Acuerdo 11 - 12 de Mayo de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43221872

Acuerdo 11

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín45906

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, el inciso 2º del artículo 120 del Decreto 2811 de 1974 y el numeral 20 del artículo 24 de la Resolución 703 del 25 de junio de 2003, por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 120 del Decreto 2811 de 1974 "El usuario a quien se haya otorgado una concesión de aguas, y el dueño de las aguas privadas estarán obligados a presentar, para su estudio y aprobación, los planos de las obras necesarias para captar, controlar, conducir, almacenar o distribuir el caudal. Las obras no podrán ser utilizadas mientras su uso no se hubiere autorizado;

Se establecerán las excepciones a lo dispuesto en este artículo según el tipo y la naturaleza de las obras";

Que así mismo el Título VIII del Decreto 1541 de 1978 denominado "De las obras hidráulicas" en su artículo 188 y el artículo 106 del Acuerdo 10 de 1989, "Por el cual se dictan normas para administrar las aguas de uso público en el área de jurisdicción de la CAR", establecen que las obras, trabajos o instalaciones requieren de dos aprobaciones:

  1. La de los planos, incluidos los diseños finales de ingeniería, memorias técnicas descriptivas, especificaciones técnicas y plan de operación; aprobación que debe solicitarse y obtenerse antes de empezar la construcción de las obras, trabajos o instalaciones;

b) La de las obras, trabajos o instalaciones una vez terminada su construcción y antes de comenzar su uso, y sin cuya aprobación este no podrá ser iniciado;

Que la Corporación mediante Memorando de la Subdirección de Gestión Ambiental Compartida, elaboró el documento denominado "Propuesta para la captación de pequeños caudales", el cual contiene la justificación técnica para el establecimiento de las excepciones a lo previsto en el artículo 120 del Decreto 2811 de 1974, teniendo en cuenta la naturaleza y clase de las obras;

Que constituye la justificación del presente acuerdo, que en el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, el mayor porcentaje de las...

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