ACUERDO 680 RD 6110 - 6 de Julio de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 690919745

ACUERDO 680 RD 6110

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6110 6 JULIO 2017
EmisorCONCEJO DE BOGOTÁ D. C.
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6110 • pP. 1-1 • 2017 • JULIO 6
REGISTRO
DISTRITAL
ACUERDOS DE 2017
AÑO 51
Número 6110
2017 JULIO 6
CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
Acuerdo Número 680
(Julio 5 de 2017)
“POR EL CUAL SE AUTORIZA UN CUPO DE
ENDEUDAMIENTO GLOBAL PARA LA EMPRESA
DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE
BOGOTÁ EAB-ESP, HASTA POR LA SUMA DE
TRES BILLONES CIENTO SEIS MIL MILLONES
($3.106.000.000.000,00) DE PESOS CONSTANTES
DE 2017, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales, en especial las conferidas en el
numeral 17 del artículo 12 del Decreto ley 1421
de 1993.
ACUERDA:
CUPO DE ENDEUDAMIENTO
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizase un cupo de en-
deudamiento global para la Empresa de Acueducto,
Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB-ESP, hasta
por la suma de tres billones ciento seis mil millones
($3.106.000.000.000) de pesos constantes de 2017 o
su equivalente en otras monedas, para celebrar opera-
ciones de crédito público externo, e interno, o ambas,
así como operaciones asimiladas a las anteriores y
conexas, destinadas al nanciamiento del plan de in-
versiones, sujeto al cumplimiento de las disposiciones
vigentes sobre la materia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El saldo del cupo de endeu-
damiento autorizado mediante el artículo primero del
ACUERDO No. 467 DE 2011, que no ha sido compro-
metido presupuestalmente a la fecha de expedición del
presente Acuerdo, se entiende agotado de conformi-
dad con las normas vigentes y, en consecuencia, no
se podrán adquirir nuevos compromisos con base en
dicho cupo.
ARTÍCIULO TERCERO.- La Empresa de Acueducto,
Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB-ESP presentará
al Concejo de Bogotá un informe semestral, uno en el
mes de mayo y otro en el mes de noviembre, en se-
sión plenaria de la Corporación, sobre las actividades
desarrolladas en virtud del cupo de endeudamiento
global aprobado en el presente Acuerdo.
ARTÍCULO CUARTO: Vigencia. El presente Acuerdo
rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
HORACIO JOSÉ SERPA MONCADA
Presidente
LUIS ALBERTO DONOSO RINCÓN
Secretario General de Organismo de Control
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO
CAPITAL
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Julio 5 de 2017
Acuerdo Número 681
(Julio 5 de 2017)
“POR EL CUAL SE EFECTÚA UNA ADICIÓN
AL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E
INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIONES
DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL, PARA LA
VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1º
DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2017”

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