Acuerdo 134
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto de Educación Técnica Profesional Roldanillo-Valle |
Número de Boletín | 45458 |
El Consejo Superior Universitario de la Universidad de Pamplona, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
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Que el Estatuto del Profesor Universitario de la Universidad de Pamplona, en su Capítulo VIII, establece los criterios de la evaluación de los docentes.
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Que es necesario reglamentar la evaluación docente estableciendo las fuentes e instrumentos y procedimientos que permitan obtener información válida, confiable y objetiva sobre el desempeño de los profesores universitarios.
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Que el régimen salarial de los profesores universitarios, prevé un puntaje por experiencia calificada, que debe basarse es una evaluación anual de su desempeño.
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Que el Consejo Académico en su sesión del día 5 de noviembre y según consta en el Acta número 13, recomendó al Consejo Superior Universitario, aprobar el Sistema de Evaluación del Profesor Universitario en la Universidad de Pamplona,
ACUERDA:
Son objetivos de la evaluación del profesor de la Universidad de Pamplona, los siguientes:
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Garantizar la calidad académica de sus programas;
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Obtener información confiable acerca del desempeño docente del profesor de la Universidad de Pamplona, como factor de retroalimentación profesional;
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Diagnosticar las necesidades de actualización, capacitación y perfeccionamiento...
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