Acuerdo 118 - 7 de Enero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187793

Acuerdo 118

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad de Pamplona
Número de Boletín45056

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 69 consagra y garantiza la autonomía universitaria a través de la cual las universidades, pueden darse y modificarse sus estatutos y reglamentos.

  2. Que la Ley 30 de 1992 en su artículo 28, desarrolla la autonomía universitaria y reconoce a las universidades el derecho a arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social.

  3. Que estatutariamente es función del Consejo Superior de la Universidad de Pamplona, definir las políticas académicas, administrativas, contractuales y de planeación de la Institución.

  4. Que la Universidad de Pamplona, actualmente ofrece con Registro ICFES, las carreras profesionales en Administración de Empresas y Contaduría, en la modalidad educación abierta y a distancia, con un valor semestral equivalente a 2.4 salarios mínimos, mensuales, legales vigentes.

  5. Que la oferta y demanda de cupos en los programas de Administración de Empresas y Contaduría, en la modalidad a distancia, dentro del sistema universitario colombiano ha originado una distorsión en los derechos pecuniarios por concepto de matrícula, con tendencia a la baja.

  6. Que una condición para incrementar la demandada de cupos en los programas de Administración de Empresas y Contaduría en la modalidad a distancia es la modificación del valor actual de la matrícula,

ACUERDA:

Artículo 1° Fíjese el valor de la matrícula semestral en dos (2) salarios mínimos mensuales, legales vigentes, para los programas de Administración de Empresas y Contaduría de la Universidad de...

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