Acuerdo JD-027 - 16 de Noviembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43128041

Acuerdo JD-027

EmisorVarios - Empresa Nacional de Telecomunicaciones
Número de Boletín43784

DIARIO OFICIAL 43.784 ACUERDO JD-027 16/11/1999 por medio del cual se establecen las modalidades del Sistema de Atención indirecta SAI y se faculta al Presidente de la Empresa para expedir la reglamentación respectiva. La Junta Directiva de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4°, artículo 11 de los estatutos, y CONSIDERANDO: ¿ Que el Sistema de Atención Indirecta, SAI, de Telecom está bien posicionado en el mercado de telecomunicaciones, pero debe adecuarse para asegurar su supervivencia en un ambiente de competencia y permitir a Telecom ampliar sus puntos de venta; ¿ Que Telecom debe determinar las modalidades de Atención Indirecta del Servicio, acordes con los distintos segmentos del mercado, los servicios que pueden ofrecerse a cada uno de ellos en términos económicos favorables para la Empresa y los contratistas del sistema, ACUERDA: Artículo 1°. Adoptar para su desarrollo en el Sistema de Atención Indirecta, SAI, las siguientes modalidades de atención y venta de los servicios de Telecomunicaciones: SAI RURAL SAI con administración de Telefonía Local. SAI Urbano. Servicios vía Telecom ¿ Sevitelco. Artículo 2°. Las modalidades anteriores estarán a cargo de terceros quienes en calidad de contratistas y/o comercializadores de Telecom venden en forma exclusiva a los usuarios que lo requieran productos y servicios de Telecom en las condiciones que se estipulen en el presente acuerdo, las normas reglamentarias y los contratos que se celebren entre las partes. Artículo 3°. Para efectos del presente acuerdo se definen los siguientes términos: C.T: Centro de Telecomunicaciones. Es el punto de atención y venta al público de los servicios de Telecom. SAI RURAL. Es un CT ubicado fuera del perímetro urbano de un municipio y que dispone para su operación de un máximo de dos líneas telefónicas. SAI con administración de Telefonía Local. Es una modalidad de atención administrativa del servicio de telefonía local y prestación de los servicios de TPBCLD y TPBCLE y otros servicios de Telecom a través del CT en localidades donde la empresa tenga equipos de conmutación telefónica con un número igual o inferior a trescientas líneas en planta interna. SAI Urbano está constituido por CT o puntos de venta exclusivos a de los servicios de telecomunicaciones prestados por Telecom, ubicados dentro del perímetro urbano de municipios con más de trescientas (300) líneas locales en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR