Acuerdo 001 - 21 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130319

Acuerdo 001

EmisorVarios - La Previsora S.A.
Número de Boletín43824

DIARIO OFICIAL 43.824 ACUERDO 001 22/11/1999 por el cual se establece la organización interna de la Previsora S.A., Compañía de Seguros, y se determinan las funciones de sus dependencias. La Junta Directiva de la Previsora S. A., Compañía de Seguros, en uso de las facultades que le confiere el literal o), del artículo 43 de los estatutos de la Compañía, A C U E R D A: CAPITULO I De la organización interna Artículo 1° La organización interna de La Previsora S. A., Compañía de Seguros, será la siguiente: 1. Asamblea General de Accionistas 1.1 Revisoría Fiscal 2. Junta Directiva 3. Presidencia 3.1 Secretaría General 3.2 Oficina de Control Interno 3.2.1 Auditoría Regional 3.3 Gerencia de Control Disciplinario y Lavado de Activos 3.4 Gerencia de Planeación 3.4.1 Subgerencia de Organización y Métodos 4. Vicepresidencia de Seguros 4.1 Oficina de Actuaria 4.2 Gerencia de Vida 4.3 Gerencia de Reaseguros 4.4 Gerencia de Control de Gestión Médica 4.5 Gerencia de Soat 4.6 Gerencia de Seguros Generales 4.7 Gerencia de Indemnizaciones de Seguros Generales 4.8 Gerencia de Riesgos Industriales 4.9 Gerencia de Automóviles 4.9.1 Subgerencia de Indemnizaciones de Automóviles 5. Vicepresidencia Comercial 5.1 Gerencia Comercial 5.1.1 Subgerencia Comercial y Licitaciones 5.1.2 Subgerencia de Intermediarios y Agentes 5.2 Gerencia de Cartera 5.3 Gerencia de Servicio al Cliente 5.3.1 Subgerencia de Servicio al Cliente 5.4 Gerencia de Producción 5.5 Gerencia de Mercadeo 5.5.1 Subgerencia de Publicidad 5.5.2 Subgerencia de Mercadeo Masivo 6. Vicepresidencia Financiera y de Operaciones 6.1 Gerencia de Planeación Financiera 6.2 Gerencia de Impuestos 6.2.1 Subgerencia de Coaseguros 6.3 Gerencia de Tesorería 6.3.1 Subgerencia de Caja 6.4 Gerencia de Contabilidad 6.4.1 Subgerencia de Análisis Contable y Balances 6.5 Gerencia de Informática 6.5.1 Subgerencia de Desarrollo, Mantenimiento y Proyectos Especiales 6.5.2 Subgerencia de Soporte Técnico 7. Vicepresidencia Jurídica 7.1 Gerencia Jurídica 7.1.1 Subgerencia de Procesos 7.1.2 Subgerencia Legal y de Contratación 8. Vicepresidencia Administrativa 8.1 Gerencia de Recursos Humanos 8.1.1 Subgerencia de Administración de Personal 8.1.2 Subgerencia de Capacitación 8.1.3 Subgerencia de Bienestar Social 8.2 Gerencia de Recursos Físicos 8.2.1 Subgerencia de Suministros 8.2.2 Subgerencia de Servicios Generales 8.2.3 Subgerencia de Documentos 9. Regionales: Centro, Intermediarios, Noroccidente, Norte, Pacífico 9.1 Gerencia Regional 9.1.1 Subgerencia Comercial 9.1.2 Subgerencia de Seguros 9.1.3 Subgerencia de Indemnizaciones 9.1.4 Subgerencia Administrativa y Financiera 10. Sucursales 10.1 Gerencia Sucursal 10.1.1 Subgerencia Sucursal 10.2 Gerencia Sucursal Centro Andino 10.2.1 Subgerencia de Seguros Sucursal Centro Andino 10.2.2 Subgerencia Administrativa y Financiera Sucursal Centro Andino Nota: En concordancia con el tamaño de cada una de las sucursales se aplica: Gerencia (Sucursal Tipo B) Gerencia y Subgerencia (Sucursal Tipo A) CAPITULO II De las funciones Artículo 2°. Las funciones de las dependencias de La Previsora S.A., Compañía de Seguros, serán las siguientes: 1. Asamblea General de Accionistas Objetivo: Ejercer las facultades y atribuciones que los estatutos le confieran y las que legal o naturalmente le correspondan como órgano supremo de la Sociedad. Facultades y atribuciones: 1. Elegir y remover libremente a los miembros de la Junta Directiva, cuya designación le corresponde, conforme a lo previsto en el artículo 39 de los Estatutos. 2. Designar y remover libremente a la persona llamada a ejercer las funciones propias de la Revisoría Fiscal de la Compañía, así como también a su suplente, asignándoles las remuneraciones a que hubiere lugar según el caso. 3. Aprobar o improbar en cada una de las sesiones ordinarias, las cuentas del ejercicio anual y del balance general cortado a diciembre 31 de cada año. En el caso de que este no fuera aprobado, nombrar de su seno una comisión plural para examinar y estudiar tales estados financieros y rendir un informe en fecha que la Asamblea señale para continuar la sesión. 4. Considerar los informes presentados por la Junta Directiva, por el Presidente de la C ompañía o por la Revisoría Fiscal, y pedirlos a cualquier otro funcionario o empleado al servicio de la Sociedad. 5. Ordenar la formación de reservas especiales y decretar aumentos de capital, mediante la capitalización de utilidades o mediante el pago de nuevos aportes, la ampliación o modificación del objeto, el cambio de domicilio social, la prórroga del término de duración de la Sociedad, o su disolución anticipada, su transformación en una de otra especie, la enajenación de la Compañía o el cambio de su denominación. 6. Dictar dentro de los límites legales, reglas para la liquidación de la Sociedad, designar uno o más liquidadores, con dos (2) suplentes personales cada uno, y señalar la remuneración que le corresponda. 