Acuerdo 28 - 18 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43168677

Acuerdo 28

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana
Número de Boletín44650

DIARIO OFICIAL 44.650 ACUERDO 28 03/12/2001 por el cual se fija la fecha de asignación del subsidio familiar de vivienda para la población desplazada. La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las establecidas en los numerales 7 y 9 del artículo 14 de la Ley 3ª de 1991, Ley 387 de 1997, y los Decretos número 2620 del 18 de diciembre de 2000 y 951 de 2001. CONSIDERANDO: Que la Ley 387 de 1997 define en su artículo 1° como persona desplazada a aquella ¿que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: Conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los Derechos Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público¿; Que de acuerdo con la citada Ley 387 de 1997, es responsabilidad del Estado Colombiano formular políticas y adoptar medidas para la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia, fijando en el numeral 14 del artículo 19 que el Inurbe desarrollará programas especiales de vivienda para atender las necesidades de vivienda de la población desplazada por la violencia; Que el...

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