Acuerdo 002 - 14 de Agosto de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43179601

Acuerdo 002

EmisorVarios - Junta Liquidadora del Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Forec en Liquidación
Número de Boletín44900

La Junta Liquidadora del Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero en Liquidación, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 111 de enero 25 de 2002, el Gobierno Nacional ordenó la supresión y liquidación del Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero, que fuera creado mediante Decreto 197 de 1999, cuyo objeto fue la financiación y realización de las actividades necesarias para la reconstrucción económica y social de la región afectada por el sism o ocurrido el 25 de enero de 1999;

Que el artículo 7° del Decreto 111 de enero 25 de 2002 dispuso la conformación de una Junta Liquidadora;

Que el artículo 10 del Decreto 111 de enero 25 de 2002 establece que: ¿En el Proceso de liquidación, se observarán las normas previstas en el Decreto 254 de 2000¿;

Que el literal j) del artículo del Decreto 254 de febrero 21 de 2000 establece como función del liquidador: ¿Celebrar los actos y contratos requeridos para el debido desarrollo de la liquidación, hasta el monto que le haya sido autorizado por la Junta Liquidadora¿,

RESUELVE:

Artículo 1° Autorizar al liquidador del Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero en Liquidación para celebrar actos y contratos requeridos para el debido desarrollo de la liquidación hasta un monto de cien millones de pesos ($100.000.000), moneda legal colombiana en cada caso.
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