ACUERDO 412 RD 4332 - 3 de Diciembre de 2009 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445773114

ACUERDO 412 RD 4332

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4332 3 DICIEMBRE 2009
EmisorConcejo de Bogota D.c.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4332 • pP. 1-2 • 2009 • diciembre 3
2
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. A partir del primero de Enero de 2010,
los vehículos nuevos de servicio de transporte terrestre
de pasajeros público individual, colectivo y masivo que
comiencen a operar o sean objeto de reposición en
el Distrito Capital, deberán utilizar para su funciona-
miento combustibles y tecnologías limpias, conforme
los denan las disposiciones legales y reglamentarias
pertinentes.
ARTÍCULO 2. Los vehículos nuevos adquiridos y/o que
vayan a ser tomados en arriendo por la Administración
del nivel central, descentralizado y local del Distrito Ca-
pital, a partir del 1º. de Enero de 2010 deberán utilizar
combustibles y tecnologías limpias, de conformidad
con el marco jurídico legal vigente.
ARTÍCULO 3. El presente acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
SOLEDAD TAMAYO TAMAYO
Presidenta
ROSA ELENA MORALES MENESES
Secretaría General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ,
DISTRITO CAPITAL
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.
Diciembre 2 de 2009
(Diciembre 2 de 2009)
“Por medio del cual se establece la estrategia
integral de orientación profesional y vocacional
en el Sistema Educativo Ocial de Bogotá”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las que le coneren el artí-
culo 8 y el numeral 1º del artículo 12 del Decreto
Ley 1421 de 1993,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1.- Establézcase la estrategia integral
de orientación profesional y vocacional en el sistema
educativo ocial de Bogotá.
ARTÍCULO 2.- La estrategia integral busca fortalecer
el sistema de orientación vocacional y profesional en
el cuarto ciclo (grados octavo y noveno) del sistema
educativo ocial de Bogotá.
ARTÍCULO 3.- La Secretaría Distrital de Educación,
garantizará que los estudiantes de cuarto ciclo (grados
octavo y noveno) y quinto ciclo (grados décimo y undé-
cimo), conozcan y accedan a la información de la oferta
educativa, de educación superior, formación para el
trabajo y las demandas del sector socio-productivo.
ARTÍCULO 4.- La Secretaría Distrital de Educación,
enviará informe anual al Concejo de Bogotá, donde
relacione las acciones desarrolladas para la ejecución
del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 5.- El presente Acuerdo rige a partir de
su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
SOLEDAD TAMAYO TAMAYO
Presidenta
ROSA ELENA MORALES MENESES
Secretaría General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ,
DISTRITO CAPITAL
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.
Diciembre 2 de 2009
(Diciembre 2 de 2009)
“Por el cual se institucionalizan las jornadas
comunitarias y operativas de limpieza ambiental
local para ríos, humedales y quebradas ubicadas
en el D. C. y se dictan otras disposiciones”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus atribuciones constitucionales y
legales y en especial las conferidas por el
Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 12
numeral 1 y numeral 7

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