7. Estudiar y aprobar las reformas estatutarias. 8. Delegar en la Junta Directiva o en la Presidencia de la Compañía, de manera precisa para cada caso concreto, alguna o algunas de sus funciones, en cuanto ellas sean por naturaleza delegables, de acuerdo con la ley. 9. Decretar la distribución de utilidades o la cancelación de pérdidas, y determinar la forma de pago de los dividendos a que haya lugar. 10. Ejercer el derecho de preferencia de que trata el artículo 17 de los estatutos. 11. Resolver todo asunto no previsto en los Estatutos, y ejercer las demás funciones y atribuciones que ellos le confieren y las que legal o naturalmente le correspondan como órgano supremo de la sociedad. (Artículo 1° del Decreto 1858 del 9 de septiembre de 1988. Escritura Publica número 4826 del 13 de octubre de 1988, de la Notaría 18 del Círculo de Bogotá). 1.1 Revisoría Fiscal Objetivo: Ejercer las funciones de ente fiscalizador en los términos y bajo cualquiera de las modalidades señaladas por la legislación mercantil en vigencia. (Artículo 1° del Decreto número 1269 del 29 de abril de 1983, Escritura Pública número 3043 del 21 de junio de 1983 Notaría Sexta del Círculo de Bogotá). Funciones: 1. Desempeñará las funciones y tendrá las atribuciones que determina la ley y las demás que le asignare la Asamblea General de Accionistas. (Artículo 1° del Decreto número 1269 del 29 de abril de 1983, Escritura Pública número 3043 del 21 de junio de 1983 Notaría Sexta del Círculo de Bogotá). 2. Junta Directiva Objetivo: Formular la política general de la sociedad, los planes y programas que debe desarrollar y controlar su funcionamiento general, todo ello de acuerdo con las reglas previstas por la Asamblea General de Accionistas, consultando tanto la Política Gubernamental como el interés de la Compañía. Funciones. 1. Someter a la aprobación del Gobierno una vez hayan sido discutidos y aprobados por la Asamblea General los Estatutos de la Sociedad y las reformas que en ellos se introduzcan. 2. Controlar el funcionamiento general de la Sociedad y verificar su conformidad con la política adoptada. 3. Crear, a solicitud de la Presidencia de la Compañía, los cargos que exijan el buen servicio y el desarrollo de la Sociedad y fijarles su remuneración. 4. Por iniciativa de la Presidencia de la Compañía, designar los Vicepresidentes, los Gerentes de Regionales y de Sucursal, que estime necesarios y fijarles las respectivas remuneraciones. 5. Convocar a la Asamblea General de Accionistas a sesiones extraordinarias cuando lo estime conveniente o lo solicite un número de accionistas que represente la cuarta parte o más del capital social. 6. Presentar a la Asamblea General, en sus sesiones ordinarias, las cuentas, los inventarios y el balance general de fin de ejercicio y una discriminación de la cuenta de pérdidas y ganancias con un proyecto de distribución de utilidades o de cancelación de las pérdidas registradas. 7. Presentar a la Asamblea General un informe sobre la marcha de la Compañía y sobre las reformas, innovaciones y ensanches que se estimen conveniente para el mejor desarrollo del objeto social, o adherir o complementar el del Presidente de la Compañía si estuviere de acuerdo con él. 8. Establecer la política general sobre la inversión que deba hacerse con las reservas de la Compañía, y delegar est a función en el Presidente, cuando lo estime conveniente. 9. Reglamentar la emisión y colocación de acciones conforme a las disposiciones legales vigentes. 10. A iniciativa de la Presidencia de la Empresa, crear o autorizar el establecimiento de Sucursales y Agencias dentro o fuera del país, a iniciativa de la Presidencia de la Compañía. 11. Cumplir y hacer cumplir los estatutos, las decisiones de la Asamblea General y las suyas propias, sirviendo como órgano consultivo permanente de la Presidencia de la Compañía. 12. Decidir si las diferencias que se presentan con motivo del ejercicio social, se resuelven mediante arreglos directos, o si se arbitran, transigen o litigan. Cuando haya diferencia entre la Sociedad y uno de sus accionistas por causa o con ocasión de lo presentes estatutos, nombrar el árbitro o árbitros a que haya lugar y el apoderado de la misma que gestionará sus intereses ante el respectivo tribunal de arbitramento, todo de conformidad con lo previsto en la ley para estos casos. 13. Disponer cuando lo estime conveniente la formación de comités especiales que asesoren al Presidente de la Compañía en asuntos determinados, investirlos de las atribuciones que a bien tengan; las respectivas remuneraciones serán fijadas por resolución ejecutiva. 14. Cumplir y reglamentar las Resoluciones de la Asamblea General de Accionistas que lo requieran. 15. Determinar la organización y funcionamiento interno de la Compañía. 16. Darse su propio reglamento. 17. Autorizar al Presidente de la Compañía para delegar en sus subalternos algunas de las funciones que a éste correspondan. (Artículo 1°, del Decreto número 907 del 2 de junio de 1995). 3. Presidencia Objetivo: Proteger todos los bienes...

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