Resolución Nº 871752023 de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, 2023
Número de radicado | 871752023 |
Fecha de publicación | 10 Octubre 2023 |
Año | 2023 |
Fecha | 03 Octubre 2023 |
AUTO DE INICIACIÓN DE TRÁMITE
APROVECHAMIENTO FORESTAL ÁRBOLES AISLADOS
VERSIÓN: 03 COD: FT.0340.15
No se deben realizar modificaciones en el formato.
Grupo Gestión Ambiental y Calidad 1
Tuluá, 03 de octubre de 2023.
CONSIDERANDO
Que el señor EULICES VÁSQUEZ CASTRO, identificado con la cédula de
ciudadanía No. 6.197.403 expedida en Bugalagrande (Valle), obrando en su calidad
de propietario del predio Rural Viscaya, con domicilio en la Calle 12 No. 14-41 ,
teléfono 3166861792, E-mail: feliperengifo95@gmail.com, municipio de
Guadalajara de Buga, mediante escrito No. 871752023, presentado en fecha 21 de
septiembre de 2023, solicita Otorgamiento de Autorización de Aprovechamiento
Forestal Arboles Aislados a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
– CVC, Dirección Ambiental Regional Centro Norte, en el predio Rural Viscaya, con
matrícula inmobiliaria 384-52955, ubicado en el Corregimiento El Overo, jurisdicción
del municipio de Bugalagrande, Departamento del Valle del Cauca.
Que con la solicitud presentó la siguiente documentación:
1. Formulario Único Nacional de Solicitud de Aprovechamiento Forestal y Manejo
Sostenible de Flora Silvestre y los Productos Forestales No Maderables
Nuevo/Prórroga, debidamente diligenciado y firmado.
2. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del señor Eulices Vásquez Castro.
3. Copia del certificado de tradición de matrícula inmobiliaria No. 384-52955,
expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tuluá, en fecha
03 de agosto de 2023.
4. Documento: “Inventario Arbóreo” y “Programa de compensación Forestal”,
Predio Viscaya, Corregimiento El Overo, municipio Bugalagrande – Valle del
Cauca, año 2023.
5. Planos, cuatro (04) del Predio Viscaya, Corregimiento El Overo, municipio
Bugalagrande
Como la solicitud se encuentra ajustada a lo establecido en las normas vigentes
que regulan la materia y siendo la Corporación competente para conocer de la
presente solicitud, según la facultad otorgada por el artículo 31 numeral 9 de la Ley
99 de diciembre 22 de 1993, la Directora Territorial de la Dirección Ambiental
Regional Centro Norte, de la CVC,
D I S P O N E:
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