Actos legislativos 12 de 2000 senado - 18 de Mayo de 2001 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451247142

Actos legislativos 12 de 2000 senado

ACTOS LEGISLATIVOS 12 DE 2000 SENADO. por medio del cual se modifican algunos artículos de la Constitución Política.

Segunda Vuelta

Honorable Senador Oswaldo Darío Martínez Betancourt, Presidente (E.) Comisión Primera:

Señores Senadores, señores Miembros del Alto Gobierno, señor Viceministro de Hacienda, señores invitados. Vamos a iniciar la sesión informal para continuar con las Audiencias sobre el Proyecto 012 de Reforma Constitucional sobre las Transferencias Territoriales.

Comienza esta Sesión de Audiencia el doctor Pedro Hernández de la Universidad Nacional ASPU. Le damos el uso de la palabra al doctor Hernández. Ocupe una curul, la que usted quiera.

Doctor Pedro Hernández Castillo, Presidente ASPU:

Muy buenos días. Gracias al señor Presidente de la Comisión Primera de Senado. Saludo a los señores Senadores pertenecientes a esta célula del Congreso. Ayer escuche varias de las exposiciones. El doctor Jaime Castro nos evitó detenernos en el análisis de las finanzas, pero sí quiero hacer alusión basada en estudios que ha hecho la Universidad Nacional de la cual soy profesor y soy miembro del Consejo Superior y es que la opinión pública y los Senadores, los parlamentarios deben de tener muy claro que lo que se busca con esta reforma, primero que todo es atender a uno de los puntos acordados, valga la redundancia en el acuerdo extendido con el Banco Mundial y el BIC, y es como captar más recursos para atender los pagos de la deuda externa para mantener saneada y mantener un rango alto, una confiabilidad externa de los sectores externos de la Banca Internacional para los préstamos con el país.

Entonces hay que generar unos excedentes reduciendo el gasto público y uno de lo firmado en este acuerdo extendido es reducir las transferencias a los gobiernos locales. Es más. La asociación publicó va a ser dos años casi, publicó y decíamos explícitamente, uno de los temas que resulta difícil negociar en un documento donde comentamos con profesores de economía, el acuerdo con el Banco Mundial. Decía uno de los temas que resulta difícil negociar en el espacio del Congreso es la reducción de las transferencias a los gobiernos locales, que es uno de los puntos incorporados en el acuerdo.

Se plantea cambiar su fórmula de cálculo que en la actualidad es un porcentaje fijo de los ingresos corrientes de la Nación y ajustarla de acuerdo con la inflación o lo que es lo mismo mantenerlas constantes en su valor real. Esto supone que crecería menos porque los ingresos corrientes deben de crecer más que la inflación o incluso más que el producto interno bruto.

Entre otras cosas para eso es la reforma tributaria. Eso lo anotábamos en un documento que publicamos hace más de un año y a pesar de que dudábamos que el Congreso se diera esa pela de aprobar esta reforma, las circunstancias nos están demostrando que por diferentes presiones el Congreso se va a dar la pela de aprobar una reforma que afecta los intereses mismos que representa el parlamento, o sea disminuir los ingresos.

El Gobierno está buscando en otras palabras, congelar las transferencias y generar excedentes porque los ingresos corrientes están atados al crecimiento del producto interno bruto que se espera que en los próximos diez años este rondando entre el 3.5 y 4%. Entonces al congelar le quedan unos excedentes que no van a ser para gasto social, que no van a ser para funcionamiento y entonces el Gobierno dispondrá de recursos y de cómo atender la deuda pública que realmente lo que se quiere atender más que estar hablando de contraer el déficit fiscal.

Y encontramos en el proyecto algo que nos llama la atención. Ayer se hablaba mucho de los artículos 356, 357 y no hablábamos del artículo 347 de la Constitución que también en este Acto legislativo 012 se quiere reformar y se quiere reformar ¿cómo? Amarrando el crecimiento de las apropiaciones autorizadas en la Ley de Presupuesto para funcionamiento que diferente a las de pago de pensiones se quieren definir en una regla que es que no puede ser crecer por encima del promedio de la variación porcentual que hayan tenido los ingresos corrientes de la Nación, durante los cuatro años anteriores.

Y esto como norma general podríamos no criticarlas sino definir una regla. Pero sí nos preocupa es la política de corto plazo y es el parágrafo transitorio donde sí a una regla del 2002 al 2006. O sea para lo que queda de este Gobierno y el Gobierno entrante y asegurar unos excedentes como anotaba anteriormente y nos dice que el monto total de apropiación autorizadas por la Ley de Presupuesto para funcionamiento diferente al pago de pensiones, no podrá incrementarse de un año a otro en un porcentaje superior a la tasa de inflación proyectada para cada uno de ellos más el 1.5% que es el crecimiento estimado y vegetativo de población.

