Acuerdo 0036 - 18 de Julio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43224592

Acuerdo 0036

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba"
Número de Boletín45973

El Consejo Superior de la Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba", en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 17 numeral 1 del Acuerdo 0021 del 31 de agosto de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 69 garantiza la autonomía universitaria, la autodesignación de sus directivos y la expedición de sus estatutos, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 numeral primero del Acuerdo 0021 del 31 de agosto de 2004;

Que la Ley 30 de 1992 "por la cual se organiza el servicio público de educación superior, en su artículo 65 establece, entre otras funciones del Consejo Superior Universitario expedir y modificar los estatutos y reglamentos de la institución;

Que corresponde al Consejo Superior Universitario expedir y modificar los estatutos, entre ellos el de la organización electoral, tal como lo precisa el numeral 1 del artículo 17 del estatuto general vigente;

Que se hace necesario expedir la reglamentación a la que deberán sujetarse los procesos electorales internos de la universidad conforme lo dispuesto por la Constitución Nacional, la legislación aplicable a las universidades autónomas y las normas internas de la entidad;

Que debido a lo anterior,

ACUERDA:

Artículo 1° Objeto

Para garantizar la participación democrática de toda la comunidad universitaria en la vida institucional de la misma, se expide el presente estatuto que contempla la organización electoral y las normas generales que rigen los procesos electorales internos, de la Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba".

Artículo 2° Finalidad

El presente estatuto tiene como finalidad organizar, regular, controlar y vigilar los procesos electorales autorizados por el estatuto general y demás normas que expida el Consejo Superior en esta materia.

Artículo 3° Autoridad electoral

La autoridad electoral de la Universidad Tecnológica del Chocó, la ejercerá en forma permanente el Consejo Electoral, el cual se integrará ad honórem de la siguiente manera:

  1. Un representante de los profesores de la Universidad Tecnológica del Chocó, designado por la organización de dicho gremio que tenga personería jurídica y que agrupe el mayor número de afiliados.

  2. Un representante de los estudiantes de la Universidad Tecnológica del Chocó, designado por la organización de dicho gremio que tenga personería jurídica y que agrupe el mayor número de afiliados.

  3. Un representante de los egresados de la Universidad Tecnológica del Chocó, designado por la organización de dicho gremio que tenga personería jurídica y que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR