Acuerdo 002
Emisor | Corporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena |
Número de Boletín | 44736 |
El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, en uso de sus atribuciones legales, en especial la conferida por el artículo 7º del Decreto Reglamentario 2164 de 1991,
CONSIDERANDO:
Que tal como lo dispone el artículo 25 del Decreto 1768 de 1994, los empleados de carrera o de libre nombramiento o remoción de las Corporaciones Autónomas Regionales podrán gozar del régimen de prima técnica y estímulos a la eficiencia, creados por el Decreto‑ley 1661 de 1991, sus decretos reglamentarios y demás normas sobre la materia;
Que la prima técnica es un reconocimiento económico para atraer o mantener en el servicio del Estado a funcionarios o empleados altamente calificados que se requieran para el desempeño de cargos cuyas funciones demanden la aplicación de conocimientos técnicos o científicos especializados o la realización de labores de dirección o de especial responsabilidad de acuerdo con las necesidades específicas de cada organismo. Así mismo, será un reconocimiento al desempeño en el cargo;
Que conforme al artículo 7º del Decreto 2164 de 1991 en las entidades descentralizadas las Juntas o Consejos Directivos o Superiores, conforme con las necesidades específicas del servicio, con la política de personal que se adopte y con sujeción a la disponibilidad presupuestal, determinarán por medio de acuerdo los niveles, las escalas o los grupos...
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