Acuerdo 046 - 6 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43241336

Acuerdo 046

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Surcolombiana
Número de Boletín46383

El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en particular la establecida en el artículo 2° numeral 4 del Estatuto General de la Universidad Surcolombiana, y

CONSIDERANDO:

Que en la Estructura Orgánica de la Universidad existe la Dirección de Extensión;

Que la nueva normatividad de educación superior adopta el término de Proyección Social para referirse a la Extensión;

Que en el Acuerdo 020 de 2003 del Consejo Superior Universitario, mediante el cual se define el Proyecto Educativo Universitario (PEU), la Proyección Social se contempla dentro de los principios de Coherencia y Solidaridad como un propósito institucional;

Que el Acuerdo 057 de 2002 del Consejo Superior Universitario, por el cual se aprueba el Plan de Desarrollo de la Universidad Surcolombiana 2003-2007, establece la Proyección de la Universidad hacia la solución de los problemas sociales de la región y del país;

Que de conformidad con la Constitución Política de Colombia y la Ley 30 de 1992 consagran el principio de autonomía universitaria, para que las Universidades puedan dar y modificar sus estatutos;

Que con merito en lo expuesto;

ACUERDA:

Capítulo Preliminar

Artículo 1° Adoptar el término de Proyección Social para la función misional hasta el momento denominada como Extensión.
Artículo 2° Expedir el Estatuto Básico de Proyección Social de la Universidad Surcolombiana.
CAPITULO I Artículo 3

De la Misión

Artículo 3°

La Proyección Social se enmarca dentro de la Misión de la Universidad cuando se refiere a la formación integral de profesionales a través de la asimilación, producción, aplicación y difusión de conocimiento científico, humanístico, tecnológico, artístico y cultural con espíritu crítico, para que aborden eficazmente la solución de los problemas relevantes del desarrollo humano integral de la región sur colombiana, con proyección nacional e internacional, dentro de un marco de libertad de pensamiento, pluralismo ideológico y de conformidad con una ética que reivindique la solidaridad y la dignidad humana.

CAPITULO II Artículo 4

De los Principios

Artículo 4° Además de los principios organizacionales de la Universidad Surcolombiana, son principios de la Proyección Social los siguientes:
  1. Comunicación y difusión del conocimiento. La Universidad Surcolombiana mantendrá comunicación de doble vía con el entorno;

  2. Servicio. La Universidad Surcolombiana servirá a la comunidad y a los estamentos que lo requieran;

  3. Formación. La comunidad en general se beneficiará de los procesos de formación que se generen en la investigación y en la docencia.

  4. Compromiso. La Universidad concretará su compromiso a través de convenios con la sociedad para la realización de programas, proyectos y actividades que atiendan las necesidades de la población.

  5. Cooperación. La Universidad cooperará con otras entidades o comunidad en general en la realización de programas y proyectos que puedan producir avance en el conocimiento cultural o social.

  6. Pertinencia. La Universidad Surcolombiana pondrá a prueba l a validez y pertinencia de los procesos de proyección social, mediante la producción y divulgación de conocimientos a la comunidad en general, con el fin de generar procesos de retroalimentación del medio hacia ella.

CAPITULO III Artículos 5 a 9

De las Políticas

Artículo 5° La Proyección Social como un Proyecto Académico

La Proyección Social como proyecto académico se enmarcará en los principios y criterios de calidad y articulado a la docencia y a la investigación, teniendo en cuenta las fortalezas propias de la Universidad.

Las Facultades, los Programas, los Departamentos e Institutos de la Universidad diseñarán y ejecutarán programas y proyectos de proyección social, tendientes a ofrecer propuestas o solución a los problemas del medio. Estos programas y proyectos podrán desarrollarse en cooperación con instituciones del sector externo.

Artículo 6° La Proyección Social como comunicadora del Conocimiento

Es necesario recurrir a diferentes estrategias como congresos, seminarios, publicaciones, para la difusión del conocimiento, de tal manera que sea socialmente útil y contribuya a los avances científicos, sociales, técnicos y culturales de la región y del país.

Artículo 7° La Proyección Social como factor que fomenta la articulación con el Sector Externo, Nacional e Internacional

La Universidad será asesora permanente, asesora de los actores sociales, y debe vincularse por medio de sus facultades a proyectos de desarrollo, de investigación, de capacitación, de servicios especializados de laboratorios que redunden en el mejoramiento de la producción y productividad del sector. Los proyectos y servicios de Proyección Social se pueden desarrollar en un marco de cooperación interinstitucional, intra e intersectorial.

