ACUERDO 385 RD 4235 - 3 de Julio de 2009 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445773098

ACUERDO 385 RD 4235

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4235 3 JULIO 2009
EmisorConcejo de Bogota D.c.
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4235 • pP. 1-1 • 2009 • JULIO 3
ACUERDOS DE 2009
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 43
Número 4235
2009 JULIO 3
CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
Acuerdo Número 384
(Julio 2 de 2009)
“Por el cual se establecen lineamientos
que faciliten el acceso a la Educación
Superior en Bogotá”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las que le coneren
los artículos 7, 8, 12, y 13 del
Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO QUE:
La educación superior es un Derecho Constitucional.
Es obligación legal y reglamentaria de la Administración
implementar normas que establezcan, reglamenten y
hagan efectivo el derecho a la educación.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1.- El Gobierno de Bogotá, a través de la
Secretaría Distrital de Educación, adoptará las medi-
das que sean pertinentes para poner a disposición de
la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, las
instalaciones de los colegios distritales que reúnan los
requisitos necesarios, con el objeto de que dicha insti-
tución universitaria desarrolle en ellas sus programas
de docencia de educación superior.
ARTÍCULO 2.- Las medidas a que se reere el artículo
anterior estarán orientadas por el propósito de facilitar
el acceso de los jóvenes de los estratos socioeconómi-
cos 1, 2 y 3 a una educación superior de calidad.
ARTÍCULO 3.- Lo dispuesto en el presente acuerdo se
llevará a efecto con pleno respeto de la autonomía de
que dispone, conforme a la ley, la Universidad Distrital
Francisco José de Caldas.
ARTÍCULO 4.- La ejecución del presente Acuerdo se
ajustará a las previsiones de carácter presupuestal
del plan de desarrollo vigente, y quedará sometida a
la existencia de disponibilidades presupuestales en las
respectivas vigencias scales.
ARTÍCULO 5.- El presente Acuerdo rige a partir de
su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
SOLEDAD TAMAYO TAMAYO
Presidenta
ROSA ELENA MORALES MENESES
Secretaría General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ
DISTRITO CAPITAL
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
JULIO 2 DE 2009
Acuerdo Número 385
(Julio 2 de 2009)
“Por medio del cual se crean los Bancos de Pro-
visión para el Área de Maternidad en los Hospita-
les de la Red Pública del Distrito Capital”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de sus atribuciones Constituciona-
les y legales, especialmente las

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