Fíjese que en la redacción normal podría haber discusión y podría haber concertación. Pero el transitorio restringe a ún más los recursos que se pueden destinar para funcionamiento.

Honorable Senador Darío Martínez Betancourt, Presidente Comisión Primera:

Sí Senador, con todo gusto.

Honorable Senador Carlos Arturo Angel Arango:

Yo creo doctor que ese texto ya fue debidamente modificado en la primera vuelta, inclusive se extiende el periodo transitorio dos años más, se incrementa del 1.5 a 1.75 con base y termina en el 2.5 para darle un crecimiento real y adicionalmente se cambia la inflación proyectada por la inflación pasada, eso modifica sustancialmente el texto que presentó el proyecto como proyecto de ley.

Es la misma fórmula.

Doctor Pedro Hernández Castillo, Presidente ASPU:

Estoy leyendo el parágrafo transitorio del 347. Usted está en lo correcto en el parágrafo transitorio 2 del 357. Sí. Es más. Ya que usted anota ese punto.

Honorable Senador Carlos Arturo Angel Arango:

De la Nación. ¿A ese se refiere usted? Okey.

Doctor Pedro Hernández Castillo, Presidente ASPU:

Sí señor a ese. Bien. Esto nos lleva a uno: Se restringe totalmente los gastos de funcionamiento durante una década a inflación proyectada. Y está en contradicción con el parágrafo que usted hace referencia. ¿Por qué?

Porque aquí se está trabajando de 2000, se da la tabla de 2002 al 2003 en 1.75 de 2004 al 2005 en 2% y de 2006 al 2008 en 2.5. Esos son los montos en que debe crecer el sistema general de participación en términos de inflación causada más estos porcentajes que he leído.

Crea una contracción y una contradicción al mismo tiempo porque tenemos que en el transitorio del 347, restringe a inflación proyectada el crecimiento y eso es contradictorio, si este es lo proyectado, me dice que la participación de los entes territoriales del sistema va a crecer con la inflación causada.

Entonces si este es el monto, hasta aquí es el monto de transferencias y puede crecer con la inflación causada, mientras que este crece un pedacito, este puede crecer el doble. O digamos uno o dos puntos por encima. Según como sean los cálculos de contracción que haga que le apueste Planeación y Hacienda.

Entonces esta franja de aquí se va reduciendo. Eso en qué nos puede afectar: por ejemplo además de lo que se comentó ayer del situado fiscal que ahora haré referencia porque tiene que ver con el sector educación. En que nos puede comprometer por ejemplo a las Universidades Públicas. Que si este margen de gastos de funcionamiento se va contrayendo al crecer la bolsa total menos que el crecimiento, si se aceptara ese crecimiento del sistema general de participación territorial, quedaría menos disponibilidad para Ministerios y para otras instituciones como las Universidades Públicas que la Nación les transfiere en este momento un billón de pesos que entraría en contradicción por masa presupuestal disponible con el artículo 86 de la Ley 30 que obliga que tiene que estar creciendo el presupuesto de las Universidades por encima de la inflación causada.

Entonces por disponibilidad presupuestal el Gobierno y entraría a una reinterpretación constitucional, podría estar bajando esa disposición legal actual y a su vez eso va en contradicción con algo que hablamos nosotros los profesores, que hablan ustedes los parlamentarios, que hablan los políticos en general, que habla el ejecutivo, que habló ahora el Premio Nobel de Economía que estuvo dando unas conferencias. Que el país requiere un desarrollo tecnológico, científico propio. Pero si no hay disponibilidad presupuestal para ello, eso es sólo discurso y estamos asegurando es mayor dependencia, menor soberanía, menor competitividad en un mundo globalizado.

Entonces por eso a nosotros los Universitarios nos preocupa muchísimo esta nueva regla de juego que se quiere imponer. Es más. Nos hacemos preguntas que ustedes van a recibir en el documento. Será que con este tema que puede que no tenga esa intencionalidad que le voy a dar ahora, pero que una vez en blanco se presta para no a reinterpretaciones constitucionales para un cambio de jurisprudencia se quiere burlar, y entraría en contradicción y se haría posterior a artículos constitucionales como el de que el salario mínimo legal vigente, mínimo legal móvil, si¿debe de crecer con la inflación causada, y otras series de transferencias.

Será lógico y yo defiendo que no toquemos las mesadas pensionales, que se siga la regla de crecimiento con la inflación causada. Pero será lógico para el país que los trabajadores activos tengan ingresos por debajo de la inflación causada cuando los pasivos lo tienen asegurado. Se dinamiza la economía con eso. Siempre los trabajadores activos en cualquier país...

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