Artículo 8° La Proyección Social como transformadora del entorno

Tanto el medio como la comunidad universitaria deberán beneficiarse de las actividades de proyección social para que genere un impacto social positivo.

Artículo 9° La Proyección Social como medio de integración de estudiantes y egresados en los proyectos de Proyección Social

Los proyectos que se elaboren en la Universidad deberán propiciar la participación de estudiantes y egresados, constituyéndose en un proceso fundamental para su formación y acercamiento al campo laboral.

CAPITULO IV Artículo 10

De los Objetivos

Artículo 10 Son objetivos de la Proyección Social:
  1. Establecer procesos de diálogo entre la Universidad Surcolombiana y entidades, comunidades, asociaciones, organismos, y estamentos del orden local, regional, nacional e internacional, a partir del intercambio de saberes, prácticas y conocimientos científicos, tecnológicos y humanísticos.

  2. Articular la Proyección Social con la Docencia y la Investigación para contribuir en la formación Integral que se plantea en la Misión, el Plan de Desarrollo y el Proyecto Educativo Universitario (PEU) de la Universidad.

  3. Establecer macroproyectos entre la Universidad y la comunidad con el fin de ofrecer alternativas de solución a necesidades y problemas relevantes que afecten a nivel local, regional y nacional.

  4. Promover la conformación de equipos interdisciplinarios, intrainstitucionales e interinstitucionales de proyección social constituidos por docentes y estudiantes para que diseñen y ejecuten proyectos orientados hacia la construcción, recuperación y difusión de la identidad cultural.

  5. Propiciar el desarrollo de las diferentes formas de proyección social y servicios en las Facultades de tal forma que permitan su consolidación.

CAPITULO V Artículos 11 a 14

De las formas de Proyección Social

Artículo 11 Proyección Social Solidaria

Son las acciones que emprende la Universidad con el objeto de procurar el desarrollo de capacidades comunitarias, sociales e institucionales específicas. Se asimila al concepto de extensión no remunerada ya que no genera a la Universidad excedente o utilidad financiera; su rentabilidad es social.

Artículo 12 Se considera como proyección social solidaria las prácticas académicas y los macroproyectos universitarios que obedezcan a Convenios o proyectos de interés Institucional de la Universidad.

Las prácticas académicas son aplicación de conocimientos ante situaciones socioeconómicas y culturales concretas, con el fin de lograr la validación de saberes, el desarrollo de habilidades profesionales y la atención directa de las necesidades del medio, mediante el sistema de centros de prácticas, Convenios Departamentales, Nacionales e Internacionales y otras modalidades de intercambio.

Las prácticas tendrán tres intencionalidades, así:

  1. Docente. Su objetivo es lograr una mayor cualificación de profesores y de estudiantes y obtener una adecuada interrelación entre los aspectos teóricos y prácticos de los distintos saberes y permitir el enriquecimiento de la docencia en los procesos curriculares.

  2. Social. Consiste en desarrollar programas y proyectos que contribuyan al mejoramiento de las condiciones reales del medio, mediante la vinculación de profesores y estudiantes a esta actividad.

  3. Investigativa. Busca lograr a través del desarrollo de las actividades de Proyección Social el proceso de retroalimentación en el ejercicio práctico, permitiéndole tanto al docente, al estudiante y a la comunidad aprovechar los nuevos conocimientos que se generen.

Parágrafo. Las Facultades, de acuerdo con la complejidad de los programas de práctica, elaboran su propia reglamentación. Los recursos económicos de esta modalidad de Proyección Social se administran a través de los Fondos Especiales. Los convenios y los Macroproyectos se presentan para su aprobación al Consejo Superior quien autoriza su suscripción al Rector como su Representante Legal.

Artículo 13 Proyección Social Remunerada

Comprende aquellas actividades de Proyección Social que dan lugar a derechos pecuniarios,

La Universidad Surcolombiana ofrecerá Proyección Social remunerada a través de:

  1. Cursos Libres. (Acuerdo 006 de 1997 artículo 2°) Son los ofrecidos por la Universidad para completar la educación o actualizar los conocimientos a toda persona que desee realizarlos, los cuales deben ser ejecutados por cada Facultad, previa programación;

  2. Educación Permanente o educación continuada. La Universidad ofrecerá programas de educación permanente a egresados, instituciones, organizaciones e individuos que lo demanden, para posibilitar la actualización de los profesionales en el campo de su desempeño, y propiciar el mejoramiento...

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