Acuerdo 064 - 2 de Septiembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43213552

Acuerdo 064

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad de Pamplona
Número de Boletín45659

El honorable Consejo Superior de la Universidad de Pamplona, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la experiencia ha demostrado, que en algunos casos, el plazo inicialmente concedido de tres (3) años para cursar los estudios de doctorado es insuficiente.

  2. Que comunicaciones remitidas por algunas universidades, con las cuales la Universidad de Pamplona ha establecido convenios de formación doctoral, han manifestado la necesidad de ampliación del tiempo de comisión para la formación de estos doctores.

  3. Que algunas universidades han expresado el compromiso de asumir los costos de manutención generados por la prórroga de dicha comisión,

ACUERDA:

Artículo 1º

A los profesores de tiempo completo ocasional, que adelantan estudios en universidades que asuman los costos de manutención generados por la prórroga de su Comisión de Estudios y que dando cumplimiento a su contrato presenten la solicitud de autorización al Consejo Superior con una antelación no inferior a 30 días, acompañada de la constancia del Director del Doctorado, en la que certifique que se requiere la prórroga; se les ampliará la Comisión hasta por el término de un (1) año, sin que reciban reconocimiento económico de la Universidad de Pamplona.

Artículo 2º

A los profesores de tiempo completo ocasional, que adelantan estudios en otras universidades y que dando cumplimiento a su contrato, presenten la solicitud de autorización al Consejo Superior con una antelación no inferior a 30 días...

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