Acto administrativo Nº 73022024 de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, 2024 - Corporación Autónoma Regional del Valle de Cauca - Normativa - VLEX 977105333

Acto administrativo Nº 73022024 de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, 2024

Número de radicado73022024
Fecha de publicación26 Enero 2024
Año2024
Fecha27 Octubre 2016
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Wio,rd dclYok thl Co$o Página 1 de 16
AUTO DE TRÁi'ITE
"POR EL CUAL SE INICIA UN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO AMBIENTAL
CONTRA UN PRESUNTO INFRACTOR "
La D¡rección Ambiental Regional DAR BRUT, de la CORPORACIÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA - CVC, en ejercicio de sus facultades legales y
reglamentarias contenidas en el Decreto ley 2811 de 1974, Ley 99 de 1993, Ley 1333 de
julio 21 de 2009, Decreto 't076 de 2015 y en especial a lo dispuesto en los Acuerdos CD
072 y 073 del 27 de octubre de 201 6 y la Resolución DG 0100 No.0330-0'181 de mazo 28
de 2017, yCONSIDERANDO
A la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC, en el año de 1968 le fue
asignado el manejo adm¡n¡strac¡ón y fomento de los recursos naturales renovables dentro
del tenitorio de su jurisdicción.
Que mediante informe de visita de fecha 19 de octubre de 2016, realizado por funcionario
de la CVC DAR BRUT con el objet¡vo de real¡zar recorrido de control y vigilancia en el
corregimiento de tierra blanca del municipio de Roldanillo, a actividades de cría,
procesamiento y venta de peces se evrdencia lo siguiente:
3. Nombre del funcionario(s): lng. Oscar Gerardo Sánchez
P rof
e si on al U n iv e rs¡t a ri o
4. Lugar: Establecimiento denominado Pesca Depoñiva La Abuela, ub¡cado en el
corregimiento de Tierra Blanca del Municipio de Roldanillo, en el kilómetro '1 via
Roldanillo a Zarzal, en las coordenadas 4'24'55.351" N - 76"07'59.593" O.
5. Objeto: Realizar un reconido de control y vigilancia en el conegimiento de Tiena Blanca
del mun¡c¡p¡o de Roldanillo, a actividades de crfa, procesamiento y venta de peces.
6. Descripc¡ón: El dia'19 de octubre de 2016 se realizó una visita a tas ¡nstalaciones del
establecimiento denominado Pesca Depoftiva La Abuela, ubicado en et coneg¡miento de
Tierra Blanca del Municipio de Roldanillo, la visita fue atend¡da por el señor Henique
9.1."o"ro, quien manifestó ser el administrador det tugar.
Foto 1 . Ubicac¡ón de los lagos de pesca. . ."
VERSIÓN 06 - Fecha de apticación: 2}lgtj}t}l cóD.: F-r osso 04
La Ley 99 de diciembre 22 de 1993, dispuso que las Corporaciones Autónomas
Regionales C.A.R. ejercerán la función de máxima autor¡dad amb¡ental en el área de su
jurisdicción y por lo tanto podrán imponer y ejecutar, a prevención , sin perjuic¡o de las
competencias atribuidas por la ley a otras autoridades, las medidas de policía como las
sanciones previstas en la misma ley en caso de violación de las normas de protección
amb¡ental y de manejo de los recursos naturales renovables, y exigir, con sujeción a las
regulaciones pertinentes, la reparación de los daños, acorde con lo establecido en el
Artículo 31 numeral 17 de la mencionada ley.
SITUACIÓN FÁCTICA
Cotpo.uión Autóno.,l,o
Rcgiqd dcl lbie del Cou.o Pág na 2 de 16
AUTO DE TRÁMITE
El señor Guenero man¡festó que en el lugar se presta el seuicio de pesca depoñiva,
restaurante y venta de peces para consumo. También informó que la propietaria del
eslablecimiento es la señora Glafira Jaramillo Aguirre, identificada con cedula de
ciudadanía No. 38.892.547 de El Dovio y el predio es propiedad de la señora Esperanza
Jaramillo. El establec¡m¡ento funciona hace más de 15 años.
En el lugar funciona un restaurante abiefto al público los slete días a la semana de 8:00
a.m. a 6:00 p.m, el administrador comenta que el restaurante puede atender a 60
personas cada tres horas. Las aguas generadas en el restaurante no pasan por una
trampa de grasas o un sistema de tratamiento de vertim¡entos antes de ser veñidas en
forma directa al canal interceptor RUT, ubicado aproximadamente a 50 del restaurante.
¿os resduos orgánicos generados en el restaurante son entenados en /as zonas de
cultivo de guayaba del predio, no hay recolección de la empresa de aseo municipal.
Foto 2. Restaurante del establecimiento
Foto 3. Cocina del restaurante
El área total del pedio es de 6 hectáreas, 50% dedicadas a cuftivos de guayaba y el otro
50% a la activada piscícola y restaurante. Según el administrador en el lugar labora 4
trabajadores füos así, 2 encargados de /os /agos, el administrador y la propietaria. El
adm¡nistrador comentó que los fines de semana se contratan cuatro personas más para
las act¡vidades del restaurante y venta de peces.
En las instalaciones del restaurante existe una vivienda habitada por dos personas, la cual
tiene una batería sanitaria, igualmente al lado del restaurante hay dos sanitarios para los
clientes del restaurante y los lagos de pesca, la descarga de los veñimientos se real¡za en
forma directa al canal interceptor RUT sin n¡ngún tratamiento previo.
Foto 4. Batería san¡taria de la zona de pesca del restaurante. .
En el predio ex¡ste otra vivienda, que es la vivienda pr¡ncipal del pred¡o, esta segunda
vivienda es habitada por dos personas, la vivienda no cuenta con ningún slsfema de
tratamiento de ve¡timientos domésticos, estos veñimienfos so, vert¡dos en el canal
interceptor RUT.
Según el administrador en el lugar se presta el serv¡c¡o de venta de peces en la modalidad
de pesca depoñiva y también se vende pescado al por menor y pot mayor, en promedio
se comercial¡zan 500 kglmes de peces procesados. Iodos /os animales procesados se /e
limpian las escarnas y se /e s retiran /as visceras, también se lavan en un mesón ubicado a
20 metros del restaurante.
vERSIÓN: 06 - Fecha de aplicación 2019110101 cóD. FT o55o 04
"POR EL CUAL SE INICIA UN PROCEDIi,IIENTO SANCIONATORIO AMBIENTAL
CONTRA UN PRESUNTO INFRACTOR "

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