Acuerdo 004 - 6 de Octubre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43165848

Acuerdo 004

EmisorVarios - La Previsora S.A.
Número de Boletín44574

DIARIO OFICIAL 44.574 ACUERDO 004 09/05/2001 por la cual se adopta una reforma estatutaria. La Junta Directiva de La Previsora S.A. Compañía de Seguros, en ejercicio de la facultad legal conferida por el literal b) del artículo 42 de los Estatutos Sociales, ACUERDA: Artículo 1°. Apruébase la siguiente reforma estatutaria: El artículo 34 de los Estatutos Sociales quedará así: Artículo 34. Corresponde a la Asamblea General de Accionistas el ejercicio de las siguientes facultades y atribuciones: a) Adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca; b) Elegir y remover libremente a los miembros de la Junta Directiva, cuya designación le corresponde, conforme a lo previsto en el artículo 38 de los presentes estatutos; c) Designar y remover libremente a la persona llamada a ejercer las funciones propias de la Revisoría Fiscal de la Compañía, así como también a su suplente, asignándoles las remuneraciones a que hubiere lugar, según el caso; d) Aprobar o improbar en cada una de las sesiones ordinarias, las cuentas del ejercicio anual del balance general cortado a diciembre 31 de cada año. En el caso de que este no fuere aprobado, nombrar de su seno una comisión plural para examinar y estudiar tales estados financieros y rendir un informe en fecha que la Asamblea señale para continuar la sesión; e) Considerar los informes presentados por la Junta Directiva, por el Presidente de la Compañía, o por la Revisoría Fiscal, y pedirlos a cualquier otro funcionario o empleado al servicio de la sociedad; f) Ordenar la formación de reservas especiales y decretar aumentos de capital, mediante la capitalización de utilidades o mediante el pago de nuevos aportes, la ampliación o modificación del objeto, el cambio de domicilio social, la prórroga del término de duración de la sociedad, o su disolución anticipada, su transformación en una de otra especie, la enajenación de la empresa o el cambio de su denominación; g) Dictar, dentro de los límites legales, reglas para la liquidación de la sociedad, designar uno o más liquidadores con dos (2) suplentes personales cada uno, y señalar la remuneración que les corresponda; h) Delegar en la Junta Directiva o en la Presidencia de la Compañía, de manera precisa para cada caso concreto, alguna o algunas de sus funciones en cuanto ellas sea por naturaleza delegables de acuerdo con la ley; i) Decretar la distribución de utilidades o la cancelación de pérdidas, y determinar la forma de...

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