Acuerdo 005 - 7 de Febrero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43246342

Acuerdo 005

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín46535

La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el literal a) del artículo 5° del Decreto 3155 de 1968, en concordancia con el numeral 1 del artículo del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, por el cual se reglamenta la Ley 1002 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 72 del Decreto 663 del 2 de abril de 1993 establece la obligación de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y de sus administradores, de llevar la contabilidad de la entidad vigilada según las normas aplicables, de tal forma que sea posible conocer la situación patrimonial y de las operaciones que realiza.

Que el artículo 7° del Decreto 1914 del 10 de julio de 2003 señala que el representante legal y el máximo organismo colegiado de dirección, según sea la entidad pública que se trate, serán responsables de adelantar las gestiones necesarias que conduzcan a garantizar la sostenibilidad y permanencia de un sistema contable que produzca información razonable y oportuna.

Que de conformidad con los principios de contabilidad del Plan General de Contabilidad Pública adoptados mediante las Resoluciones números 400 de 2000 y 222 de 2006, la entidad debe identificar las partidas inconsistentes que afectan los estados contables institucionales, con el objeto de revelar la magnitud y origen de los problemas, y generar el espacio que conlleve a que se adelanten las acciones pertinentes y la expedición de los actos administrativos que se requieran para que las áreas contables procedan a efectuar los ajustes que en cada caso procedan.

Que las precitadas Resoluciones establecen como obligación de las entidades, velar porque la información contable acredite los bienes, derechos y obligaciones ciertas del ente público y como tal debe ser consistente y coherente con las existencias físicas y financieras de recursos y obligaciones, de manera que ampare su procedencia y origen, y pueda ser objeto de comprobaciones exhaustivas o aleatorias, internas o externas. Las diferencias que resulten en estos procedimientos conciliatorios...

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