Acto administrativo Nº 997872023 de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, 2023
Número de radicado | 997872023 |
Fecha de publicación | 23 Noviembre 2023 |
Año | 2023 |
Fecha | 08 Noviembre 2023 |
AUTO DE INICIACIÓN DE TRÁMITE
APROVECHAMIENTO FORESTAL ÁRBOLES AISLADOS
VERSIÓN: 03 COD: FT.0340.15
No se deben realizar modificaciones en el formato.
Grupo Gestión Ambiental y Calidad 1
Tuluá, 8 de noviembre de 2023
CONSIDERANDO
Que el señor FEDERICO ROJAS OCAMPO, identificado con la cédula de
ciudadanía No. 94.457.578, expedida en Cali, obrando su nombre propio y como
apoderado general de la señora NELLY PATRICIA ROJAS OCAMPO, identificada
con la cédula de ciudadanía No. 66.954.819, expedida en Cali, y domicilio en la
calle 27 No. 26-25, Of. 204, E-mail: carlos.duran@goldterra.com.co, de la ciudad de
Tuluá, mediante escrito No. 997872023, presentado en fecha 1 de noviembre de
2023, solicita Otorgamiento de Autorización de Aprovechamiento Forestal Arboles
Aislados a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca – CVC, Dirección
Ambiental Regional Centro Norte, en el predio denominado El Refugio, con
matrícula inmobiliaria No. 384-73728, ubicado en el corregimiento Campoalegre,
jurisdicción del municipio de Andalucía, departamento del Valle del Cauca.
Que con la solicitud presentó la siguiente documentación:
1. Formato Único Nacional de Solicitud de Aprovechamiento Forestal y Manejo
Sostenible de Flora silvestre y los productos forestales no maderables,
debidamente diligenciado y firmado.
2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
3. Fotocopia simple de la Escritura pública No. 2676 de fecha 26 de noviembre de
2014, de la Notaría Segunda del Círculo de Cali.
4. Fotocopia simple de la Escritura pública No. 426 de fecha 7 de octubre de 1997,
de la Notaría Única del Círculo de Andalucía.
1. Certificado de tradición de matrícula inmobiliaria No. 384-73728, expedido por la
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tuluá, en fecha 5 de
septiembre de 2022.
5. Registro fotográfico de las especies arbóreas a erradicar.
Como la solicitud se encuentra ajustada a lo establecido en las normas vigentes
que regulan la materia y siendo la Corporación competente para conocer de la
presente solicitud, según la facultad otorgada por el artículo 31 numeral 9 de la Ley
99 de diciembre 22 de 1993, la Directora Territorial de la Dirección Ambiental
Regional Centro Norte, de la CVC,
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