Acuerdo JD-027
Emisor | Varios - Empresa Nacional de Telecomunicaciones |
Número de Boletín | 43784 |
DIARIO OFICIAL 43.784 ACUERDO JD-027 16/11/1999 por medio del cual se establecen las modalidades del Sistema de Atención indirecta SAI y se faculta al Presidente de la Empresa para expedir la reglamentación respectiva. La Junta Directiva de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4°, artículo 11 de los estatutos, y CONSIDERANDO: ¿ Que el Sistema de Atención Indirecta, SAI, de Telecom está bien posicionado en el mercado de telecomunicaciones, pero debe adecuarse para asegurar su supervivencia en un ambiente de competencia y permitir a Telecom ampliar sus puntos de venta; ¿ Que Telecom debe determinar las modalidades de Atención Indirecta del Servicio, acordes con los distintos segmentos del mercado, los servicios que pueden ofrecerse a cada uno de ellos en términos económicos favorables para la Empresa y los contratistas del sistema, ACUERDA: Artículo 1°. Adoptar para su desarrollo en el Sistema de Atención Indirecta, SAI, las siguientes modalidades de atención y venta de los servicios de Telecomunicaciones: SAI RURAL SAI con administración de Telefonía Local. SAI Urbano. Servicios vía Telecom ¿ Sevitelco. Artículo 2°. Las modalidades anteriores estarán a cargo de terceros quienes en calidad de contratistas y/o comercializadores de Telecom venden en forma exclusiva a los usuarios que lo requieran productos y servicios de Telecom en las condiciones que se estipulen en el presente acuerdo, las normas reglamentarias y los contratos que se celebren entre las partes. Artículo 3°. Para efectos del presente acuerdo se definen los siguientes términos: C.T: Centro de Telecomunicaciones. Es el punto de atención y venta al público de los servicios de Telecom. SAI RURAL. Es un CT ubicado fuera del perímetro urbano de un municipio y que dispone para su operación de un máximo de dos líneas telefónicas. SAI con administración de Telefonía Local. Es una modalidad de atención administrativa del servicio de telefonía local y prestación de los servicios de TPBCLD y TPBCLE y otros servicios de Telecom a través del CT en localidades donde la empresa tenga equipos de conmutación telefónica con un número igual o inferior a trescientas líneas en planta interna. SAI Urbano está constituido por CT o puntos de venta exclusivos a de los servicios de telecomunicaciones prestados por Telecom, ubicados dentro del perímetro urbano de municipios con más de trescientas (300) líneas locales en...
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