Acuerdo 042 - 6 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43241346

Acuerdo 042

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Surcolombiana
Número de Boletín46383

El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 30 de 1992 y el Estatuto General, y

CONSIDERANDO:

¿ Que el artículo 57 de la Ley 30 de 1992 preceptúa ¿Las universidades estatales u oficiales deben organizarse como entes universitarios autónomos, con régimen especial y vinculados al Ministerio de Educación Nacional en lo que se refiere a las políticas y la planeación del sector educativo.

Los entes universitarios autónomos tendrán las siguientes características: personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera, patrimonio independiente y podrán elaborar y manejar su presupuesto de acuerdo con las funciones que le corresponden.

El carácter especial del régimen de las universidades estatales u oficiales comprenderá la organización y elección de directivas, del personal docente y administrativo, el sistema de las universidades estatales u oficiales, el régimen financiero y el régimen de contratación y control fiscal, de acuerdo con la presente ley¿;

¿ Que el artículo 62 de la Ley 30 de 1992 especifica que ¿cada universidad adoptará en su estatuto general la estructura que comprenda entre otras, la existencia de un Consejo Superior Universitario y un Consejo Académico, acordes con su naturaleza y campos de acción¿;

¿ Que el artículo 21 de del Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación número 2350 del 29 de diciembre de 1995 dice: ¿La propuesta de modificación a las plantas de personal requerirá para su consideración y trámite por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General del Presupuesto Nacional, los siguientes requisitos:

  1. Exposición de motivos.

  2. Costos y gastos comparativos de las plantas vigente y propuesta.

  3. Análisis de los gastos en bienes y servicios corrientes en que se incurra con la modificación, tales como nuevos espacios físicos, equipos y servicios públicos.

  4. Efectos sobre los gastos de inversión.

  5. Concepto previo del departamento Nacional de Planeación si se afectan los gastos de Inversión.

Para todos los efectos legales, se entenderá como valor límite por servicios personales el monto de la apropiación presupuestal.

El Departamento de la Función Pública aprobará las propuestas de modificaciones a las plantas de personal, cuando hayan obtenido la viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General del Presupuesto Nacional, en caso de ser necesaria¿;

¿ Que la Dirección General de Presupuesto Nacional mediante oficio número 1968 del 23 de mayo de 1996 ¿emite concepto favorable de viabilidad presupuestal al proyecto de planta de empleados públicos, el cual modifica la viabilidad otorgada mediante oficio número 1707 del 6 de mayo de 1996. La modificación tendrá un costo adicional de $18.9 millo nes en las asignaciones básicas mensuales a precios de 1996.

La nueva planta de empleados públicos constará de 213 cargos con un costo en las asignaciones básicas de $88.9 millones a precios de 1996.

La planta de personal de la Universidad Surcolombiana quedara así:

CONSULTAR TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

La provisión de los cargos no podrá exceder el monto de las apropiaciones presupuestales vigentes y el costo de la misma no podrá superar el monto de las apropiaciones presupuestales vigentes incluidas en el presupuesto para la vigencia fiscal de 1996¿;

¿ Que mediante Acuerdo 021 del 15 de mayo de 1996 el Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana fijó la planta global del personal administrativo;

¿ Que el Consejo Superior mediante Acta número 017 del 31 de octubre de 1995, aprobó la estructura macro de la Universidad Surcolombiana;

¿ Que se requiere protocolizar lo aprobado, adicionar al Estatuto General la Estructura básica y distribuir los cargos de la planta administrativa global de la Universidad Surcolombiana. En consecuencia,

ACUERDA

CAPITULO I Artículos 1 y 2

De la estructura básica y las misiones

Artículo 1° Adicionar al estatuto general la estructura básica de la Universidad Surcolombiana, para el cumplimiento de la misión, objetivos, planes y...

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