (Decreto 1541 de 1978, articulo
183).
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RESOLUCION 0730 No. 0733 001203 DE 2023
(29 DE AGOSTO 2023)
“POR LA CUAL SE AUTORIZA LA OCUPACION DE CAUCE PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS Y SE TOMAN OTRAS
DETERMINACIONES”
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VERSIÓN: 06 Fecha de aplicación: 2019/10/01 CÓD.: FT.0550.04
Artículo 2.2.3.2.19.6. Obligaciones de proyectos de obras hidráulicas, públicas o
privadas para utilizar aguas o sus cauces o lechos. (Decreto 1541 de 1978, art.
191) Los proyectos de obras hidráulicas, públicas o privadas para utilizar aguas o
sus cauces o lechos deben incluir los estudios, planos y presupuesto de las obras
y trabajos necesarios para la conservación o recuperación de las aguas y sus
lechos o cauces, acompañados de una memoria, planos y presupuesto deben ser
sometidos a aprobación y registro”.
Que la señora Stefanía Flórez Echeverry, identificada con la cédula de ciudadanía
No. 1.002.967.534 expedida en Medellín, obrando como representante legal de la
sociedad ARTE Y CONSTRUCCIÓN 24 S.A.S., identificada con el NIT.
901.518.766-6, y con domicilio en la calle 5 B3 BIS No. 37-91, teléfono
3242569530, de la ciudad de Cali, mediante escrito No. 405742023 fecha
20/04/2023, solicita Otorgamiento Autorización de Ocupación de Cauce y
Aprobación Obras Hidráulicas a la Corporación Autónoma Regional del Valle del
Cauca CVC Dirección Ambiental Regional Centro Norte, para la construcción de
Box Coulvert sobre la quebrada El Recreo a su paso por el predio Berlín
identificado con matrícula inmobiliaria No. 382-7013, jurisdicción del municipio de
Caicedonia, departamento del Valle del Cauca.
Que con la solicitud presentó la siguiente documentación:
1. Formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauces, Playas y
Lechos, debidamente diligenciado y firmado.
2. Formato Discriminación valores para determinar el costo del proyecto, obra o
actividad, diligenciado.
3. Copia del Certificado de existencia y representación legal expedido por la
Cámara de Comercio de Cali, en fecha 5 de abril de 2023.
4. Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía.
5. Copia Certificado de tradición de matrícula inmobiliaria No. 382-7013, expedido
por la oficina de registro de instrumentos públicos de Sevilla, en fecha 5 de
abril del 2023.
6. Copia Escritura Publica No. 501 del 24 de febrero del 2022 expedida por la
Notaria Tercera del circulo de Armenia Quindío.
7. Documento “Estudios Topográficos”.
8. Documento “Estudios Geología y Geomorfología”.
9. Documento “Estudio de Suelos”.
10. Documento “Registro Fotográfico”.

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