Resolución Nº 460852021 de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, 2022 - Corporación Autónoma Regional del Valle de Cauca - Normativa - VLEX 896129420

Resolución Nº 460852021 de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, 2022

Número de radicado460852021
Fecha de publicación25 Enero 2022
Fecha18 Enero 2022
L
(l,rporoci6n
Aut6noma
Regional
del
Valle
del Cauca
Página1 de 12
RESOLUCiÓN 100 No. 0150-
O O 4 O
( 1 8 ENE. 2022 )
"POR LA CUAL SE REALIZA UNA MODIFICACiÓN MENOR EN UNA LICENCIA
AMBIENTAL"
DE 2022
El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca- CVC, en uso
de sus facultades legales otorgadas mediante la Ley 99 de 1993, el Decreto-Ley 2811 de 1974,
la Ley 1437 de 2011, el Decreto 1076 de 2015, normas concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca - CVC, mediante Resolución No.
0100 No. 0150-0774 de 13 de noviembre de 2012, otorgó Licencia Ambiental a la sociedad
Bugueña de Aseo S.A. E.S.P., - BUGASEO para el desarrollo de actividades relacionadas con
la "Construcción
y
operación del Relleno Sanitario de Seguridad La Esperanza-Disposición
final de residuos odesechos peligrosos", en el predio denominado Hacienda La Esperanza,
ubicado en jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento del Valle del Cauca,
aclarada a través de Resolución 0100 No. 0150-0788 de 30 de Diciembre de 2014 y mediante
Resolución 0100 No. 0150-0674 de 24 de agosto de 2018, se aceptó un cambio de razón
social y actualmente la titular de la Licencia Ambiental es Veolia Aseo Buga S.A. E.S.P., con
NIT No. 815000649-6, modificada a través de la Resolución 0100 No. 0150-1220 de 30 de
diciembre de 2019.
Que a través de comunicación, recibida y radicada en la Corporación con No. 460.852021 el
18 de junio de 2021, el señor Héctor Giraldo Ávila, identificado con cédula de ciudadanía No.
16.350.043, representante legal de la sociedad Veolia Aseo Buga S.A. E.S.P. - ASEO BUGA,
solicitó un ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada por la Corporación
mediante Resolución No. 0100 No. 0150-0774 de 13 de noviembre de 2012, aclarada a través
de Resolución 0100 No. 0150-0788 de 30 de Diciembre de 2014 y que mediante Resolución
0100 No. 0150-0674 de 24 de agosto de 2018, se aceptó un cambio de razón social a favor
de la señalada sociedad, modificada a través de la Resolución 0100 No. 0150-1220 de 30 de
diciembre de 2019. La solicitud de cambio menor consiste en cambio de tecnología autorizada
en la licencia ambiental para el tratamiento térmico por esterilización de residuos hospitalarios
tipo Biosanitario.
Que mediante oficio No. 0150-460852021 de 12 de julio de 2021, la Corporación Autónoma
Regional del Valle del Cauca - CVC, realizó requerimientos a la sociedad Veolia Aseo Buga
S.A. E.S.P. - ASEO BUGA, relacionados con la solicitud de cambio menor en la licencia
ambiental otorgada por la CVC, mediante Resolución No. 0100 No. 0150-0774 de 13 de
noviembre de 2012.
Que a través de comunicación, recibida y radicada en la Corporación con No. 1045742021 el
23 de noviembre de 2021, el señor Diego Fernando Rodríguez Ospina, Gerente General de la
sociedad Veolia Aseo Buga S.A. E.S.P. - ASEO BUGA, atendió requerimiento de la CVC,
realizada mediante oficio No. 0150-460852021 de 12 de julio de 2021.
Que profesionales del Grupo de Licencias Ambientales, rindieron concepto técnico No. 0150-
012-047-2021, el 28 de Diciembre de 2021, del cual se extrae lo siguiente:
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VERSiÓN: 06 - Fecha de aplicación: 2019/10/01 CÓD.:FT.0550.04

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