ACUERDO 619 RD 5695 - 16 de Octubre de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 587516390

ACUERDO 619 RD 5695

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5695 16 OCTUBRE 2015
EmisorConcejo de Bogota D.c.
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5695 • pP. 1-1 • 2015 • OCTUBRE 16
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 49
Número 5695
2015 OCTUBRE 16
ACUERDO DE 2015
CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
Acuerdo Número 619
(Septiembre 29 de 2015)
“POR EL CUAL SE DICTAN NORMAS
PARA ESTIMULAR EL USO DE VEHÍCULOS
ELÉCTRICOS E HÍBRIDOS COMO UNA
ESTRATEGIA PARA MITIGAR EL CAMBIO
CLIMÁTICO EN EL DISTRITO CAPITAL”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales y en especial de las conferidas por
el artículo 12, numerales 1 y 7 del Decreto Ley
1421 de 1993.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1º. El presente Acuerdo tiene como objeto
fomentar el uso de vehículos eléctricos e híbridos en
el Distrito Capital, para reducir los gases de efecto
invernadero y mejorar la calidad del aire.
ARTÍCULO 2º. La Administración Distrital diseñará una
estrategia para promover la instalación de puntos de
recarga, con el n de propiciar el uso y funcionamiento
de vehículos eléctricos e híbridos en la ciudad.
ARTÍCULO 3º. La Administración Distrital elaborará
un reglamento técnico en el marco de las normas del
Sistema de Gestión de Calidad y Seguridad Industrial,
en concordancia con las normas nacionales y el Código
de Construcción del Distrito, donde se indiquen los
requisitos respecto de la infraestructura para los pun-
tos de recarga de los vehículos eléctricos e híbridos.
ARTÍCULO 4º. La Administración Distrital realizará
un estudio sobre el estado y capacidad de la red de
suministro eléctrico de la ciudad y las posibilidades de
implementación de los puntos de recarga.
ARTÍCULO 5º. La Administración Distrital diseñará y
pondrá en marcha estrategias de comunicación, para
dar a conocer los benecios de los vehículos eléctricos
e híbridos y los incentivos existentes o que se esta-
blezcan por el uso de vehículos eléctricos e híbridos
en el Distrito Capital.
ARTÍCULO 6º. El presente Acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA
Presidenta
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO
Secretario General de Organismo de Control
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ,
DISTRITO CAPITAL
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
29 de septiembre de 2015

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