ACUERDO 001 RD 5519 TOMO 1 - 26 de Enero de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 554911534

ACUERDO 001 RD 5519 TOMO 1

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5519 26 ENERO 2015
EmisorFundacion Gilberto Alzate AvendaÑo
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5519 • pP. 1-1 • 2015 • ENERO 26
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 49
Número 5519
2015 ENERO 26
ACUERDO DE 2015
FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO
Acuerdo Número 001
(Enero 21 de 2015)
“Por el cual se ja el incremento salarial para la
vigencia 2015, para los servidores públicos de la
Fundación Gilberto Álzate Avendaño”
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN
GILBERTO ALZATE AVENDAÑO
en ejercicio de las atribuciones legales y en
especial las conferidas por el literal del artículo 7
del Acuerdo 002 de 1999, expedido por la Junta
Directiva de la FUGA, artículo 71 de la Ley 489 de
1998 y los artículos 56, 59 y 129 del Decreto 1421
de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo
de Estado, en concepto radicado bajo el número 1220
de fecha 11 de noviembre de 1999, señaló respecto a
las competencias estatales para determinar el régimen
salarial de los empleados públicos de las entidades
descentralizadas del nivel territorial, que corresponde
a las Juntas Directivas jar los emolumentos de los
servidores públicos, con sujeción a lo que determine
el estatuto de cada entidad y todo sin desconocer el
límite máximo salarial que je el Gobierno Nacional en
desarrollo de la competencia que le fue asignada en el
parágrafo del artículo 12 de la Ley 4ª de 1992.
Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 12 de la
Ley 4ª de 1992 al Gobierno Nacional le corresponde se-
ñalar el límite máximo salarial de los servidores públicos
de las entidades territoriales, guardando equivalencias
con cargos similares en el orden nacional.
Que las directrices impartidas en la Circular No.01 del 9
de enero de 2015 expedida de manera conjunta por el
Secretario Distrital de Hacienda y el Director del Depar-
tamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, esta-
blece “el artículo 15 del Acuerdo No. 575 de 2015. El
incremento salarial en los Establecimientos Públicos,
Unidades Administrativas especiales con Personería
Jurídica y las Empresas Sociales del Estado, deberá
ser aprobado por sus respetivas Juntas o Consejos
Directivos y asumido mediante acto administrativo por
el Gerente o Representante Legal y solo se requerirá
para este efecto el concepto previo y favorable del
Departamento Administrativo del Servicio Civil”.
Que la Circular Conjunta No.01 del 09 de Enero de
2015, determina para la vigencia 2015 el incremento
salarial en un porcentaje de (5.16%) según acta de
acuerdo laboral del 24 de Noviembre de 2014 por me-
dio del cual se concertó que el gobierno Distrital para
la vigencia 2015, jaría el incremento salarial con la
cifra de inación certicada por el DANE del (3.66%)
para la vigencia 2015, mas (1.5%), establecido en
ese acuerdo.
Que teniendo en cuenta que las asignaciones básicas
cuyo incremento debió ajustarse al límite máximo sa-
larial, una vez sea jado por el Gobierno Nacional los
límites correspondiente al año 2015, sean reajustados
y adoptados proporcionalmente por la entidad.
Que la Fundacion Gilberto Alzate Avendaño, mediante
Acuerdo No. 04 de 2013 crea la Planta de personal
temporal, con las mismas asignaciones de la planta
denitiva de la Fundacion, razón por la cual procede el
reconocimiento del incremento salarial anteriormente
establecido.
Que mediante comunicación No.2015-E-E-80 del 21
de enero de 2015, el Departamento Administrativo
del Servicio Civil Distrital, emitió concepto favorable
al proyecto de acuerdo por medio del cual ja el in-
cremento salarial.

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