Acuerdo 176 - 18 de Septiembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43141500

Acuerdo 176

EmisorVarios - Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
Número de Boletín44165

DIARIO OFICIAL 44165 ACUERDO 176 28/08/2000 por el cual se establece un procedimiento excepcional para afiliar a los potenciales beneficiarios al Régimen Subsidiado, se determina una ampliación de cobertura y se dictan otras disposiciones. El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 212 y 172 numeral 12 de la Ley 100 de 1993, y CONSIDERANDO: Que la Ley 509 de 1999 y el Decreto 47 de 2000, establece que el núcleo familiar de las Madres Comunitarias del ICBF tendrán el derecho a la prestación de los servicios de salud, como afiliados prioritarios del Régimen Subsidiado; Que las Cajas de Compensación Familiar conforme al Decreto 955 de 2000, destinarán progresivamente recursos del Régimen Subsidiado para la afiliación de niños menores de 6 años abandonados, y destinarán los excedentes de los recursos que administran directamente en cuentas independientes del resto de sus rentas y bienes, para financiar la ampliación de cobertura al régimen subsidiado mediante el otorgamiento de subsidios; Que a la fecha existen excedentes de los recursos que las Cajas de Compensación Familiar administran conforme a lo dispuesto en el artículo 217 de la Ley 100 de 1993, correspondientes a los balances de 1996, 1997,1998 y 1999, según la certificación expedida por la Superintendencia Nacional de Salud; Que se hace necesario establecer un procedimiento excepcional para afiliar a los potenciales beneficiarios del Régimen Subsidiado con cargo a los recursos mencionados, ACUERDA: Artículo 1º. Objeto. El presente acuerdo tiene por objeto fijar el procedimiento excepcional para afiliar a los potenciales beneficiarios al Régimen Subsidiado con cargo a los excedentes de las vigencias 1996, 1997, 1998 y 1999 de los recursos que las Cajas de Compensación Familiar administran directamente conforme lo establece el artículo 217 de la Ley 100. Con base en el informe del Balance Anual de las Cajas de Compensación Familiar con corte a 31 de marzo del 2000, consolidado por la Superintendencia Nacional de Salud, se tiene que los recursos disponibles de los excedentes corresponden a $38.190.302.286, los cuales permiten financiar 106.064 cupos para la ampliación de cobertura en el Régimen Subsidiado y su sostenibilidad hasta el año 2002; El Ministerio de Salud con base en la misma información determinará el número de cupos por Entidad Territorial, e informará a las mismas, con el fin de que se lleve a cabo el proceso de afiliación y contratación. Artículo 2°. Identificación de beneficiarios. Los miembros del núcleo familiar de las madres comunitarias del ICBF, se identificarán mediante listado censal, en donde se relacionará el respectivo documento de identidad, y el cual será elaborado por el ICBF del...

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